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TITULO:   Premio Mejor Vidriera por Fiesta Citricultura
ORDENANZA Nº 36339 SANCIONADA: 30.11.2017 PROMULGADA: 05.12.2017 PUBLICADA: 06.12.2017 (Texto ordenado con las modificaciones introducidos por Ordenanza Nº 36673) ARTÍCULO 1º.- Crease el "Concurso a la mejor Vidriera decorada da con motivos de los festejos de la Fiesta Nacional de la Citricultura". ARTÍCULO 2º.- El Concurso consistirá en la selección de las 3 Mejores Vidrieras ornamentadas y/o decoradas con los motivos señalados en el ART 1°. Estableciéndose para los ganadores los siguientes premios: PRIMER PREMIO: Eximición del pago de la Tasa General Inmobiliaria del cien por ciento (100%) por tres bimestres. SEGUNDO PREMIO: Eximición del pago de la Tasa General Inmobiliaria del setenta y cinco por ciento (75%) por dos (2) bimestres TERCER PREMIO: Eximición del pago de la Tasa General Inmobiliaria cincuenta por ciento (50%) por un (1) bimestre, todos a partir del período dispuesto por la autoridad de aplicación.(=) Primer premio: Eximición del cien por ciento (100%) por tres bimestres. Segundo Premio: Eximición del setenta y cinco por ciento (75%) por dos (2) bimestres. Y Tercer premio: Eximición del cincuenta por ciento (50%) por un (1) bimestre, todos a partir del mes de enero del 2018. ARTÍCULO 3°.- Los comercios habilitados a participar serán los ubicados en la ciudad de Concordia. Los interesados deberán inscribirse y retirar las bases y condiciones en la oficina del EMCONTUR.(=) ARTÍCULO 4°.- La evaluación del concurso se realizará según lo estipulado en el Programa, Bases y Condiciones, que forma parte del presente.(=) ARTÍCULO 5°.- El jurado estará integrado por 2 miembros del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Concordia, 1 representante del EMCONTUR, 1 representante de la Cámara de Comercio y 1 representante de la Asociación de Citricultores. ARTÍCULO 6°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer los mecanismos administrativos necesarios para la Organización del concurso y la adjudicación de los premios en concordancia de la presente. ARTICULO 7°.- El presente concurso no alcanzará a aquellos que contengan deudas con este Municipio. ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. (=) Articulo modificado por Ordenanza Nº 36673
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