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TITULO:   Convenio con UADER y SELCA
DECRETO Nº 422 FECHA: 18.04.2018 PUBLICADO: 19.04.2018 ARTICULO 1°.- Ratificar en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Concordia, la Universidad Autonomía de Entre Ríos (UADER), y la Secretaria de Lucha contra las adicciones SELCA a los 11 días del mes de abril de 2018, cuyo texto forma parte de la presente. ARTICULO 2°.- De forma. Convenio Específico UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ENTRE RIOS (UADER), SECRETARIA DE LUCHA CONTRA LAS ADICCIONES DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS (SELCA) y MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA. Entre la Universidad Autónoma de Entre Ríos, en adelante la UADER, con domicilio en Av. Gral. Ramírez 1.143 de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, representada en este acto por su Rector, el Bioingeniero. Aníbal J. Sattler, la Secretaria de Lucha contra las Adicciones, en adelante SELCA, con domicilio en calle 25 de mayo N° 139de la ciudad de Paraná provincia de Entre Ríos, representada en este acto por su Sr. Secretario Dr. Mano Elizalde y la Municipalidad de Concordia, en adelante el MUNICIPIO, con domicilio en calle Bartolomé Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, representada en este acto por su Presidente Municipal Dr. Enrique Cresto y por la Asesora del Dpto. Ejecutivo Municipal Dra. María de los Ángeles Petit, acuerdan celebrar el presente convenio específico, quedando sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: CLÁUSULA PRIMERA. Objeto: Formalizar mediante este convenio específico los mecanismos adecuados para favorecer la implementación de acciones conjuntas a fin de implementar la diplomatura "Abordaje Integral del Consumo Problemático" en el territorio del Municipio de Concordia.---- CLÁUSULA SEGUNDA. Actividad. Las actividades a ser realizadas en el marco del presente convenio se concentrarán en los siguientes campos: Programar capacitaciones en materia de uso problemático de drogas a fin de descentralizar acciones e incentivar la participación activa de la población. Construir el marco teórico - práctico y las herramientas para trabajar en prevención y acompañamiento de personas que atraviesan situaciones de consumo problemático. Analizar el contexto, a través del diagnostico, la planificación, la ejecución y la evaluación del desarrollo de acciones preventivas y de promoción de la salud en la comunidad. Adquirir estrategias de acompañamiento a personas que atraviesan. CLAUSULA TERCERA: obligaciones de las partes. LA UADER se compromete a: Realizar coordinación Técnica - Pedagógica; Seleccionar junto con SEDRONAR el equipo docente; Realizar el seguimiento del proceso de enseñanza aprendizaje mediante un sistema de tutoría, designando y afectando los recursos humanos disponibles en la secretaría necesario para tal fin.- Implementar y administrar un Aula Virtual con los contenidos teóricos y foros promovidos por la coordinación pedagógica de la Diplomatura. Diseñar la grafica publicitaria. Coordinar la estrategia comunicacional de la Diplomatura. EL MUNICIPIO se compromete a: Difundir en diferentes medios e instituciones públicas, privadas y ONG, la apertura de la diplomatura. Disponer de un espacio físico para su dictado. Facilitar sillas, audio, pantalla, cañón y el equipamiento requerido por los Docentes para el desarrollo de las clases. Proporcionar cofee break a los participantes durante el desarrollo de las actividades. Realizar Inscripciones y control de asistencia. Emitir certificaciones laborales a los participantes. Proporcionar Alojamiento y Almuerzo a los Docentes, Trasladar a los Docentes a la localidad de Villaguay una vez finalizado el dictado del Modulo establecido. CLÁUSULA CUARTA. Propiedad intelectual. La información que se obtenga resultados de las investigaciones y sus alcances; serán propiedad de todas las partes. La información que se obtenga y los resultados de las investigaciones y sus alcances podrán ser difundidos con autorización expresa de cada parte, dejándose constancia en las publicaciones la participación de los servicios pertenecientes a cada una de ellas. En toda documentación o documento relacionado con el presente convenio producido en forma unilateral se hará constar la colaboración prestada por el otro miembro sin que ello signifique responsabilidad alguna, respecto del contenido de la publicación o documento.