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TITULO:   SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS: organica
DECRETO Nº 940 FECHA: 18.07.2018 PUBLICADO: 27.07.2018 ARTICULO 1°.- El funcionamiento orgánico y administrativo de la Secretaría de Obras Públicas, estará a cargo de las áreas que se detallan en el presente y de acuerdo a la dependencia que aquí se establece: TITULO I De Las Dependencias Directas De La Secretaría de Obras Públicas Artículo 2°.- La Coordinación General de Gestión y Relaciones Institucionales: Entenderá en la coordinación y control del cumplimiento de las funciones asignadas a las distintas dependencias de la Secretaria de Obras Públicas. Tendrá a su cargo el control, inspección de obras y monitoreo de la planificación a través de directivas de la Secretaria. Entenderá en la recepción y análisis de información de las direcciones y en la organización de reuniones de control y organización de gestión. Dara apoyatura técnica y hará seguimientos en la Gestión y Ejecución de Obras públicas y privadas. Entenderá en las relaciones institucionales tanto gubernamentales y no gubernamentales. Solicitará información y asesoramiento de consultas relacionadas a expedientes y/o reclamos administrativos en trámite entro de la Secretaria, y en general de situaciones relacionadas a la Secretaria. Dependerá Orgánicamente y jerárquicamente de la Secretaria de Obras Públicas:- Artículo 3°.- La Coordinación Técnica y de Proyectos de Obras Públicas: Coordinará la realización de los proyectos de Ingeniería y Arquitectura, a través de la Dirección de Estudios y Proyectos, para la ejecución de las obras públicas por licitación o administración. Coordinará también la ejecución de los Proyectos y documentación que se presenten para solicitar financiamiento con Organismos Provinciales o Nacionales. Dependerá Orgánicamente y jerárquicamente de la Secretaria de Obras Públicas. Artículo 3° 1.- Departamento de Digitalización y Estadísticas: Tendrá a cargo digitalizar las tradicionales formas de archivo de planos de obras públicas y privadas en formato papel; Incrementará los sistemas de control de las actuaciones- profesionales y administrativas. Avanzará hacia formas de interacción futuras con otros entes gubernamentales, que provean herramientas de trabajo y datos actualizados; Deberá definir con él área de cómputos un Hosting con el dominio del municipio de forma integrada en alojamiento y administración de los demás sistemas online de la municipalidad de Concordia. Además deberá Planificar, dirigir, coordinar y supervisar las labores de recolección, análisis, interpretación, procesamiento y publicación de información estadística a nivel institucional de lo concerniente a Obras Públicas, encomendados por la superioridad, se relacionara directamente con la Secretaría de Obras Públicas. Artículo 4°.- La Coordinación de Programas de Contribución por Mejoras: Tendrá su cargo la elaboración y coordinación técnica de Programas de Obras Públicas por el Sistema de contribución por mejoras con autofinanciamiento por parte de los vecinos frentistas. Dependerá Orgánicamente y jerárquicamente de la Secretaria de Obras Públicas. Artículo 4°.1.- El Departamento Administrativo: Tendrá a su cargo la asistencia administrativa de los programas elaborados y todo lo concerniente a los asuntos administrativos inherentes a la Coordinación. Se relacionará con la Secretaría de Obras Públicas a través de la Coordinación de Programas de Contribución por Mejoras. Artículo 4°.2.- La División de Gestión Externa: Tendrá su cargo el diligenciamiento externo de la conformación de los grupos de autofinanciamiento. Se relacionará con la Secretaría de Obras Públicas a través de la Coordinación de Programas de Contribución por Mejoras. Artículo 5°.- El Departamento de Asesoría Legal y Técnica: Entenderá en el asesoramiento Legal integral a todo trámite administrativo en la Secretaría, comprendiendo las siguientes funciones: visación y redacción de contratos relacionados a la Secretaría, Resolución de Expedientes, Intervención y Tramitación de Expedientes Judiciales colaborando con la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad. Tramitación e Inscripción de Inmuebles de Propiedad Municipal ante los respectivos registros. Debiendo elevar a la Secretaría semanalmente informe de toda tramitación y/o gestiones efectuadas. Se relacionará directamente con la Secretaría de Obras Públicas. Artículo 6°.