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TITULO:   Programas de Viviendas para Victimas de Violencia de Genero : establece cupos de 5%
ORDENANZA Nº 36104 SANCIONADA: 18.05.2017 PROMULGADA: 23.05.2017 PUBLICADA: 01.06.2017 ARTÍCULO 1º.- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a arbitrar los medios pertinentes con el fin de disponer un cupo de viviendas de hasta un 5% si fuera necesario, en los programas en los cuales interviene el Municipio de Concordia, sean estos de origen nacional, provincial local, para víctimas de violencia de género. ARTÍCULO 2º.- Designase al Instituto de Tierras y Viviendas Autárquico Municipal como el organismo encargado de intervenir en la evaluación de la situación socio-ambiental de la víctima de violencia de género de casos estrictamente derivados por la justicia, teniendo especialmente en cuenta la denuncia y sentencia, situación de vulnerabilidad de la víctima y personas a cargo, pudiendo determinar cuándo se cuente con disponibilidad la pertenencia de la asignación de la vivienda. ARTÍCULO 3°.- Comunicar a los Honorable Concejo Deliberantes de la provincia y Legislatura de Entre Ríos la presente Ordenanza. ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
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