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TITULO:   Renovacion Degravacion Impositiva Edificio patrimonial de Kulio C Amaduzzi
ORDENANZA N°37156 SANCIONADA: 20.08.2020 PROMULGADA: 27.08.2020 PUBLICADA: 01.09.2020 ARTÍCULO 1º.- Realizase la desgravación de la Tasa General Inmobiliaria Municipal, conforme a lo dispuesto en el artículo 10° de la ordenanza N° 29.113 (desgravaciones impositivas), cuyo valor se establece en un cincuenta por ciento (50%) del edificio ubicado en calle Entre Ríos N° 886, Cuenta Municipal N° 2389/8, Partida Municipal N° 17489, Partida Provincial N° 3063, propiedad de Amdaduzzi, Julio César, construida en el año 1930, por ser considerada Patrimonio Arquitectónico de Concordia. ARTÍCULO 2º.- Dispónese que dicha desgravación será por el término de cinco (5) años, a partir de sanciona la presente, pudiendo renovarse a su término, por un período similar, de verificarse por parte de la inspección correspondiente, el estado y las condiciones generales del edificio, en estricto de las Ordenanzas 29.113 y 29.789. ARTÍCULO 3°.- Establécese que en función del cumplimiento de los dispuesto en el Artículo 2° de la presente, para el caso de verificarse fehacientemente la existencia de acciones tendientes a perfeccionar el edificio en sus condiciones actuales (consolidar el mantenimiento, conservación, puesta en valor integral de los componentes originales, etc.) Se dispondrá el incremento del porcentaje del beneficio otorgado en la TGI, mediante una nueva normativa al respecto. ARTÍCULO 4°.- Dispónese que el propietario deberá permitir a la municipalidad de Concordia, con la intervención de la Coordinación Municipal de Protección del patrimonio de Concordia, cuando así se disponga, la colocación de una placa identificatoria del inmueble catalogado, en un lugar visible de la fachada, donde se hará mención de su valor patrimonial. ARTÍCULO 5°.- La Municipalidad deberá realizar una inspección anual para la verificación del mantenimiento y buen estado de conservación del edificio. ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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