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TITULO:   Suspencion por 30 dias del requerimiento de Licencia para transportista y comercios de gas licuado
OREENANZA Nº 37216 SANCIONADA: 22.10.2020 PROMULGADA: 30.10.2020 PUBLICADA: 05.11.2020 ARTÍCULO 1 °.- DISPONER como medida de excepción, el no requerimiento de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LINTI) en los controles de tránsito a empresas y comercio minoristas de Gas, Licuado, autorizada, por el término de (30) días, en el Ejido de la ciudad de Concordia. ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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