TITULO: Premio Mejor Vidriera por Fiesta Citricultura
ORDENANZA Nº 36339
SANCIONADA: 30.11.2017
PROMULGADA: 05.12.2017
PUBLICADA: 06.12.2017
(Texto ordenado con las modificaciones introducidos por Ordenanza Nº 36673)
ARTÍCULO 1º.- Crease el "Concurso a la mejor Vidriera decorada da con motivos de los festejos de la Fiesta Nacional de la Citricultura".
ARTÍCULO 2º.- El Concurso consistirá en la selección de las 3 Mejores Vidrieras ornamentadas y/o decoradas con los motivos señalados en el ART 1°. Estableciéndose para los ganadores los siguientes premios:
PRIMER PREMIO: Eximición del pago de la Tasa General Inmobiliaria del cien por ciento (100%) por tres bimestres.
SEGUNDO PREMIO: Eximición del pago de la Tasa General Inmobiliaria del setenta y cinco por ciento (75%) por dos (2) bimestres
TERCER PREMIO: Eximición del pago de la Tasa General Inmobiliaria cincuenta por ciento (50%) por un (1) bimestre, todos a partir del período dispuesto por la autoridad de aplicación.(=)
Primer premio: Eximición del cien por ciento (100%) por tres bimestres.
Segundo Premio: Eximición del setenta y cinco por ciento (75%) por dos (2) bimestres.
Y Tercer premio: Eximición del cincuenta por ciento (50%) por un (1) bimestre, todos a partir del mes de enero del 2018.
ARTÍCULO 3°.- Los comercios habilitados a participar serán los ubicados en la ciudad de Concordia. Los interesados deberán inscribirse y retirar las bases y condiciones en la oficina del EMCONTUR.(=)
ARTÍCULO 4°.- La evaluación del concurso se realizará según lo estipulado en el Programa, Bases y Condiciones, que forma parte del presente.(=)
ARTÍCULO 5°.- El jurado estará integrado por 2 miembros del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Concordia, 1 representante del EMCONTUR, 1 representante de la Cámara de Comercio y 1 representante de la Asociación de Citricultores.
ARTÍCULO 6°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer los mecanismos administrativos necesarios para la Organización del concurso y la adjudicación de los premios en concordancia de la presente.
ARTICULO 7°.- El presente concurso no alcanzará a aquellos que contengan deudas con este Municipio.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
(=) Articulo modificado por Ordenanza Nº 36673