- El Departamento Secretaría Privada: Entenderá todo lo relacionado con las relaciones internas y externas de la Secretaria, a través de solicitudes de audiencias. Entenderá en la organización de agenda, envío y recepción de correspondencia. Remisión de expedientes con informe de Resolución y/o Decretos. Recepción de reclamos y sus derivaciones a las áreas correspondientes. Tendrá a su cargo la mayordomía (ordenanza) y limpieza de la Secretaría. Tendrá a su cargo la rendición de la Caja Chica. Debiendo elevar a la Secretaría semanalmente informe de toca la tramitación y/o gestiones efectuadas. Se relacionará directamente con la Secretaría de Obras Públicas. Artículo 7°.- El Departamento Recursos Humanos: Entenderá en las funciones administrativas y ejercerá la supervisión de todas las tareas vinculadas a los recursos humanos. Administrará los sistemas internos de liquidación de convenios, adicionales y horas extraordinarias. Concentrará las actividades de competencia inherentes al área, como así también identificará y unificará criterios, en forma simultánea con la Secretaría de Obras Públicas y Secretaría de Servicios Públicos, a los efectos de optimizar el recurso humano y reducir costos operativos. Artículo 7°.1.- La Unidad Operativa Administración de Recursos Humanos: Tendrá las funciones administrativas en trámites inherentes al Departamento Recursos Humanos, diligenciamiento de expedientes, redacción de actos administrativos: decretos y resoluciones. Control de licencias, control de registración horaria, notificación del personal de la Secretaría de Obras Públicas y Secretaría de Servicios Públicos. Dependerá del Departamento Recursos Humanos. Artículo 8°.- La Unidad Operativa Atención al Vecino: Entenderá todo lo relacionado a atención de inquietudes efectuadas por el vecino (telefónicas y/o ventanilla), canalizando los mismos a las áreas correspondientes. Debiendo registrar e informar diariamente los mismos, efectuando su posterior verificación. Se relacionará con la Secretaría de Obras Públicas, a través de la Dirección de Administración y Despacho. Artículo 9°.- La Unidad Coordinadora de Mejoramiento Urbano: Coordinará las tareas concernientes a la gestión de obras de reparación y mantenimiento en la trama vial y peatonal urbana como así también soluciones en lo referente a problemas habitacionales mediante sistema de autoconstrucción y destinado a grupos vulnerables. Dependerá Orgánica mente y Jerárquicamente de la Secretaria de Obras Públicas. Artículo 9.1°.- El Departamento Técnico de Obras y Autoconstrucción: Entenderá en todo lo concerniente a la construcción de obras en la trama circulatoria urbana necesarias para garantizar la accesibilidad y el buen funcionamiento de las mismas así como soluciones habitacionales por sistemas solidarios y el esfuerzo compartido destinados a grupos socialmente expuestos. Realizará la provisión de materiales y/o mano de obra según la naturaleza de las propuestas de proyectos a ejecutarse. Se encargará de la construcción de elementos premoldeados, lo cual se llevará a cabo a través de las pertinentes áreas Técnico - Administrativas. Dependerá Orgánicamente y Jerárquicamente de la Unidad Coordinadora de Mejoramiento Urbano. Artículo 9.2° El Departamento Técnico Administrativo: Cumplirá tareas concernientes a los trámites necesarios para la ejecución de obras y proyectos encarados por la superioridad, contrataciones, compras y pagos a terceros, como así también toda tramitación relacionada con el personal municipal dependiente de área. Entenderá sobre la tramitación de expedientes relacionados a las soluciones habitacionales por autoconstrucción. Dependerá Orgánicamente y Jerárquicamente de la Unidad Coordinadora de Mejoramiento Urbano. Artículo 10°.- La Unidad de Coordinación Técnica: Cumplirá tareas y funciones encomendadas por la Secretaria de Obras Públicas, como así también brindará apoyo técnico a las áreas Operativas que así lo requieran, en lo referente a los equipamiento y maquinarias afectadas a la Secretaria de Obras Públicas y Ente Descentralizado de Obras Sanitarias. Dependerá Orgánicamente. Dependerá directamente de la Coordinación Técnica y de Proyectos de Obras Públicas. Direcciones Dependientes de la Secretaría Capítulo I De la Dirección de Administración y Despacho Artículo 11°.