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TITULO:   Suspende habilitación y transferencia de salones de fiesta
ORDENANZA Nº 34181 SANCIONADA: 13.05.2010 PROMULGADA: 03.06.2010 PUBLICADA: 10.06.2010 ARTICULO 1º.- Suspender hasta la aprobación y entrada en vigencia del nuevo Código de Ordenamiento Urbano, la recepción y otorgamiento de factibilidad de uso, habilitación y transferencia de los rubros: confiterias bailables, salones de fiesta para mayores y locales bailables dentro del radio comprendido al norte por Bv. San Lorenzo, al sur Bv. Chacabuco, al oeste por calle Humberto Primero y al Este por calle Lamadrid. ARTICULO 2º.- No será de aplicación lo dispuesto en el artículo 1º a todo trámite que se encuentre en curso al entrar en vigencia la presente ordenanza. ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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