Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Autoriza salon de belleza, manos, pies, masajes
DECRETO Nº 634 FECHA: 02.06.2020 PUBLICADO: 02.06.2020 ARTÍCULO 1.- AUTORIZASE al desarrollo de las siguientes actividades: Salón de Belleza, Estéticas, Cosmetología, Manicuria, Pedicuria y Uñas Esculpidas, masajes corporales, gabinete de podología y actividades anexas, de acuerdo al Protocolo Sanitario, que se detalla en el artículo siguiente, pudiendo realizar su actividad, en el establecimiento dentro de la franja horaria establecida a partir de las 10:00 horas y hasta las 18:00 horas, pudiendo, a criterio del titular del comercio y de acuerdo a sus necesidades operacionales, permanecer abierto desde las 07:00 horas.- ARTÍCULO 2.- PROTOCOLO DE HIGIENE y SALUD EN EL TRABAJO: Medidas Generales de Prevención y Protección.- Realizar higiene de manos frecuentemente. Se aconseja que el lavado de manos con agua y jabón sea de una duración de 40 segundos, y que incluya palmas, dorso de manos y muñecas. Distanciamiento social, mantener un metro de distancia entre personas. No generar contacto físico con otras personas (saludos, abrazos, besos) No generar aglomera miento de personas, respetar la cantidad de ellas cada 2 metros cuadrados. Al toser o estornudar cubrirse la boca con el pliegue del codo, o con un pañuelo desechable. No compartir utensilios personales (tazas, vasos, mate, etc.). No tener contacto con personas que están cursando infecciones respiratorias. Ventilar los ambientes. Limpiar las superficies y los objetos después de cada uso. Contactarse en forma inmediata ante la presencia de fiebre y síntomas compatible con COVID-19. Medidas para profesionales de Prevención y Protección.- El profesional deberá contar con: tapa boca, guantes, cofia o pelo recogido, mascara o antiparras, uniforme de trabajo (chaquetas, delantales, batas o mangas descartables o lavables el cual será solo de uso dentro del salón), calzado cerrado ( el cual será usado solo dentro del salón). No usar joyas. El profesional tendrá que desinfectar sus pertenencias a la entrada y salida del salón. Lavado de manos: se deberán extremar al máximo el lavado de manos con agua y jabón, jabón líquido, alcohol e gel o alcohol al 70%. Esta medida se debe realizar frecuentemente (antes de ponerse los guantes, después de retirarse los guantes y antes y después de estar en contacto con el cliente),. El secado de manos debe ser realizado con materia descartable. Los elementos de protección personal que no sean descartables deben ser lavados a 60-90 grados todos los días. Medidas para clientes de Prevención y Protección. Al momento de dar el turno: indicarle al cliente que debe acudir sin acompañante. Toda persona que ingrese al establecimiento, al llegar al mismo, deberá limpiar la suela del calzado en felpudo o trapo de piso embebido en solución desinfectante (lavandina u otras). El cliente debe llevar tapaboca o barbijos Deberá al ingresar, dejar sus pertenencias en el lugar asignado, y luego lavara sus manos con el método recomendado por la O.M.S.. A partir de ese momento el cliente no podrá llevar sus manos a la cara. No estará permitido el uso del celular mientras la profesional este trabajando. No se permitirá el acceso a personas que presenten signos y síntomas de infección respiratoria, fiebre, dolor de garganta o algún tipo de malestar. No está permitido el ingreso de niños como acompañantes. La cliente o el cliente solo podrá asistir en el horario del turno programado, en el caso que llegara antes, deberá esperar fuera del salón, hasta el horario pactado. ARTICULO 3.- SANCIONES: La falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos precedentes, serán pasibles de las sanciones establecidas en la Ordenanza de Régimen de Penalidades Nº 19.955. - ARTÍCULO 4.- La Municipalidad de Concordia, junto a las autoridades nacionales y provinciales competentes, se reservan el derecho de revocar la presente medida en caso de incumplimiento.- ARTICULO 5.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar