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TITULO:   Prohibe publicidad de venta de bebidas alcholicas
ORDENANZA Nº 36212 SANCIONADA: 31.08.2017 PROMULGADA: 06.09.2017 PUBLICADA: 12.09.2017 ARTÍCULO 1º.- Prohíbase la publicidad de venta de bebidas alcohólicas en cartelería fija o movible en la vía pública. Solo podrá realizarse en el interior de los lugares de venta de los mismos. ARTÍCULO 2º.- Derogase el inc. d) Artículo 21° de la Ordenanza N° 35.004/2012. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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