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TITULO:   Convenio entre Municipalidad y y Ente Regulador de Recursos Temales ERRTER
DECRETO Nº 1163 FECHA: 16.08.2018 PUBLICADO: 07.09.2018 ARTICULO 1°.- Téngase presente en todos sus términos el CONVENIO, celebrado el día 6 de Agosto del corriente año, entre la Municipalidad de Concordia, representada por el Presidente Municipal, Doctor ÉNRIQUE TOMÁS CRESTO, asistido en ese acto por el Señor Secretario de Gobierno, Don ALFREDO FRANCOLINI, la Secretaria de Obras Públicas, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS, por una parte y por la otra, el Presidente del Ente Regulador de Recursos Termales (ERRTER), Ing. ELVIO RICARDO ARGÜELLO, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°.- Dispónese que la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Obras Públicas tomen debida nota. ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno y oportunamente, archívese. CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA. ENTRE RIOS y EL ENTE REGULADOR DE TERMAS DE ENTRE RIOS (ERRTER) En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los seis (06) días del mes de Agosto del año 2018, en el marco de las actividades para la protección ambiental y desarrollo sostenible del Sistema Acuífero Guaraní, a través del Departamento de Articulación Local del SAG, la Municipalidad de la ciudad de Concordia, representada en este acto por el Sr Presidente Municipal Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, el Sr. Secretario Gobierno: Don ALFREDO FRANCOLINI y la Sra. Secretaria de Obras Públicas, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS, y el Ente Regulador de I Recursos Termales (ERRTER), representado por el Sr. Presidente: Ing. ELVIO RICARDO ARGUELLO, convienen en celebrar el presente acuerdo basado en: Visto: -Que estas instituciones trabajan en el mismo tema, con la misma finalidad que es observación y protección del hídrico termal en la región y la provincia de Entre Ríos. - Es oportuno, necesario y conveniente, establecer un acuerdo de cooperación, tendiente al; intercambio de información resultante de las acciones, que han desarrollado y desarrollan cada uno de los actores, al solo requerimiento de las partes. - Que es conveniente integrar metodologías a emplear en las distintas acciones que llevan adelante cada parte, a fin de arribar a resultados concretos y aunados. - Realizar las acciones de profundización del conocimiento en el tema, que plantean nuevos desafíos a abordar en forma integral y multidisciplinaria, para obtener una comprensión más objetiva sobre aguas subterráneas profundas,. ya sea en forma de capacitación a los actores involucrados de nuestra sociedad, como al conocimiento, análisis e investigación de este recurso. - Las partes tienen la finalidad de trasvasar conocimientos al ámbito público y privado para formar conciencia de un uso adecuado del recurso, tendiente a la protección ambiental y desarrollo sostenible. Por ello, EL SR. PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL PRESIDENTE DEL ENTE REGULADOR DE TERMAS: ACUERDAN 1.- Formalizar la integración de una comisión de estudio, ensayo, investigación, capacitación, en el ámbito del recurso termal de la Municipalidad de Concordia. 2.- Intercambiar información científica y técnica y aplicación de normativas, sobre el recurso termal y todo lo que considere necesario cada parte integrante del convenio. 3.- Prestar apoyo en infraestructura, logística y de los medios que se disponga, para, trabajos y acciones multidisciplinarias, requeridas por cada parte. 4.- Desarrollar acciones en conjunto, de observación, difusión, capacitación, investigación, ensayo y cuanto sea adecuado y conveniente, para lograr los fines buscados.
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