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TITULO:   Convenio con Fundacion Magister
DECRETO Nº 545/2017 FECHA: 07.06.2017 PUBLICADO: 16.06.2017 ARTICULO 1º.- Ratificase en todos sus términos, el Convenio de Cooperación suscripto el día 01 de junio de 2017 entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Contador Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Lic. MARCELO G. BENEDETTO y el Señor Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural Sr. LUIS SANTANA y la “FUNDACION MAGISTER”, representada en este acto, por la Señora Presidente, Prof. STELLA MARIS PONCE y Vicepresidente de dicha entidad, Sr. JORGE ALCIDES BUFFA respectivamente, que consta de siete (7) cláusulas y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I.- ARTICULO 2°.- Disponer reconocer y abonar el mes de JUNIO/2017 y los pagos que se devenguen, hasta cumplimentar el periodo de 12 meses a la “FUNDACION MAGISTER”, con sede en la Ciudad de Concordia debiéndose abonar a la Fundación, la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-), mensual a partir del mes de junio de 2017, con cargo de rendición de gastos trimestralmente, en virtud del cumplimiento del Convenio ratificado el día 01 de junio de 2017, entre la Municipalidad de Concordia y la citada Fundación, debiendo la Secretaría de Comunicación y Desarrollo Cultural, iniciar, el trámite administrativo de pago mensual, Autorizándose a la Tesorería Municipal a proceder al pago de las cuotas del citado convenio mediante la confección del cheque a nombre de la autoridad de la Asociación correspondiente. ARTICULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio de Cooperación ratificado por el Artículo 1º del presente Decreto, a la Partida correspondiente para el Ejercicio Económico vigente. ARTICULO 4º.- Remitir nota de estilo, adjuntando copia del presente Decreto, a la “FUNDACION MAGISTER”, para su conocimiento, toma de razón y demás efectos. ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.- CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA “FUNDACION MAGISTER” y LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 01 días del mes de Junio del año 2.017, entre la Municipalidad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, representada en este acto por el Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE, TOMAS CRESTO DNI N° 25.288.016, asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Lic. MARCELO GABRIEL BENEDETTO DNI N° 21.697.617 y el Señor Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural Sr. LUIS SANTANA DNI N° 92.546.178 todos con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76, de la ciudad de Concordia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte y por la otra parte, la “FUNDACION MAGISTER”, representada en este acto, por su Presidenta Prof. STELLA MARIS PONCE DNI N° 16.360.503 con domicilio legal en calle Ituzaingó N° 588 de la ciudad de Concordia y el Prof. JORGE ALCIDES BUFFA DNI N° 14.687.708, con domicilio legal en calle Ituzaingó N° 588 de la ciudad de Concordia, en calidad de Vicepresidente de la Institución, en adelante “FUNDACION MAGISTER”, convienen en celebrar el presente Convenio sujeto a las cláusulas y condiciones que seguidamente se establecen: PRELIMINAR: Ambas partes expresan y reafirman la vocación de estrechar los lazos de amistad y colaboración mutua en beneficio de la Comunidad de Concordia, en el contexto de este Convenio Marco de Cooperación. PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD realizará un aporte mensual de PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-), con cargo de rendición de gastos en forma trimestral, debiendo ser dicha documentación presentada por escrito mediante nota de elevación ante la secretaria Interviniente y por el cumplimiento de lo previsto en la Cláusula Segunda del presente Convenio--------- SEGUNDA: La partes asumirán el compromiso de trabajar juntos para la realización de actividades, la planificación y ejecución de otros proyectos que excedan a la descripto, en diversos campos de actividades tendientes a mejorar la calidad de vida del conjunto de la población de Concordia y la región, procurando el aprovechamiento integral de las recursos disponibles en cada una de las partes firmantes de este acuerdo. En cumplimiento de lo manifestado precedentemente la FUNDACIÓN MAGISTER, asume las siguientes obligaciones: Entregar libros para la biblioteca de la Dirección de Educación Municipal y para la biblioteca ambulante. Otorgar DIEZ (10) becas de estudio para talleres literarios, artes visuales, gimnasia china, gimnasia modeladora, Aikido para ser destinadas a personas carentes de recursos económicos designadas por la Municipalidad. Articular acciones entre La Municipalidad y Fundación Magister para el desarrollo de la Feria del Libro en la ciudad de Concordia. TERCERA: El plazo de vigencia del presente será a partir del 01 de junio del año 2017, hasta transcurridos doce meses, pudiendo ser prorrogado por el mismo periodo automáticamente si ninguna de las partes informa por medio fehaciente la rescisión unilateral. Una vez transcurridos dos periodos consecutivos, el presente queda rescindido de pleno derecho, debiendo las partes consensuar la continuidad del mismo y realizar el trámite administrativo correspondiente.----------- CUARTA: El importe acordado en la Cláusula Primera tendrá como destino y finalidad atender los gastos emergentes del presente Convenio, aplicándose lo previsto en el marco normativo vigente dentro de la Administración Pública Municipal.------------- QUINTA: El incumplimiento de este convenio por cualquiera de las partes dará lugar a la rescisión del mismo, lo que deberá comunicarse de manera fehaciente a la contraparte con una antelación de treinta (30) días.---------- SEXTA: Se adjunta a la presente como anexo uno, la siguiente documentación perteneciente a la FUNDACION MAGISTER; Constancia de vigencia de la Personería Jurídica, Copia legalizada de Acta constitutiva de autoridades, Copia legalizada del estatuto que los rige, Constancia de inscripción y habilitación ante A.F.I.P. y A.T.E.R., Copia del Documento Nacional de Identidad de las personas que rubrican el presente convenio por parte de la FUNDACION MAGISTER.----------- SEPTIMA: Para cualquier controversia emergente del presente Convenio, las partes se someten a la justicia ordinaria de la ciudad de Concordia, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilio a todos los efectos legales, administrativos y operativos en los enunciados ut-supra.--------------
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