ORDENANZA Nº 31838
SANCIONADA: 21.09.2000
PROMULGADA: 09.10.2000
PUBLICADA: 29.12.2000
ARTICULO 1º.- Establécese que en todas las licitaciones públicas o privadas que realice la Municipalidad de Concordia se otorgue prioridad en la instancia decisoria y en igualdad de condiciones en la oferta, mediante los mecanismos establecidos en la reglamentación de la presente ordenanza, a todo oferente radicado en la zona.-
ARTICULO 2º.- Para ser incluido en la requisitoria de radicación zonal establecida en el artículo 1º de la presente norma, se considerará a toda persona física o jurídica o empresa de cualquier índole que acredite radicación y ejercicio de la actividad comercial, al menos cuatro años, consecutivos inmediatos anteriores al llamado a licitación, dentro del Departamento Concordia.-
ARTICULO 3º.- Derógase toda otra norma o disposición que se oponga a la presente.-
ARTICULO 4º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar, "ad referendum" del Honorable Concejo Deliberante, la presente ordenanza.-