Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Organigrama Municipal
DECRETO Nº 1764 FECHA: 31.12.2019 PUBLICADA: 15.01.2019 ARTICULO 1°.- Establecese la Estructura Orgánica principal, Administrativa y Funcional de la Secretaria de Coordinación de Gestión de la Municipalidad de Concordia, establecida por Ordenanza N° 37.076/2.019, estará conformada por las Subsecretarias, Coordinaciones, Direcciones municipales, con las funciones, competencias y niveles que se enuncian en el presente Decreto. a.-) ÁREA SECRETARIA PRIVADA: Entenderá en la recepción, registro diligenciamiento, seguimiento y archivo de expedientes y documentación, ingresada y egresada de la Presidencia Municipal, como la redacción e instrumentación de los actos administrativos que tengan por objeto el diligenciamiento de las disposiciones emanadas del D.E.M. como así mismo toda área y/o función que resultare necesaria tendiente a llevar adelante la tramitación necesaria, control y seguimiento de la documentación relacionada con el cumplimiento de tramites derivados a la Presidencia Municipal y los que egresen de la misma y toda otra actividad y/o tareas que al efecto le indique el Jefe superior jerárquico en el área de su competencia o resultaren necesarios a efectos del cumplimiento de las pautas programáticas fijadas en el área, con sujeción a la normativa municipal aplicable. Dependerá del Sub Secretario Privado y tendrá rango de Dirección Político Nivel 1. b.-) ÁREA MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO: entenderá en la organización, supervisión, registro, trámite seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada y egresada de la Presidencia Municipal. Debiendo a tal efecto orientar la documentación, elaborando informes, providencias y notas correspondientes, efectuar el diligenciamiento, archivo, registro y entrega de la correspondencia, Confeccionar los actos administrativos originados en la unidad intendente y todos aquellos destinados a dar cumplimiento de la actividad municipal originado en las decisiones del D.E.M. Realizar cada una de las tareas y funciones que al efecto le establezca su jefe inmediato superior, con sujeción a la normativa vigente y aplicable en el ámbito de la Administración Pública Municipal. Dependerá de la Sub Secretaria Privada Municipal tendrá rango de Jefe Departamento Nivel N° 1, ARTICULO 2°.- Crease el AREA SECRETARIA PRIVADA de la Secretaría de Coordinación de Gestión, Entenderá en el seguimiento de la agenda del Secretario/a y el ordenamiento de la Secretaría. Tendrá rango de Subsecretario. ARTICULO 3°.- Crease la COORDINACION LEGAL. Tendrá como función la coordinación general de los asuntos legales, la asesoría letrada de la Secretaría General, así como la confección y diligenciamiento de todo trámite jurídico autorizado por el Secretario/a. Tendrá rango de Director Político Nivel 1. Se relacionará con el Secretario/a de Coordinación de Gestión Directamente ARTICULO 4°.- Que la presente disposición se dicta como excepción a lo dispuesto en el Decreto N° 572/2019 prorrogado por el Decreto N° 1633/2019. ARTICULO 5°.- Los alcances de los artículos precedentes comenzarán a regir a partir del día 1 de Enero de 2020. ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, y archívese.-
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar