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TITULO:   Concesion de la Explotación del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros. Recorrido de las Líneas Nº 1,2,3,4,5,6,7,8 y 9
ORDENANZA Nº 35837 SANCIONADA: 01.09.2016 PROMULGADA: 15.09.2016 PUBLICADA: 27.09.2016 Texto Ordenado con modificaciones introducidas por Ordenanza Nº 35856 ARTICULO 1º.- Establecer que a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, las concesiones del Servicio del Transporte Urbano de Pasajeros de la ciudad de Concordia, se regirán por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Explotación del Servicio de transporte Público de pasajeros, cuyo texto obra agregado, y forma parte integrante de la presente como Anexo I. ARTÍCULO 2º.- Aprobar el recorrido de las líneas N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, con sus ampliaciones y modificaciones vigentes, así como sus frecuencias y números de vehículos requeridos para el servicio el trasporte urbano de pasajeros de la ciudad de Concordia, conforme el detalle que se indica como Anexo II, que obra agregado y forma parte integrante de la presente norma. ARTICULO 3°.- Deróguese toda otra norma, de igual y mejor jerarquía, que se oponga a la presente. ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. CONCESION DE LA EXPLOTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS ARTICULO 1°.- OBJETO: La presente licitación pública tiene por objeto la concesión de la explotación del servicio de transporte urbano de pasajeros, en los términos y condiciones previstos en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTICULO 2°.- RETIRO Y VALOR DE LOS PLIEGOS: El valor de los Pliegos de Bases y Condiciones correspondientes a la presente licitación es de $ ---- (PESOS ---------), que deben ser ingresados en la Tesorería Municipal. Los pliegos referidos deben ser retirados de la Dirección de Compras y Suministros contra la exhibición del comprobante de adquisición, en el que se dejará constancia de la entrega y reintegrado al interesado. ARTÍCULO 3°.- LUGAR. FECHA. Y HORA DE PRESENTACION. Las presentaciones se harán en sobres, cajas o paquetes cerrados, siendo causal de inadmisibilidad de la oferta el incumplimiento de este requisito. La presentación se hará en la sede de la Dirección de Compras y Suministros, sito en la Planta Baja del Palacio Municipal, Mitre 76, Concordia, en el horario de 7 a 12 horas de lunes a viernes, hasta el día……..de………a la hora 10 que se fija para la apertura de los sobres o el subsiguiente hábil si aquél resultare feriado. En la cubierta del sobre deberá consignarse solamente: Licitaci6n Pública N° --/16 Lugar y Fecha de la Apertura ---------Hora ---------Dirección de Compras y Suministros. Por informes, los interesados deberán dirigirse mediante nota a la Dirección de Compras y Suministros de la Municipalidad de Concordia, sita en calle Mitre N° 76, Planta Baja - Concordia, Entre Ríos Teléfono: 421-0021 Int. 162-163; E-Mail: comprasysuministros@concordia.gob.ar. ARTICULO 4°.- PROPONENTES: Pueden ser proponentes tanto las personas físicas como jurídicas, que no se encuentren comprendidas en las siguientes inhabilidades: a) Los empleados ni funcionarios de la Municipalidad de Concordia, cualquiera fuera su situación de revista, ni las sociedades por ellos integradas. La inhabilidad se extiende al cónyuge y a los parientes de segundo grado de afinidad o consanguinidad del Presidente Municipal, Vice intendente, Subsecretarios, Directores, Concejales y Secretarios del Concejo Deliberante. b) Las personas fijas o jurídicas en estado de concurso de acreedores, quiebra o liquidación. c) Las personas condenadas mediante sentencia penal hasta transcurrido el triple del tiempo de la condena. d) Personas Físicas o jurídicas que hayan rescindido contrato celebrados con la Municipalidad de Concordia. e) Las sociedades no constituidas regularmente. Se consideran sociedades regularmente constituidas aquellas que al momento de la apertura de ofertas hayan realizado formal pedido de inscripción ante la autoridad competente, debiendo acreditar en el termino de treinta (30) días corridos de la fecha de apertura de sobres su definitiva inscripción como sociedad regular, caso contrario se tendrá por no efectuada la oferta. ARTICULO 5º.- APERTURA DE LAS OFERTAS. ACTA. La Directora de Compras y Suministros, en la fecha y hora indicadas, precederá a abrir los sobres recibidos en presencia de los funcionarios y los interesados que concurran al acto. De lo actuado se labrará un acta, consignado todo lo referente a las presentaciones, y será firmada por los presentes. ARTÍCULO 6°.