- La Sub Dirección de Administración y Despacho: Entenderá en lo concerniente a la elaboración de anteproyectos de ordenanzas, decretos, resoluciones y todo acto administrativo, de acuerdo a los lineamientos que establezca la Dirección de Administración y Despacho. Tendrá a su cargo la recepción, registración y remisión de expedientes u otros documentos como así también coordinará y controlará el cumplimiento de las funciones asignadas a los departamentos y divisiones a cargo de la Dirección. Coordinará todas las compras y/o contrataciones a gestionar a través de los sistemas correspondientes y gestionará los actos administrativos de pago que se tramiten en el ámbito de la Secretaría. Intervendrá en el control del presupuesto. Será la subrogante de la Directora de la Dirección de Administración y Despacho con los derechos y obligaciones que se le acuerden a la Directora, en caso de ausencia o impedimento de la misma. Se relacionará con la Secretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Administración y Despacho. Artículo 12°.- El Departamento de Administración y Despacho: Entenderá en todo lo relacionado a elaboración de resoluciones, decretos, proyectos de ordenanzas, notas internas y externas, providencias, elaboración de informes, reproducción, autenticación, distribución, archivo, custodia de los ejemplares originales de los actos protocolizados, orientación de los trámites, control y seguimientos sistematizado de la documentación en trámite, recepción de expedientes y todo trámite administrativo correspondiente a la Secretaría de Obras Públicas y a la Subsecretaría de Obras Públicas. Debiendo elevar a la Secretaría a través de la Dirección Administración y Despacho, semanalmente informe de toda tramitación y/o tareas efectuadas. Se relacionará con la Secretaria de Obras Públicas y Subsecretaria de Obras Públicas a través de la Dirección de Administración y Despacho. Artículo 12°.1.- La Unidad Operativa Técnica Administrativa: Entenderá en la elaboración de resoluciones, decretos, proyectos de ordenanzas, notas internas y externas, providencias de informes, reproducción, autenticación, distribución, archivo, custodia los ejemplares originales de los actos administrativos protocolizados. Se relacionará con la Dirección de Administración y Despacho a través del Departamento de Despacho y Administración. Artículo 12°.2.- La Unidad Operativa Mesa de Entradas: Entenderá en la recepción, registro ingreso, egreso y búsqueda de Expedientes y todo trámite administrativo correspondiente a la Secretaría de Obras Públicas, en el marco de las normativas vigentes. Se relacionara con la Dirección de Administración y Despacho a través del Departamento de Despacho y Administración. Artículo 13°.- El Departamento Gestión y Compras: Tendrá a su cargo todas las gestiones administrativas relacionadas con compras de elementos a través del sistema correspondiente, suministros, costos, y/o todos los elementos adquiridos en las distintas reparticiones dependientes de la Secretaría de Obras Públicas y de la Subsecretaria de Obras Públicas. Coordinara con la Dirección de Compras y Suministros toda la tramitación necesaria destinada a la Secretaria de Obras Públicas y Subsecretaria de Obras Públicas. Se relacionará con la Secretaria de Obras Públicas a través de la Dirección de Administración y Despacho. Articulo 13°.1.- La Unidad Operativa Compras: Entenderá en las gestiones relacionadas con las compras de materiales, insumos y elementos necesarios para la ejecución de Obras Públicas y Privadas, a través del sistema correspondiente y todo suministro. Se relacionará con la Dirección de Administración y Despacho a través del Departamento Gestión y Compras. Artículo 13°.2.- La Unidad Operativa Administración: Entenderá en las gestiones relacionadas con el diligenciamiento de los trámites administrativos correspondiente a las compras y/o contrataciones y gestión de actos administrativos de pagos que se trámite en el ámbito de la Secretaria de Obras Públicas y Subsecretaria de Obras Públicas. Se relacionara con la Dirección de Administración y Despacho a través del Departamento Gestión y Compras. Titulo II DE LA SUBSECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS Capitulo I De la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial Artículo 14°.