TITULO: Reglamentese el Articulo 3 del Acta Acuerdo entre Municipalidad y gremios municipales
DECRETO Nº 551
FECHA: 25.04.2019
PUBLICADO: 6.05.2019
ARTICULO 1°.- Reglaméntese el Artículo 3° del Acta Acuerdo celebrado entre las autoridades de la Municipalidad de Concordia y los representantes de los gremios municipales.
ARTICULO 2°.- Disponer abonar la diferencia entre el monto (valor de contrato + el código 475) y el piso de $ 12.500 en un nuevo código denominado “diferencia al valor mínimo de contrato”
ARTICULO 3°.- Autorízace a la Dirección de Liquidaciones a la creación de un nuevo código que se denominará “Diferencia al valor mínimo”, para dar cumplimiento a dispuesto en Artículo 2°) del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- Otórguese un quince por ciento (15%) de incremento a los Contratos con Aportes cuyo monto sea igualo inferior a Pesos Diez Mil ($ 10.000,00). Dicho incremento se deberá calcular tomando el valor del contrato actual del agente más el código 475 que perciba. Sobre esa suma se adicionará un quince por ciento (15%) y el monto que resulte de ese proceso se restará al valor de contrato. El importe resultante de esa operación será el monto a percibir por el código 475 “Adicional remunerativo contratados” en el mes de Abril 2019.
ARTICULO 5°.- Déjase establecido que lo dispuesto en el Artículo 4°) se aplica retroactivo al mes de Marzo 2019.-
ARTICULO 6°.- Establécese que para la renovación de contratos con aportes en Julio 2019 el valor mínimo de contrato será de $ 12.500, monto al que se llegará teniendo en cuenta los códigos que componen el contrato más los códigos 475 y el nuevo código a crear denominado “Diferencia al valor mínimo”.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése copia la Secretaría de Gobierno y a la Dirección de Liquidaciones dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda y archívese.