- DOCUMENTACION. El sobre de presentación deberá contener por duplicado, en ejemplares idénticos, distinguidos con las leyendas "Original" y "Duplicado" en cada hoja respectivamente la siguiente documentación: a) La propuesta conforme lo dispuesto en el artículo 7) del presente Pliego. No se aceptarán cotizaciones en Moneda Extranjera. La propuesta debe tener firma certificada por Escribano Público Nacional. La falta de presentación de esta planilla con la/s firmas certificadas por Escribano Público, producirá la declaración de inadmisibilidad de la oferta. b) Sellado Municipal por la suma de CIEN PESOS ($100)- c) Comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de la oferta. d) Comprobante de adquisición del pliego de la presente licitación. e) El oferente deberá presentar declaración jurada con firma certificada por Escribano, y/o legalizada si fuera de extraña jurisdicción, por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive la Federal. La falta de presentación de esta Declaración producirá la inadmisibilidad de la oferta. f) Constitución expresa de domicilio en la ciudad de Concordia. Será causal de inadmisibilidad, la falta de notificación al Municipio de cualquier cambio de domicilio, que el oferente produzca dentro del período de tramitación de esta licitación. g) En caso de sociedades comerciales, se deberá adjuntar: - copia autenticada del estatuto-o contrato social. Además deberá acompañar, copia autenticada del acta de designación de autoridades y/o documentación que acredite mandato a favor del firmante de la propuesta con facultades suficientes para efectuar la presentación en nombre de la sociedad y contratar en nombre y representación de la misma. - Copia de los Estados Contables del último ejercicio económico, certificado por el CPCE. h) Referencias comerciales expedidas por las respectivas empresas. i) Referencias bancarias expedidas por las respectivas instituciones bancarias. j) Constancia de Inscripción en A.F.I.P., D.G.R. y Municipalidad. k) Declaración jurada de antecedentes del proponente en licitaciones de naturaleza similar, si existieren. Por cada antecedente se consignará: la autoridad concedente, pública o privada, municipal, provincial o nacional, fecha de iniciación y finalización de la concesión, copia simple del acto de adjudicación. De conformidad con lo establecido por el artículo 161º de la Ley Provincial N° 10.027, "no serán admitidos a contratar los deudores morosos del Municipio o aquéllos que no hubieran dado cumplimiento satisfactorio a contratos hechos anteriormente con el Municipio; en cualquiera de sus reparticiones…". La documentación detallada en los incisos a) y e) del presente artículo, deberán ser subscriptas al pie de cada una de las hojas que la integran por el oferente y/o su representante legal o mandatario. El incumplimiento de lo establecido en los incisos a), c) y e) motivará la declaración de inadmisibilidad de la oferta. El incumplimiento de la presentación detallada en los restantes incisos, podrá ser intimado a subsanar en el plazo de los cinco días siguientes de efectuado el requerimiento por la Comisión Evaluadora. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada sin más trámite. ARTICULO 7°.- PROPUESTA: La oferta que presente el oferente, y toda otra documentación relativa, deberá estar redactada en español. En caso de que se proporcione material impreso en otro idioma, éste deberá estar acompañado de la correspondiente traducción al español, la cual prevalecerá a los efectos de interpretación, de la oferta. En la propuesta deberán consignarse como mínimo: a) Detalle de Vehículos: En la propuesta el oferente deberá acompañar una planilla descriptiva de las unidades que ofrece expresando: 1. Clase de vehículo.- 2. Número de dominio.- 3. Marca.- 4. Modelo de fabricación y año de fabricación- 5. Número de motor y de chasis.- 6. Tipo y cantidad de asientos.- 7. Capacidad de pasajeros transportados.- 8. Todo otro dato de interés que permita una mejor evaluación de los vehículos que -serán utilizados en la línea.- b) Documentación vehicular: Tratándose de vehículos usados, se deberán adjuntar: - fotocopias de los títulos de propiedad de cada una de las unidades ofrecidas - últimos recibos de pago del impuesto automotor, - boleto de compraventa, en caso de que el oferente no figure como titular de los mismos, o factura preforma y/o presupuesto de compra, que deberán contar con los datos de inscripción en la AFIP del emitente. Tratándose de unidades cero kilómetros (O km), se deberá adjuntar copia de la factura de adquisición o factura preforma y/o presupuesto de compra, que deberán contar con los datos de inscripción en la AFIP del emitente. c) Documentación del espacio físico que el proponente posee para la guarda de la flota de las unidades de la línea, y la instalación del taller de reparación de los mismos: Titulo de propiedad o contrato de locación correspondiente, por el plazo de concesión estipulado en el pliego licitatorio. Será válido el contrato de locación, sujeto a condición suspensiva de que el locatario resulte adjudicatario