TITULO: Prohibe publicidad de venta de bebidas alcholicas
ORDENANZA Nº 36212
SANCIONADA: 31.08.2017
PROMULGADA: 06.09.2017
PUBLICADA: 12.09.2017
ARTÍCULO 1º.- Prohíbase la publicidad de venta de bebidas alcohólicas en cartelería fija o movible en la vía pública. Solo podrá realizarse en el interior de los lugares de venta de los mismos.
ARTÍCULO 2º.- Derogase el inc. d) Artículo 21° de la Ordenanza N° 35.004/2012.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.