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TITULO:   Coordinacion de Control y Resguardo de Elementos y Efectos Secuestrados
DECRETO Nº 1845/2012 FECHA: 11.10.2012 PUBLICADO: 15.10.2012 ARTICULO 1º.- Créase la Coordinación de Control y Resguardo de Elementos y Efectos Secuestrados, con rango de Dirección, que dependerá orgánica y funcionalmente del Departamento Ejecutivo Municipal, Secretaria de Gobierno y Coordinación de Gabinete, Juzgados de Faltas, cuya misión y funciones serán las siguientes: a) Tendrá a su cargo el control, resguardado, mantenimiento y conservación de mercaderías secuestradas y/o moto vehículos y/o automotores, retenidas por (infracción a las disposiciones en vigencia), ya sean bromatológicas y/o de tránsito y transporte. b) Tendrá la responsabilidad de guarda y control de los efectos secuestrados, registro de entrada y salida, destino de los mismos, su conservación, mantenimiento, inventario, rotulación, registro (manual e informático), informes generales y estadísticos, cruzamientos de datos con las dependencias competentes e instituciones de bien público. c) Mantener actualizado día a día lo indicado en el punto b). d) Elaborar, asesorar y planificar estrategias tendientes al cumplimiento de los objetivos establecidos para el área por el Departamento Ejecutivo Municipal. e) Acompañar todas las acciones y estrategias políticas institucionales que tiendan a contar con herramientas institucionales y administrativas que permitan contar con un sistema eficiente y confiable control, resguardo, mantenimiento y conservación de los elementos secuestrados y/o retenidos por incumplimiento de la normativa vigente y aplicable dentro del ámbito de la Administración Pública Municipal, en un todo de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Señor Presidente Municipal, para el área creada en la presente norma. f) Todas aquellas tareas y funciones que le sean establecidas ó indicadas por el superior jerárquico de la Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete, Juzgados de Faltas y por el Departamento Ejecutivo Municipal. ARTICULO 2º.- Inclúyase a la Coordinación de Control y Resguardo de Elementos y Efectos Secuestrados, dentro de la estructura orgánica y funcional del Juzgado de Faltas Nº 1 y Nº 2, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete de la Municipalidad de Concordia, que tendrá rango de Dirección, Nivel I, de acuerdo a la normativa vigente. ARTICULO 3º.- Designase Coordinador de Control y Resguardo de Elementos y Efectos Secuestrados, dentro de la estructura orgánica y funcional del Juzgado de Faltas Nº 1 y Nº 2, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete de la Municipalidad de Concordia, al Agente Municipal, Señor, Antonio Mario Berterame, Documento Nacional de Identidad Nº 8.509.265, Clase 1951, Legajo Nº 2.847, para el cumplimiento de las funciones y tareas establecidas previstas en el Artículo 1º del presente Decreto, a partir del día de la fecha. ARTICULO 4º.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en el Artículo 18º de la Ordenanza Nº 34.725/11 y al Artículo 83º de la Ordenanza Nº 34.726/11. ARTICULO 5º.- Refrendará el presente Decreto, al Señor Secretario de Gobierno y Coordinación de Gabinete. ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.- * Este Decreto queda sin efecto mediante Decreto Nº 1108-2018; luego se lo rectifica mediante Decreto Nº 1193-2018
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