de la licitación. El contrato, deberá estar debidamente sellado y sus firmas certificadas por ante Escribano Público Nacional. d) Diagramación de los servicios a presar en cada línea: El concesionario podrá proponer las frecuencias entre coche y coche en circulación, debiendo siempre ajustar la prestación del servicio a las frecuencias máximas y mínimas que determine la Municipalidad, y en los diagramas de recorrido y número de unidades en servicio que la misma establezca. Es facultad de la Municipalidad, a través del Departamento Ejecutivo, Municipal, decidir las modificaciones de frecuencia y recorrido que entienda necesaria para la prestación de un mejor servicio. La frecuencia entre coche y coche en circulación no podrá ser mayor de diez (10) minutos. A partir de las 21 horas, y hasta las 24 horas, será de 15 minutos. De lunes a sábados, el servicio se iniciará a las cinco (5) horas, mediante la simultánea partida de dos (2) unidades desde cada una de las cabeceras del recorrido autorizado, debiendo finalizar a las cero (O) horas aproximadamente. Los días domingos y feriados, el servicio se iniciará a las siete (7) horas, respetándose, en el resto la modalidad establecida en el párrafo anterior. El oferente podrá proponer un servicio diferencial nocturno de cero (O) a cinco (5) horas, de lunes a sábados, y de cero (O) a siete (7) horas, domingos y feriados, lo que será considerado un aspecto positivo al momento de la evaluación de las ofertas. e) Organización administrativa y contable proyectada o existente. f) Inversiones a realizar en bienes de uso, excepto rodados, discriminados por ítems. ARTÍCULO 8°.- GARANTIAS: Los oferentes y adjudicatarios deberán afianzar el cumplimiento de sus obligaciones de la siguiente forma: a) Garantía de mantenimiento de oferta: El oferente deberá constituir una garantía de mantenimiento de oferta por la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000). El comprobante de la garantía, será adjuntado en el sobre de presentación, conforme lo dispuesto en el artículo 6°, inciso c) del presente pliego. Esta garantía, deberá ser devuelta a quienes no resulten adjudicatarios dentro de los diez (10) días de resuelta la licitación. b) Garantía de cumplimiento del contrato: Quien resulte adjudicatario deberá constituir una garantía de cumplimiento de contrato por un importe igual a la multiplicación de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000) por el número de unidades propuestas para prestar el servicio. Esta garantía responde por el fiel cumplimiento del contrato. Los depósitos de garantía establecidos en el presente artículo, pueden cumplimentarse según las siguientes modalidades: 1.- Mediante depósito en dinero efectivo en la cuenta Garantía de Licitación y Otros, en la tesorería de la Municipalidad de Concordia. 2.- Seguro de caución. Los seguros de caución, deberán ser contratados con compañías de seguros que tengan domicilio, sucursal o agencia en la Ciudad de Concordia, y estén autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación. La garantía de cumplimiento de contrato, no podrá estar limitada en el tiempo, sino que debe mantener su vigencia hasta la finalización del plazo de la concesión. ARTÍCULO 9°.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Los oferentes se obligarán a mantener sus ofertas por el término de veinte días hábiles administrativos computados desde el día siguiente al del acto de apertura. Vencido el término de mantenimiento de oferta sin haberse resuelto la adjudicación, se prorrogará automáticamente el plazo a treinta (30) días hábiles más. ARTICULO 10°.- COMISIÓN EVALUADORA - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. La Comisión Evaluadora estará integrada por un representante de la Secretaría de Gobierno; de la Secretaría de Economía y Hacienda y de la Dirección de Asuntos Jurídicos. La Directora de Compras y Suministros actuará como Secretaria de la Comisión con voz y sin voto. La Comisión tendrá a su cargo la evaluación de las ofertas, verificará que se reúnan todas las exigencias formales y que la documentación se encuentre completa, debidamente integrada y que se cumplimenten los requisitos establecidos. La Comisión aconsejará al Departamento Ejecutivo, adjudicar la oferta que considere más conveniente a los intereses de la Municipalidad. La circunstancia de no haberse presentado más de una oferta no impedirá la adjudicación si la estima conveniente. Asimismo, se podrán rechazar todas las propuestas, fundamentando las razones de rechazo, sin que ello genere derecho a reclamo por parte de los oferentes. La admisibilidad de las ofertas presentadas y la adjudicación de la licitación, siempre será competencia exclusiva del Departamento Ejecutivo Municipal. ARTÍCULO 11°.