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TITULO:   Convenio de Obra Publica
DECRETO Nº 591-2017 FECHA: 21.06.2017 PUBLICADO: 22.06.2017 ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el convenio firmado por la Municipalidad con el Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal que forma parte de esta norma como ANEXO I. ARTÍCULO 2°.- Dispónese la afectación al cumplimiento del mismo de los equipos y el personal y municipal pertinentes. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.- CONVENIO DE OBRA PÚBLICA Entre el Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (I.V.yT.A.M) y la Municipalidad de Concordia En la ciudad de Concordia, a los 16 días del mes de junio de 2017, entre el Instituto de Viviendas. y Tierras Autárquico Municipal, en adelante el “INSTITUTO”, representado por la Presidente de su Directorio, señora Marina, Anabella PEÑALOZA, DNI Nº 28.502.869, con domicilio en calle Juan Bautista Alberdi e Hipólito Yrigoyen de esta ciudad, por una parte, y la Municipalidad de Concordia, en adelante la “MUNICIPALIDAD”, representada por su Presidente Municipal, Enrique Tomás Cresto, DNI Nº· 25.288.016 y su Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Carlos Horacio PASQUET, DNI N° 14.307.809, ambos con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre Nº 76 de esta ciudad, acuerdan celebrar el presente CONVENIO ESPECÍFICO, en función de las obras a realizar mediante el PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS “TECHO DIGNO” que fuese firmado el 02 de marzo de 2017 con la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDAS, conforme a las competencias asignadas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92): ARTÍCULO 1°.- Lo aquí convenido se rige dentro del marco de las facultades otorgadas por la Ordenanza de Contrataciones Nº 34.698 Art. 12 Inciso d) Ítem 14, habida cuenta de que la MUNICIPALIDAD cuenta con el equipamiento y los recursos humanos necesarios para la realización de dicha obra y dentro de los precios que fueren establecidos en el CONVENIO MARCO suscripto con la Nación. ARTÍCULO 2°.- El INSTITUTO encomienda a la MUNICIPALIDAD, y ésta asume el compromiso, de realizar el movimiento de suelos que requieren estrictamente las especificaciones técnicas del proyecto de las obras convenidas con la Nación, en un plazo de DOS (02) MESES. ARTÍCULO 3°. El monto de los trabajos encomendad s por este CONVENIO, asciende a la suma de DOCE MILLONES DE PESOS $ 12.000.000. ARTÍCULO 4°. El INSTITUTO asume el compromiso de proveer a la MUNICIPALIDAD el monto de estos trabajos, dentro de los CINCO (05) DÍAS contados a partir de la firma de este convenio, depositados en la Cuenta Corriente BNA NO 2120041167, Sucursal 212 de la ciudad de Concordia. ARTÍCULO 5°. Por su parte la MUNICIPALIDAD se compromete a suministrar al INSTITUTO la documentación respaldatoria, que acredite la realización de la totalidad de la obra, conforme a lo proyectado y en el marco del Reglamento General del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Viviendas de la Nación. ARTÍCULO 6°. Para el caso de suscitarse alguna controversia en cuanto a la interpretación, aplicación V/o ejecución del presente Convenio, las partes acuerdan someterse a los tribunales de la ciudad de Concordia.
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