- El Departamento Obras Privadas: Entenderá en todos los temas relacionados al control de las obras privadas, el control y el cumplimiento del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, Código de Edificación y toda norma relacionada. Se relacionará con la Secretaria de Obras Públicas a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial. Artículo 14°.1.- La División de Control de Documentación: Tendrá las funciones de analizar, verificar y registrar todas las solicitudes de permisos de usos y documentaciones, someter según corresponda a la aprobación y/o registro conforme a la normativa vigente como así también a la verificación y actualización de los registros de Profesionales matriculados, Empresas Constructoras y estadísticas, avala con su firma e intervención sobre todas las documentaciones de obras particulares que se tramitan en el Municipio, asumiendo las responsabilidades civiles como penales que le pudieran corresponder. Dependerá orgánicamente y jerárquicamente del Departamento Obras Privadas. Artículo 14°.2.- La Unidad Operativa Obras y Registros: Entenderá en la atención personalizada de los profesionales, asesorando respecto del cumplimiento y exigencias del marco normativo vigente (Código de Edificación y Código de Ordenamiento Urbano). Análisis/ aprobación o rechazo de las documentaciones previas efectuadas por los profesionales. Control y seguimiento de las factibilidades previas a fin de coordinar acciones en forma conjunta con la División Control de Documentación. Se relacionara con la División Control de Documentación. Registrara las documentaciones definitivas, procediendo a su visación y/o registro. Atención en ventanilla al público en general y personalizada a los profesionales. Visación y/o Registros de las solicitudes de factibilidad presentadas por los profesionales. Coordinara acciones conjuntas con las Divisiones de Control de Documentación y la de Inspección. Efectuara los fichados y verificaciones de los antecedentes. Elabora la liquidación de derechos de construcción. Se relacionara con el Departamento Obras Privadas a través de la División Control de Documentación. Artículo 14°.3.- La Unidad Operativa Archivo Documentaciones de Obras: Entenderá en la atención personalizada de los profesionales y contribuyentes en la atención de verificación y vista de antecedentes. Archivo organizado de documentaciones y tareas administrativas de apoyo coordinada por el Departamento. Se relacionara con el Departamento Obras Privadas a través de la División Control de Documentación. Artículo 15°.- La División Inspecciones: tendrá a su cargo el control de policía sobre la ejecución de los proyectos de construcciones e instalación en obras particulares y de Patrimonio, velando por el cumplimiento de la normativa vigente, tendrá a su cargo la coordinación de inspecciones y actuaciones (actas, notificaciones, inspecciones de oficio) y toda gestión administrativa y/o verificación encomendada por la superioridad conforme a la normativa vigente. Dependerá directamente del Departamento Obras Privadas. Artículo 15°.1.- La Unidad Operativa Administración: tendrá a su cargo analizar los proyectos de obras particulares, en cuanto se relacionen con las normas vigentes ya sea Código de Edificación como Código de Ordenamiento Urbano y los someterá según corresponda a la aprobación y/o registro. Ejercerá el control del desempeño de los matriculados que intervienen en los proyectos de obras particulares, ya sea en su carácter de proyectistas, calculistas, directores de obras como así también el registro correspondiente a las Empresas Constructoras que se desempeñan tanto en obras particulares como en obras públicas en el ejido del Municipio de Concordia. Avalara con su firma e intervención sobre todas las documentaciones de obras particulares que se tramitan en el municipio de Concordia, asumiendo las responsabilidades civiles como penales que le pudieran corresponder. Coordinara las acciones que correspondan sobre todas aquellas