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. Entre los elementos de evaluación a considerar, se tendrá especial consideración al puntaje resultante de los siguientes ítems: 1 Antigüedad. Se otorgará puntaje de acuerdo a las siguientes pautas: a) Empresa operadora, de servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor en la ciudad de Concordia, de acuerdo al siguiente escalonamiento: I- De 3 a 5 años de servicio continuo o ininterrumpido: veinte (20) puntos. II- De 5 años a 10 años de servicio continuo o ininterrumpido: treinta (30) puntos. III- De 10 años a más años de servicio continuo o ininterrumpido: cuarenta (40) puntos. b) Empresas que no presten sus servicios en la ciudad de Concordia: I- Empresa operadora de servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor, de carácter urbano y suburbano, de Jurisdicción Nacional y/o Provincial fuera del ejido de Concordia: cinco (5) puntos. II- Otras empresas de transporte: dos (2) puntos. III- Empresas sin antecedentes: cero (O) puntos. c) A la empresa que está prestando el servicio en la línea objeto de la presente licitación, que cuente con informe favorable de la Dirección Municipal de Transporte: treinta (30) puntos. 2. Material rodante ofrecido para el servicio: Se otorgará hasta un máximo de cien (100) puntos, en función de la edad promedio del parque ofertado, la escala a utilizar será la siguiente: I- De-cero (O) año: cien (100) puntos. II-De uno (1) a cuatro (4) años: noventa (90) puntos. III- De cinco (5) a ocho (8) años: ochenta (80) puntos. IV- De nueve (9) a doce (12) años: setenta (70) puntos. Se considerará como de cero (O) año, los vehículos cuyo año de fabricación coincida con el año del llamado a licitación. Los del año previo, tendrán una antigüedad igual a un (1) año, y así sucesivamente. Para el cálculo del puntaje correspondiente, se asignarán los puntos a cada vehículo, se sumarán los mismos, y luego se dividirá lo obtenido por el número de unidades, siendo el resultado de esta operación el puntaje tenido en cuenta. A los efectos del cálculo descripto, los postulantes deberán acompañar un detalle con la información solicitada en el presente pliego. 3. Oferentes locales. A aquellos oferentes que estén radicados en la ciudad de Concordia, con una antigüedad no menor a cinco años, y que presenten ofertas en el presente llamado a licitación, se les otorgará diez (10) puntos, por el carácter de locales. En caso de que los proponentes sean Uniones Transitorias de Empresas, o haya Unificación de Personería, para ser beneficiarios del puntaje, deberán acreditar la calidad de locales de todas las empresas que conformen la UTE o la Personería Unificada. Esta circunstancia se acreditará a través de las constancias impositivas. 4. Otros aspectos a considerar: La Comisión Evaluadora de la presente licitación, deberá calificar a las propuestas de acuerdo a los ítems y puntajes que seguidamente se detallan: a) Estar en condiciones de iniciar el servicio en forma inmediata: diez (10) puntos. b) Poseer galpón cubierto para guardar de los vehículos: I- Cien por ciento (100 %) cubierto: dos (2) puntos. II- Setenta y cinco por ciento (75 %) cubierto: un (1) punto. Igualdad en el puntaje: en caso de igualdad en el puntaje, se asignarán el primer lugar en el orden de mérito, a aquélla empresa que mayor puntaje hubiera obtenido con respecto al indicador correspondiente a la Empresa operadora de servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor, dentro de la ciudad de Concordia. De persistir la igualdad, se preferirá a la Empresa que actualmente se encuentre prestando servicio de la línea licitada. ARTICULO 12°.- Plazo para entrar en funcionamiento la línea: La línea que se licita deberá entrar en pleno funcionamiento dentro de los sesenta (60) días corridos contados desde la suscripción del contrato. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de la multa establecida en la normativa vigente. ARTICULO 13°.- De la iniciación del servicio: cuarenta y ocho (48) horas antes a la fecha se iniciación del servicio, el concesionario deberá: a) Presentar a la Municipalidad la flota total de los vehículos destinados al servicio de la línea licitada para su reconocimiento, inspección y habilitación para el transporte colectivo de personas. b) Tener dispuesto el recinto o local ofrecido como garaje/taller para la respectiva inspección por parte del personal municipal a los efectos de la correspondiente habilitación del mismo. c) Las unidades, deberán estar muñidas de los colores reglamentarios convenidos con la Municipalidad, e inscripciones exigidas en el presente pliego de bases y condiciones. d) Tener impreso los boletos con los que iniciará el servicio, conforme modelo aprobado por la autoridad de aplicación. ARTICULO 14°.