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TITULO:   Convenio con Asociacion Civil, Cultural, Social y Deportiva Red Nebel
DECRETO Nº 546/2017 FECHA: 07.06.2017 PUBLICADO: 16.06.2017 ARTICULO 1°.- Ratificase en todos sus términos, el Convenio de Cooperación suscripto el día 01 de junio de 2017 entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Contador Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Lic. MARCELO G. BENEDETTO y el Señor Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural Sr. LUIS SANTANA y la ASOCIACIÓN CIVIL, CULTURAL, SOCIAL, y DEPORTIVA “RED NEBEL”, representada en este acto, por los Señores Presidente y Tesorera de dicha entidad, Sr. LUIS BELMONTE y Sra. LIDIA ANGELA MERLO respectivamente, que consta de siete (7) cláusulas y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I.- ARTICULO 2°.- Disponer reconocer y abonar el mes de JUNIO/2017 y los pagos que se devenguen, hasta cumplimentar el período de 12 meses a la Asociación Civil, Cultural, Social y Deportiva “RED NEBEL”, con sede en la Ciudad de Concordia, debiéndose abonar a la Asociación, la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-), mensual a partir del mes de junio de 2017, con cargo de rendición de gastos trimestralmente, en virtud del cumplimiento del Convenio ratificado el día 01 de junio de 2017, entre la Municipalidad de Concordia y la citada Asociación, debiendo la Secretaría de Comunicación y Desarrollo Cultural, iniciar el trámite administrativo de pago mensual, Autorizándose a la Tesorería Municipal a proceder al pago de las cuotas, del citado convenio mediante la confección del cheque a nombre de la autoridad de la Asociación correspondiente. ARTICULO 3°.- lmputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio de Cooperación ratificado por el Artículo 10 del presente Decreto, a la Partida correspondiente para el Ejercicio Económico vigente. ARTICULO 4°.- Remitir nota de estilo, adjuntando copia del presente Decreto, a la Asociación Civil, Cultural, Social y Deportiva “RED NEBEL”, para su conocimiento, toma de razón y, demás efectos. ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente Archívese. CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ASOCIACION CIVIL, CULTURAL, SOCIAL y DEPORTIVA “RED NEBEL” Y LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA- En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 01 días del mes de Junio del año 2.017, entre la Municipalidad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, representada en este acto por el Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO DNI N° 25.288.016, asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Lic. MARCELO GABRIEL BENEDETTO DNI N° 21.697.617 Y el Señor Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural Sr. LUIS SANTANA DNI N° 92.546.178 todos con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76, de la ciudad de Concordia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte y por la otra parte, la “ASOCIACION CIVIL, CULTURAL, SOCIAL y DEPORTIVA RED NEBEL”, representada en este acto, por el Presidente Sr. LUIS ALBERTO BELMONTE DNI N° 20.391.135, con domicilio legal en calle Maipú N° 1187 de la ciudad de Concordia, y la Sra. LIDIA ANGELA MERLO DNI N° 10.699.644, con domicilio legal en calle Tucumán N° 882 de la Ciudad de Concordia en calidad de Tesorera de la Institución, por otra parte, en adelante “RED NEBEL”, convienen en celebrar el presente Convenio sujeto a las cláusulas y condiciones que seguidamente se establecen: PRELIMINAR: Ambas partes expresan y reafirman la vocación de estrechar los lazos de amistad y colaboración mutua en beneficio de la Comunidad de Concordia, en el contexto de este Convenio Marco de Cooperación. PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD realizará un aporte mensual de PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-), con cargo de rendición de gastos en forma trimestral, debiendo ser dicha documentación presentada por escrito mediante nota de elevación ante la secretaria interviniente y por el cumplimiento de lo previsto en la Cláusula Segunda del presente Convenio------- SEGUNDA: La partes asumirán el compromiso de trabajar juntos para la realización de actividades, la planificación y ejecución de otros proyectos que excedan a lo descripto, en diversos campos de actividades tendientes a mejorar la calidad de vida del conjunto de la población de Concordia y la región, procurando el aprovechamiento integral de los recursos disponibles en cada una de las partes firmantes de este acuerdo. En cumplimiento de lo manifestado precedentemente la “RED NEBEL”, se compromete a desarrollar las siguientes actividades: Prestar servicios de capacitación, formación y difusión de distintos talleres culturales, conforme a los lineamientos establecidos por la gestión de gobierno municipal y dentro de las acciones a llevarse a cabo dentro de la administración municipal. Acompañar en la difusión de actividades culturales que a los efectos realice LA MUNICIPALIDAD. Articular con todas aquellas acciones que en conjunto se establezcan entre ambas partes en cuanto a la promoción cultural entre la comunidad barrial y el municipio de Concordia. TERCERA: El plazo de vigencia del presente será a partir del 01 de junio del año 2017, hasta transcurridos doce meses, pudiendo ser prorrogado por el mismo periodo automáticamente si ninguna de las partes informa por medio fehaciente la rescisión unilateral. Una vez transcurridos dos periodos consecutivos, el presente queda rescindido de pleno derecho, debiendo las partes consensuar la continuidad del mismo y realizar el trámite administrativo correspondiente.-------- CUARTA: El importe acordado en la Cláusula Primera tendrá como destino y finalidad atender los gastos emergentes del presente Convenio, aplicándose lo previsto en el marco normativo vigente dentro de la Administración Pública Municipal.-------- QUINTA: El incumplimiento de este convenio por cualquiera de las partes dará lugar a la rescisión del mismo, lo que deberá comunicarse de manera fehaciente a la contraparte con una antelación de treinta (30) días.------------------ SEXTA: Se adjunta a la presente como anexo uno, la siguiente documentación perteneciente a la RED NEBEL; Constancia de vigencia de la Personería Jurídica, Copia legalizada de Acta constitutiva de autoridades, Copia legalizada del estatuto que los rige, Constancia de inscripción y habilitación ante A.F.I.P. y A.T.E.R., Copia del Documento Nacional de Identidad de las personas que rubrican el presente convenio por parte de la RED NEBEL.--- SEPTIMA: Para cualquier controversia emergente del presente Convenio, las partes se someten a la justicia ordinaria de la ciudad de Concordia, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilio a todos los efectos legales, administrativos y operativos en los enunciados ut -supra. ---------------
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