documentaciones presentadas en forma indebida como en aquellos proyectos que no han contemplado el cumplimiento de las disposiciones vigentes. Controlara las documentaciones definitivas. Verificara el cumplimiento del Código de Edificación como el Código de Ordenamiento Urbano. Efectuará las observaciones sobre las documentaciones que no observan el cumplimiento de las disposiciones vigentes. Extenderá Autorizaciones provisorias de obras. Determinara numeración de domicilios. Verificara y controlara las liquidaciones de derechos de construcción. Avalara los visados/registrados de las documentaciones de obras privadas. Expedirá certificaciones de obras. Se relacionara con el Departamento Obras Privadas a través de la División Inspecciones. Articulo 15°.2.- La Unidad Operativa de Inspección de Obras: Tendrá a su cargo el control de policía sobre la ejecución de los proyectos de construcción e instalaciones en obras particulares y de Patrimonio, velando por el cumplimiento de las normas vigentes. Controlara el desempeño en obras de los matriculados haciendo que se cumplan las normativas vigentes. Verificara la ejecución de las obras y el cumplimiento de las mismas. Coordinara conjuntamente con la División Control de Documentación los de las liquidaciones efectuadas conforme a las ordenanzas vigentes. Se relacionara con el Departamento Obras Privadas a través de la División Inspecciones - Artículo 16°.- EI Departamento Control Uso del Suelo y Patrimonio: Entenderá en el desarrollo de proyecto de incidencia urbana, los temas relacionados al Código de Ordenamiento Urbano y Código de Edificación, los planes, proyectos y normativas generales, en colaboración al Departamento de Proyectos y Planificación, en el patrimonio arquitectónico, en el análisis y control de casos particulares de obras privadas y públicas que por su complejidad y/o importancia lo ameriten, en el manejo y empleo del Sistema informático para la Administración Municipal (S.I.P.A.M.), en el análisis de las solicitudes de particulares y/o instituciones que requieran obras en espacios públicos, en la coordinación de los temas a tratar por la Comisión Asesora para la aplicación del Código de Ordenamiento Urbano. Se relacionará con la Secretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial. Articulo 16°1.- la División Uso del Suelo: Entenderá en los aspectos relacionados con la programación y factibilidad de usos del suelo. Se relacionará con la Secretaría de Obras Públicas a través del Departamento de Uso de Suelo y Patrimonio dependiente de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial. Se relacionará y colaborará con el Departamento de Obras Privadas. Artículo 16°.2.- La Coordinación Municipal de Protección del Patrimonio de Concordia: Responderá a las situaciones relativas a la protección del Patrimonio de la ciudad de Concordia, promoverá contactos entre las distintas áreas técnicas municipales involucradas con la protección del patrimonio, como así también entre aquellas relacionadas con la temática, consensuando criterios y coordinando esfuerzos. Tendrá a su cargo todas las funciones y actividades necesarias para cumplir los objetivos propuestos, como así mismo la gestión de política que tiendan a la capacitación, concientización, participación y difusión del patrimonio de la ciudad. Se relacionara con la Secretaria de Obras Públicas a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial. Artículo 17°,- El Departamento Planificación: Entenderá en todos los temas generales relacionados al Código de Ordenamiento Urbano y Código de Edificación, los planes, proyectos, normativas generales que se vinculen a la planificación urbana de la ciudad. Remitirá semanalmente a la Secretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial informe de las documentaciones presentadas analizadas y/o consultas efectuadas conforme a la Ordenanzas vigentes. Se relacionará con la Secretaría de Obras Públicas a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial. Capitulo II De la Dirección de Estudios y Proyectos Artículo 18°.- El Departamento Arquitectura: Entenderá en todos los temas generales relacionados a la planificación, proyectos y control de todas las obras de arquitectura y equipamiento urbano que ejecute la Municipalidad, como así también tomará intervención por su complejidad y/o importancia que lo ameriten en los temas requeridos por la superioridad. Articulo 18°.1.