Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Agentes Judiciales
DECRETO Nº 26713/1993 FECHA: 07.09.1993 PUBLICADO: 07.09.1993 ARTICULO 1º.- Dispónese que los agentes judiciales deberán ingresar los importes percibidos e informar los días miércoles de cada semana o el hábil siguiente a la oficina de origen mediante la planilla que como anexo forma parte del presente, los procedimientos llevados a cabo y/o cobros que han recibido de las deudas que tengan en gestión.- De no haberse promovido acciones, en la semana igualmente deberá comunicarse fehacientemente en dicha planilla.- ARTICULO 2º.- Será responsabilidad de los agentes judiciales asegurarse antes de la percepción total o parcial que la deuda en gestión esté actualizada a dicha fecha, caso contrario será a su cargo la diferencia de actualización.- ARTICULO 3º.- Cuando los agentes judiciales acuerden facilidades de pago en cuotas de las deudas en gestión deberán efectuar la percepción de las cuotas correspondientes y el control del cumplimiento total de las mismas sin que ello implique un incremento en los honorarios del agente.- ANEXO AL ARTICULO 1º DEL DECRETO Nº 26713 PLANILLA RESUMEN SEMANAL DE ACTUACIONES AGENTE: ................................................... SEMANA: de...... al...... (1) (2) (1+2) Numero Nombre y Apellido Tasa Cuota Imp. Imp. Total Planilla Número Tasas Tasas Cuota Obs.
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar