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TITULO:   Instituciones Educativas
ORDENANZA Nº 32752 SANCIONADA: 23.07.2004 PROMULGADA: 23.07.2004 PUBLICADA: 01.09.2004 ARTICULO 1º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a exceptuar del pago de los derechos del valor de entradas a todo espectáculo organizado por instituciones educativas, estudiantes, cooperadoras o similares y centros de ex-alumnos de EGB3, media y polimodal, sean los mismos de gestión pública o privadas reconocidos, que tengan lugar dentro de la unidad escolar y sean de exclusiva finalidad benéfica.- ARTICULO 2º.- Incorpórese el texto precedente como artículo 43º bis en el Código Tributario Municipal vigente.- ARTICULO 3º.- Los espectáculos deberán tener la autorización escrita de la autoridad del establecimiento quien la presentará ante el organismo municipal competente, ateniéndose a todo lo normado en la ordenanza nº 27541, sobre Regulación de Espectáculos Públicos.- ARTICULO 4º.- Queda expresamente prohibida la participación y organización de los espectáculos a toda institución, empresas y personas ajenas al establecimiento escolar, so pena de exclusión de los beneficios de la presente ordenanza.-
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