- La Unidad Operativa Técnica- Administrativa: Entenderá en las tareas de programación, coordinación y ejecución de técnicas administrativas, confección de cómputos y presupuestos, asume todo otra tarea, responsabilidad o función que determine, encomiende y asigne el Departamento Arquitectura. Debiendo elevar al Departamento semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Dirección de Estudios y Proyectos a través del Departamento Arquitectura. Artículo 18°.2.- La División Proyectos: : Entenderá en la planificación, proyectos y control de todas las obras de Arquitectura y equipamiento urbano que ejecute la Municipalidad, como así también en la aprobación de proyectos realizados por otros Entes, viviendas de interés social proyectos de infraestructura pública para personas con capacidades diferentes. Debiendo elevar al Departamento Arquitectura semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Dirección de Estudios y Proyectos a través del Departamento Arquitectura. Articulo 18°.3.- La División Inspecciones de Obras: Entenderá en las tareas de seguimiento de los procesos de las obras de arquitectura y equipamiento urbano que ejecute la Municipalidad, por licitación pública o administración municipal; el control del cumplimiento de la documentación y normativa presentada en los pliegos de licitación; y la medición para los certificados de obra. Debiendo elevar al Departamento de Arquitectura semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obra. Se relacionara con la Subsecretaria de Obras Publicas a través del Departamento de Arquitectura y la Dirección de Estudios y Proyectos. Artículo 19°.- La Unidad Operativa de Obras de Centros de Salud y CDI: Entenderá en las tareas de coordinación y gestión de obras y proyectos relacionados a los Centros de Salud y Centros de Desarrollo Infantiles, dependientes de la Secretaría de Desarrollo Humano, Salud y Ambiente. Coordinará los trabajos con las divisiones dependientes del Departamento de Arquitectura, debiendo elevar al Departamento de Arquitectura semanalmente, informe de toda tramitación y/o estado de obra. Se relacionara con la Subsecretaria de Obras Publicas a través del Departamento de Arquitectura y la Dirección de Estudios y Proyectos. Artículo 20°.- El Departamento Albañilería y Pintura: Entenderá en la ejecución, mejora y conservación de los distintos edificios Municipales, parques y paseos públicos, como así también apoyo a construcciones privadas cuando situaciones de emergencias y previa conformidad del Departamento Ejecutivo, así lo requieran. Esta tarea consiste en todo trabajo de albañilería y pintura necesaria para la ejecución y refacción de plazas y paseos y toda otra obra de arquitectura requerida. También comprende las tareas de mantenimiento, conservación de los distintos edificios municipales, construcción, reparación renovación y desobstrucción de las infraestructuras sanitarias y de gas de los distintos edificios municipales, Debiendo elevar al Departamento semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionara directamente con la Dirección de Estudios y proyectos. Artículo 20°.1.- La Unidad Operativa Mantenimiento de Obras: Entenderá en todas las tareas de mantenimiento y/o pintura a cargo del Departamento, optimizará el recurso humano asignado. Proveerá y controlará los materiales destinados a las distintas tareas y/o obras que se le asigne. Debiendo elevar informe semanal, al Departamento, de todas las tareas ejecutadas y/o estado de obras, como así también de las necesidades: Se relacionará con la Dirección de Estudios y Proyectos a través del Departamento de Albañilería y Pintura. Artículo 21°.- El Departamento Ingeniería: Entenderá en todos los temas generales relacionados a la planificación, proyectos y control de todas las obras de ingeniería que ejecute la Municipalidad, como así también tomará intervención por su complejidad y/o importancia que lo ameriten en los temas requeridos por la superioridad. Dependerá directamente de la Dirección de Estudios y Proyectos. Articulo 21°:1.