---- CLÁUSULA QUINTA. Responsables Técnicos. LA UADER designa como responsables de las actividades al Lic. Raúl Rousseaux, Lic. María Eugenia Romero, Lic. Reynoso Delfina y Tec. Natali Gigena y el Municipio a la Dra. María de los Ángeles Petit. Las partes podrán sustituir al representante antes citado cuando cuestiones justificadas así lo acrediten, como por ejemplo, y no excluyentemente, accidente, enfermedad prolongada, muerte, abandono de tareas. La sustitución del responsable técnico o de cualquiera de los participantes en el grupo de trabajo no generará para LAS PARTES y/o el responsable técnico derecho a compensación y/o indemnización alguna a cargo de la UADER. Dicho reemplazo no generará derecho a reclamo alguno por parte del Representante Técnico En el supuesto que alguna Contraparte considere irreemplazable a la persona del representante técnico o un sustituto idóneo mutuamente aceptable no estuviera disponible, tendrá derecho a denunciar este convenio con un preaviso de treinta (30) días, teniendo en cuenta las tareas en ejecución y sin derecho a compensación y/o Indemnización alguna.------ CLÁUSULA SEXTA. Vigencia. El presente acuerdo se establece por 12 (doce) meses a partir de su aprobación, el cual se renovará por acuerdo escrito de las partes, comunicado con una anticipación de 30 (treinta) días hábiles al vencimiento, el que deberá ser aprobado por el Consejo Superior antes de la puesta en ejecución------- CLÁUSULA SÉPTIMA. Rescisión. Las partes podrán rescindir el convenio mediante preaviso escrito con una antelación de treinta (30) días hábiles a la fecha de rescisión. La denuncia unilateral no implica indemnización alguna a la otra parte, siempre y cuando se respete el preaviso establecido en el párrafo anterior. Las actividades en ejecución no serán afectadas por esta rescisión y continuarán hasta su finalización tanto y en cuanto hayan sido retribuidos de acuerdo con lo previsto.------ CLÁUSULA OCTAVA. Anexos. Todo anexo que suscriban las partes en este acto, relacionado con el presente convenio, se lo considerará parte integrante del mismo, a los efectos de su interpretación y aplicación. Sin perjuicio de los recursos asignados por cada parte, los firmantes acuerdan a realizar las gestiones pertinentes ante instituciones oficiales o privadas, con el fin de procurar su contribución al mejor logro de los objetivos del presente convenio.--- CLÁUSULA NOVENA. Responsabilidades. La existencia de este acuerdo no limita en forma alguna el derecho de las partes para formalizar convenios semejantes con otras empresas y/o instituciones. La suscripción del presente no implica otro vínculo entre las partes que los derechos y obligaciones comprendidos en el mismo. Las partes mantendrán su individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas, académicas y administrativas y asumirán particularmente las responsabilidades exclusivamente con relación a dicha parte--------- CLÁUSULA DÉCIMA. Cuestiones no previstas. En el supuesto de cuestiones no previstas y/o establecidas expresamente en el presente se resolverá de común acuerdo y se plasmará en un anexo que formará parte del presente.----- CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA. Controversias. Las partes observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración y las mismas se basarán en los principios de buena fe y cordialidad en atención a los fines perseguidos en común con la celebración del presente acuerdo. En caso de surgir controversias entre las partes relativas a este convenio o a su interpretación, extinción o terminación, se dirimirán en primera instancia de mutuo acuerdo por medio de una comisión arbitral formada por los representantes de las partes----- CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA. Domicilios. A todos los efectos legales las partes fijan sus domicilios en los denunciados ut supra donde serán válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales.---
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