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TITULO:   Regulacion Dominial: proyecto y convenio
ORDENANZA Nº 36650 SANCIONADA: 25.10.2018 PROMULGADA: 31.10.2018 PUBLICADA: 30.11.2018 ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Proyecto y el Convenio Especifico de Regularización Dominial para la Municipalidad de Concordia que tiene como objeto la asistencia financiera, suscripto entre la Secretaría de Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Viviendas y el Instituto de Vivienda y Tierras Autárquico Municipal (In.V.Y.TAM) para llevar adelante la regularización Dominial de 1180 Escrituras y 1685 Mensuras en nuestra ciudad, CONVE.- 2018 -37240382- APN-SV#MI, por un monto de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS DIECINUEVE CON 00/100 ($ 12.911.719, 00?). Mas el aporte de la Municipalidad de Concordia por un monto de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS UN MIL VEINTICINCO CON 00/100 ($ 8.201.025,?) ARTÍCULO 2°.- Excepciones del pago de las tasas municipales por derecho de inscripción en Dirección de Catastro (sellados) y otras tasa municipales que pudieran existir en relación a la ejecución del proyecto regularización Dominial señalada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 3°.- Autorizase al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (In.V.Y.T.A.M.) a proceder a la firma de Convenios con Colegios de Profesionales de Agrimensores y Escribanos para la ejecución de Mensuras, certificados de Mensuras y fichas de transferencia, escrituras traslativas de dominio, Módulos II y IV del Anexo I- Plan de Trabajos del Convenio suscripto (erogaciones corrientes). ARTÍCULO 4°.- Autorízase al Instituto de Viviendas Y Tierras autárquico Municipal a proceder a la adquisición mediante contratación directa, previo cotejo de precios de bienes de capital: ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO Módulo III DEL Anexo I Plan de trabajos del Convenio suscripto, excepcionando la Ordenanza de Contrataciones N° 34.698 (erogaciones de capital). ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (In.V.yT.A.M.) a proceder a la adquisición mediante contratación directa, previo cotejo de precios, para la Difusión-Modulo VI del Anexo I Plan de Trabajos del Convenio suscripto, excepcionando la Ordenanza de Contrataciones N° 34.698 (erogaciones corrientes). Los proveedores deberán acreditar antecedentes en los rubros por los cuales presente su oferta y estar inscriptos como proveedores al momento de la notificación de la adjudicación u orden de contratación. ARTÍCULO 6°.- Autorízase al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (In.V.yT.A.M.) a dictar los instrumentos administrativos que correspondan, en un todo de acuerdo a la normativa vigente de aplicación dentro de la administración pública municipal, debido a que esta obra se encuentra incluida dentro del Presupuesto 2018 de la Administración Pública Nacional. ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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