- La División Hidráulica: Entenderá en todos los temas relaciones con los desagües pluviales. Realizará estudios hidrológicos de cuencas para definir caudales de forma tal de poder dimensionar hidráulicamente conductos y obras de arte. Realizará cómputo y presupuesto de obras hidráulicas. Se relacionará con la División Topografía para la realización de los relevamientos y definición de cuencas. Se relacionará también con la División Vial para la definición y diseño de sentidos de escurrimiento. Dependerá Orgánicamente y Jerárquicamente del Departamento Ingeniería. Artículo 21°.2.- La Unidad Operativa Inspección de Obras: Entenderá en todo lo relativo a las obras ejecutadas por la Secretaría y las realizadas por organismos provinciales, nacionales y toda otra tarea que demande el Departamento. Debiendo elevar al Departamento semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Dirección de Estudios y Proyectos a través del Departamento Ingeniería. Artículo 21°.3.- La Unidad Operativa de Dibujo: Entenderá en todo lo relacionado con la confección de croquis, planos y toda documentación vinculada a proyectos. Debiendo elevar al Departamento semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Unidad operativa Obras Gas Natural. Dependerá Orgánicamente y Jerárquicamente del Departamento Ingeniería. Articulo 21°.4.- La División Vial: Entenderá en todo lo relacionado con el proyecto de pavimentos, cordón cuneta y badenes. Realizará releva mientas planialtimétricos en conjunto con la División Topografía a los efectos de definir niveles de proyecto, pendientes y ubicación de badenes. Realizará cómputo y presupuesto de obras viales. Interviene en la definición de niveles de vereda para las futuras construcciones particulares que se tramitan a través del Departamento Obras Privadas. Se relacionará con la División Hidráulica para la definición y diseño de sentidos de escurrimiento. Dependerá Orgánicamente y Jerárquicamente del Departamento Ingeniería. Artículo 21°.5.- La División Topografía: Entenderá en todos los aspectos referidos a trabajos topográficos, trabajo de campo y en la administración. Debiendo elevar a la Departamento semanalmente informe de toda tramitación y/o estado de obras. Se relacionará con la Dirección de Estudios y Proyectos a través del Departamento Ingeniería.- Artículo 21°.6.- La División Técnica-Administrativa: Entenderá en todo lo relacionado con informes técnicos administrativos de expedientes que se tramitan en el Departamento Ingeniería. Se relacionará con el resto de las dependencias del Departamento a los efectos de definiciones técnicas para los mismos. Realizará cómputo y presupuesto de obras. Realizará la liquidación de pavimentos que se construyen por administración o por terceros a los efectos de su percepción a través de la Dirección de Rentas. Realiza informes estadísticos de obras ejecutadas y del movimiento del Departamento. Se relacionará con la Dirección de Estudios y Proyectos a través del Departamento Ingeniería. Artículo 21°.7.- La Unidad Operativa Gas Natural: Entenderá en todo lo relacionado con obras de extensión de red de gas natural que se realizan en la Ciudad. Participará en la confección de la documentación necesaria para la tramitación ante Gas Nea y la Secretaría de Energía de la Provincia, como así también en el seguimiento e inspección de obras. Liquidación de visados para obras particulares de extensión de gas. Dependerá Orgánicamente y Jerárquicamente del Departamento Ingeniería. Artículo 21°8.- La Unidad Operativa Técnica-Administrativa: Realizará las tareas administrativas emanadas por el Departamento Ingeniería. Debiendo elevar al Departamento semanalmente informe de toda tramitación. Se relacionara directamente con el Departamento Ingeniería.- Capitulo III Departamentos dependientes de la Subsecretaria de Obras Públicas Artículo 22°.- El Departamento de Proyectos Especiales: Entenderá en el control y la coordinación de Proyectos especiales cuya finalidad es integrar a los sectores segregados por la pobreza a la trama social y urbana mediante el acceso e infraestructura social básica y promoción ciudadana, desarrollar procesos de organización barrial y autogestión comunitaria de proyectos, proveyendo y completando redes de infraestructura básica con conexión domiciliaria, núcleo sanitario completo y centro comunitario barrial, regularizar situaciones de domicilio, relocalización de población en situación de riesgo y proponer acciones de mitigación ambiental. Debiendo elevar semanalmente informe de toda tramitación y/o gestiones efectuadas Se relacionara con la Secretaria de Obras Públicas a través de la Subsecretaría de Obras Públicas. Articulo 22°.1.