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TITULO:   Cementerio: horarios y protocolo
DECRETO Nº 658 FECHA: 09.06.2020 PUBLICADO: 09.06.2020 ARTÍCULO 1°.- Disponese la habilitación en la ciudad de Concordia, del Servicio de Cementerio, debiendo los empleadores, las empleadoras y trabajadores de los mismos, observar que la visita del público, se realice de día Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, y con estricto cumplimento de las recomendaciones que se detallan en el articulo siguiente.- ARTICULO 2°.- DETERMINASE que el desarrollo de la actividad, está supeditada al cumplimiento de las siguientes recomendaciones, sujetas a modificación según considere oportuno y necesario el COES: MODELO DE PROTOCOLO SANITARIO Y DINAMICO PARA EL CEMENTERIO MUNICIPAL.- Frente a la pandemia actual por COVID-19 resulta necesaria la implementación estricta de normas de higiene y seguridad laboral, con la finalidad de proteger a las personas involucradas. La eficacia de las medidas a cumplimentar depende de la concientización, responsabilidad y solidaridad de todos. El horario de funcionamiento de los cementerios se encuentra habilitado en el marco horario que se inicia a las 09:00 horas y finaliza a las 15:00 horas. El protocolo es de exhibición obligatoria en el establecimiento debiendo exponerse en un lugar destacado que permita su visualización a todos aquellos que ingresan en el establecimiento. Asimismo se debe verificar la conservación y reposición de la información en caso de deterioro, perdida o actualización. DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN EL CEMENTERIO. Tramitación del sepelio: se realiza de forma personal. Se admitirían por trámite un máximo de dos personas. Funcionamiento propio: inhumaciones, reducciones, traslados internos y exhumaciones. En los sepelios se podrán admitir hasta 8 personas de luto, respetando las medidas del presente protocolo. Tareas de limpieza y mantenimiento. Visitas: se podrán efectuar en el horario de funcionamiento del cementerio por un máximo de treinta minutos. En su duración estarán sujetas al control previsto por parte del personal del establecimiento. CONTROL DE ACCESO DE LAS PERSONAS AL CEMENTERIO. Todo aquel que ingresa al establecimiento deberá emplear tapaboca o barbijo. Se deberá controlar que la temperatura corporal sea menor que 37,5º y constatar la ausencia de otros síntomas a las personas que concurra. Otros síntomas son: tos, problemas respiratorias, disgeusia, anosmia. Si alguna persona del personal presentase síntomas, deberá: abstenerse de concurrir al trabajo, informar a la brevedad, aislarse en el domicilio durante dos semanas o hasta su completa curación. MEDIDAS SANITARIAS Y DE SEGURIDAD GENERALES EN EL CEMENTERIO. Dentro del establecimiento, se autorizara la permanencia de un número máximo de ocupantes estipulado. Esta capacidad total habilitada será según se pueda mantener estrictamente una distancia mínima de 1,5 m entre personas en los locales cerrados y el control del cumplimento de dicha distancia y el cumplimento de las medidas sanitarias en las superficies descubiertas del recinto. Todo local y circulaciones deberán estar especialmente despejados, con la menor cantidad posible de obstáculos y elementos. También se recomienda orientar las circunstancias dispuestas mediante señalización. Estas medidas resultan en un mayor control sanitario del espacio, sirven para contener a las personas en el y disminuyen riesgo de transmisión viral a través del contacto superficies. En todo el establecimiento se deberá asegurar la limpieza de todas las superficies de manera constante. Se evitara, en lo posible, la presencia de superficies tapizadas y alfombras. Se dispondrá alcohol en gel en los espacios y se garantizara la provisión de agua, jabón y toallas descartables en sanitarios. Se deberá ventilar adecuadamente y de forma natural, sobre todo en periodo invernal o de bajas temperaturas, debe hacerse con regularidad. No se podrán encender aires acondicionados si están centralizados y conectan zonas comunes. No se podrán compartir comidas o bebidas. De haber dispenser de agua, se deberán facilitar vasos de un solo uso y, además, se los deberá tener en cuenta al efectuar la limpieza. Se recomienda que le personal disponga de botellitas con agua para uso personal. Se deberá evitar compartir los elementos de papelería que eventualmente se empleen los que se higienizaran frecuentemente. Se deberá suprimir o reducir al máximo la circulación del personal en los locales administrativos. MEDIDAS DE PREVENCION DE LAS PERSONAS. . Mantener una actitud alerta sobre la distancia mínima de 1,5 metros y emplear tapabocas obligatorio siempre. Es importante tomar conciencia de las superficies con las que se entra en contacto. La cantidad de ingresantes por familia, a sepultura, nicho o panteón será de 2 (dos) personas. - No tocar: los ojos, la nariz o la boca. - Estar informado y cumplimentar con las medidas de adecuada higiene de manos e higiene respiratoria. - al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el codo flexionado o con un pañuelo. MEDIDAS DE PREVENCION DEL PERSONAL- Cumplir estrictamente con las tareas mencionadas para la higiene y asegurar la buena ventilación La concurrencia del personal a las zonas de aseos o baños será siempre individual y se higienizara tras cada uso. No usar toallas textiles. Recordar traer las propias viandas y bebidas. No se podrán compartir vasos, platos o cubiertos. Si se puede utilizar vasos descartables al ingerir agua o infusiones. Lavarse las manos con frecuencia y usar agua y jabón o un desinfectan de manos a base alcohol. Se recomienda reducir el uso del celular en el área de trabajo. ARTÍCULO 3°.- La Municipalidad de Concordia, junto a las autoridades nacionales y provinciales competentes, se reservan el derecho de revocar la presente medida en caso de incumplimiento.- ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.-
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