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TITULO:   Secretaria de Deportes: organica
DECRETO Nº 892 FECHA: 11.07.2018 PUBLICADO: 16.07.2018 ARTICULO 1º.- Establécese que la estructura orgánica, administrativa y funcional de la Secretaría de Deportes de la Municipalidad de Concordia, creada a través de la Ordenanza N° 36.479/2.018, estará conformada por las siguientes Coordinaciones, Departamentos, Divisiones y Áreas, con las misiones, competencias y niveles conforme a lo dispuesto en el presente Decreto a saber: ARTICULO 2°.- La Coordinación Administrativa tendrá a su cargo la orientación y diligenciamiento de los trámites administrativos y lo concerniente a las tareas contables de la Secretaría de Deportes. Se relacionará en forma directa con la Secretaría de Deportes. Tendrá rango de Dirección Nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente. ARTICULO 3°._ El Departamento Despacho tendrá a su cargo todo lo inherente a la tramitación de las notas y expedientes que ingresen a la Secretaría, la confección de proyectos de Resoluciones, Decretos, Ordenanzas, etc., y colaborará en toda la tarea administrativa que requieran el resto de los Departamentos que conforman la Secretaría. Se relacionará con la Secretaría de Deportes a través de la Coordinación Administrativa. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 4°.- El Departamento Mesa de Entradas tendrá a su cargo el registro del movimiento de expedientes, notas y demás documentación, administrativa, tanto los que ingresen como los que salgan de la Secretaría, llevando el correspondiente registro en cada caso. Se relacionará con la Secretaría de Deportes a través de la Coordinación Administrativa. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 5°._ El Departamento Contable tendrá a su cargo todo lo concerniente a la adquisición de materiales, insumos y servicios que requieran las actividades que se encaren y que el Secretario crea conveniente para el óptimo desarrollo de la Dependencia, y será la encargada de todo el manejo contable de la Secretaría (Liquidaciones, Rendiciones, etc.). Se relacionará con la Secretaría de Deportes a través de la Coordinación Administrativa. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 6°.- El Departamento Secretaría Privada tendrá a su cargo la atención de los asuntos privados del Secretario, llevará el control y registro de las audiencias e invitaciones y atenderá los asuntos y relaciones políticas que le encomiende el Secretario. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 7°._ El Departamento Programa Deportivo tendrá a su cargo todo lo relacionado a los programas que en las distintas etapas del deporte se organicen desde la Secretaría, teniéndose entre ellas el Programa de Promoción Deportiva, el Programa de Deporte Especial para chicos especiales, el recreativo de Verano, etc. Se relacionara con la Secretaria de Deportes a través de la Dirección de Deporte Social. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 8°.- El Departamento de Eventos y Capacitación tendrá a su cargo la organización de los eventos deportivos que emanen de la Secretaría, ya sea los Encuentros Barriales entre los Centros de Trabajo de los Programas que se encaren, los Juegos Evita y de la Concordia, etc., y también será la encargada de planificar y organizar cursos de capacitación para el personal de la Secretaría, Se relacionará con la Secretaría de Deportes a través de la Dirección de Deporte Social. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 9°._ El Departamento de Relaciones Institucionales tendrá a su cargo la interrelación con las distintas entidades deportivas de la ciudad. Se relacionará con la Secretaría de Deportes a través de la Dirección de Deporte Federado. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 10°.- La Coordinación de Logística tendrá a su cargo la realización de todos los trabajos concernientes al mantenimiento y conservación de los lugares de trabajo que dependen de la Secretaría, tendrá a su cargo el armado y desarmado de las estructuras necesarias en los lugares donde se desarrollen eventos organizados por la Secretaría o en aquellos de terceros donde se preste colaboración y será el responsable del armado y funcionamiento del Taller de la Secretaría de Deportes y de las maquinarias y herramientas que allí se utilicen, donde se realizarán los trabajos necesarios para cumplir con las funciones detalladas. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 11°,- La Coordinación de la Actividad Deportiva y Física tendrá a su cargo todo lo referido a la aplicación, interpretación y cumplimiento de las normas dictadas y a dictarse, en materia de actividad deportiva y física que se desarrollen en los distintos ámbitos de la ciudad. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 12°.- La Coordinación de Organización tendrá a su cargo todo lo referido a la organización y cumplimiento de las normas de aquellas actividades deportivas que se desarrollen dentro del deporte federado. Se relacionará con la Secretaría de Deportes a través de la Dirección de Deporte Federado. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 13°.- El Área Pileta Tavella tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte de la Pileta de Avda. Tavella y Vías del FF.CC. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá Nivel 3 de acuerda a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 14°.- El Área Albergue tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte del Albergue sito en el Polideportivo de nuestra ciudad. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vígente.- ARTICULO 15°.- El Área Gimnasio Municipal tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte del Gimnasio Municipal. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 16°.- El Área Polideportivo Víctor Oppel tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte del Polideportivo Víctor Oppel. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 17°.- El Área Polifuncional tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte del Polifuncional sito en Paraná e Hipólito Yrigoyen. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ATICULO 18°.- El Área Pista de Atletismo tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte de la Pista de Atletismo que se encuentra en el Centro de Desarrollo Deportivo del Noreste Argentino (C.D.D.N.E.A.). Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá Nivel 3 de acuerdo él lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 19°,- La presente estructura orgánica tendrá vigencia a partir del día 1º de Julio de 2.018.- ARTICULO 20°.- Deróguese toda norma similar o de menor jerarquía a la presente. ARTICULO 21º.- La presente disposición se dicta como excepción a lo dispuesto en los Decretos N° 1100/2017 y 191/2018.- ARTICULO 22°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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