- La Unidad Operativa Técnica y Proyectos: Entenderá en todo lo relacionado a planificación, formulación y ejecución de proyectos encomendados por el departamento dependiendo jerárquicamente y orgánicamente del Departamento de Proyectos Especiales. Artículo 23°.- La Unidad Operativa Defensa Sur: Entenderá en todo lo referente al Sistema Defensa Sur y Sistema Hidráulico Arroyo Concordia y Manzores y lo relativo a grandes obras. Recibirá y tramitará las inquietudes y reclamos de los vecinos referente a esas obras. Debiendo elevar a la Subsecretaría de Obras Públicas semanalmente informe de toda tramitación y/o tareas efectuadas. Se relacionara con organismos nacionales, provinciales y/o internacionales involucrada en los mismos. Dependiendo jerárquicamente y orgánicamente de la Subsecretaría de Obras Públicas. Artículo 24°.- Unidad Operativa Mantenimiento Zona Sur: Entenderá en el mantenimiento y limpieza de los barrios que comprenden la Zona Sur Dependiendo jerárquicamente y orgánicamente de la Subsecretaría de Obras Públicas. Artículo 24°1.- Unidad Control de Personal: Entenderá en todo lo relacionado al personal dependiente de la Unidad Operativa Mantenimiento de Zona Sur dependiendo jerárquicamente y orgánicamente de la Subsecretaria de Obras Públicas. Artículo 25°.- Departamento Gestión Comunitaria: Tendrá a cargo toda intervención y coordinación de las diversas actividades y en las emergentes en el ámbito comunitario social del ejido municipal. Se relacionará con la Secretaria de Obras Públicas a través de la Subsecretaría de Obras Públicas. Artículo 25°.1.- Unidad Operativa Administración: Entenderá en todos los temas relacionados a la planificación, elaboración y control de los diversos actos administrativos pertinentes al Departamento de Gestión Comunitaria Social. Artículo 26.- Departamento de Articulación local del Sistema Acuífero Guaraní: tendrá a su cargo promover la gestión local coordinada del recurso hídrico subterráneo, especialmente en lo que hace al conocimiento local continuo del Sistema Acuífero Guaraní (SAG).Proponer normas técnicas de diseño, construcción y operación de pozos termales, así como medidas para prevenir conflictos causados por la interferencia entre pozos, a través de los organismos técnicos de la Provincia. Fomentar el uso eficiente de las aguas termales proponiendo medidas y supervisándolas, tales como el apropiado uso de suelo y funcionamiento de los complejos termales. Custodiar y ampliar el monitoreo continuo de pozos, generando bases de datos accesibles a la comunidad. Aplicar y mantener actualizado el modelo matemático como instrumento de apoyo a la gestión y elaborar diagnósticos y estudios del estado de conservación y protección de las aguas subterráneas locales. Consolidar y coordinar la Comisión local del SAG, con et apoyo de los otros Municipios, la Delegación Argentina de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande (CTM), así como con la Dirección de Hidráulica Provincial, el Ente Regulador de Termas y la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación. Fortalecimiento municipal, provincial y nacional para operar y ampliar la red local de monitoreo de pozos y el Sistema de Información del SAG (SISAG). Analizar y gestionar fuentes de financiación para la Comisión Local de Apoyo al Piloto. Implementar mecanismos de difusión local del conocimiento mediante acciones coordinadas. Dependerá orgánicamente de la Subsecretaria de Obras Públicas. Artículo 27°.- Deróguese toda otra norma, de igualo menor jerarquía, que se oponga a la presente. Artículo 28°.- Dispónese que el presente Decreto entrará en vigencia a partir del 01 de julio de 2.018. Artículo 29°.- Establecese que lo dispuesto en el presente Decreto, se dicta como excepción al Decreto N°1.100/17, ratificado mediante Decreto N°191/18. Articulo 30°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
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