- OBLIGACION DEL CONCESIONARIO: a) Obligación de empadronar y patentar las unidades: Las unidades afectadas al servicio, deberán ser propiedad de la empresa concesionaria, empadronada y patentada a su nombre, con radicación en la Ciudad de Concordia. Para acreditar tal extremo, el adjudicatario deberá adjuntar dentro de los quince (15) días posteriores al acto de adjudicación, la documentación registral original de propiedad de cada unidad ofrecida, expedida por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, que acrediten la titularidad registral a su nombre. b) Local apropiado para la reparación y guarda de las unidades: El concesionario deberá contar con depósitos adecuados para la guarda y mantenimiento de los vehículos afectados al servicio. La habilitación de los mismos por esta Municipalidad, se debe efectuar dentro de los treinta (30) días de firmado el contrato de concesión. Queda prohibido reparar en la vía pública los vehículos afectados al servicio. c) Obligaciones referentes a los conductores: El concesionario deberá presentar a la Municipalidad antes de iniciar sus actividades, nómina de los conductores con especificación de los siguientes requisitos: I) y Apellido; II) Número y categoría de licencia de Conductor correspondiente, expedido por la Municipalidad de Concordia; II) Libreta Sanitaria; IV) Aseguradora de Riesgo de Trabajo contratada para el personal. De la documentación requerida en los incisos b), c) y d) se adjuntará fotocopia simple. d) Cumplir con los itinerarios, horarios, cantidad y calidad de los vehículos, frecuencias y demás aspectos relacionados con el servicio que han sido propuestos, o fijados como requisitos en el llamado a licitación. e) Establecer la administración de la empresa dentro del municipio, y constituir domicilio especial en el mismo. f) Ser propietario e inscripto como titular registral de las unidades afectadas al servicio, o que se afecten en el futuro, con titulo inscripto a su nombre en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, con radicación en la Ciudad de Concordia. g) Nómina de unidades que estarán en servicio. h) Compromiso de cumplimentar con la legislación nacional, provincial y local vigentes sobre Transporte Público de Pasajeros, o que en el futuro las sustituyan o reemplacen, y las demás obligaciones que surjan de este pliego. i) Que la totalidad del personal del servicio estará a cargo del concesionario, exclusivamente, quien asume la responsabilidad de empleador a todos los efectos jurídicos. j) Las empresas concesionarias del servicios adjudicado deberán realizar semestralmente Revisión Técnica Obligatoria (RTV) en cada una de las unidades comprometidas al servicio público. Hasta tanto la Municipalidad se adhiera a la ley que exija la verificación técnica vehicular en talleres habilitados por la autoridad nacional competente, el RTV se realizaran en las instalaciones del Taller Municipal, quien deberá verificar el cumplimiento de los siguientes requisitos técnicos básicos: I).- CUBIERTAS: Deberán tener como mínimo 1.6 mm de dibujo y no se aceptarán recapados en eje delantero. II).- LUCES: Se exigirá las luces reglamentarias, posición, laterales, traseras inferiores y superiores de posición, giro y stop además de baja y alta delanteras. III).- TREN DELANTERO: Se controlara pernos de punta de eje, extremos de dirección barra corta y larga. Anclaje caja de dirección, amortiguadores delanteros. Barra estabilizadora. Ajuste de Mazas, bujes de elásticos, grampas de elásticos. Hojas de elásticos rotas. Suspensión Neumática (si posee). IV).- TREN TRASERO: Ajuste de mazas, barra estabilizadora trasera (si posee). Amortiguadores. Bujes de Elásticos o suspensión neumática (si posee) Hojas de elásticos rotas. Grampas de elásticos. V).- LIMPIAPARABRISAS: Deberá poseer en ambos lados. VI).- FRENOS: Estado de las cintas de freno. Estado de leva. Estado de pulmones de freno (sin perdida de aire) accionamientos del sistema de freno. Accionamiento de Bloqueadores.(=) k) Llevar la contabilidad de la empresa de acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio y demás disposiciones aplicables a la materia. l) Remitir a las reparticiones de la Municipalidad las informaciones contables y estadísticas, balances y otras que le soliciten para verificar las condiciones en que se presta el servicio público o se cumple con las obligaciones contractuales. m) Comunicar a la Municipalidad toda modificación de estatutos o contratos sociales, transferencia de acciones nominativas o cuotas partes en las sociedades de responsabilidad limitada. En los casos de cambio de objeto social, reducción del capital social o transformación de sociedad, se debe solicitar previamente la conformidad expresa del departamento ejecutivo Municipal. n Número de vehículos y modelos: Para iniciar el servicio, el concesionario deberá contar con la cantidad de unidades que se determine en la norma respectiva. Los vehículos que el oferente destine afectar al servicio no podrán superar, durante todo el plazo de la concesión, o su prórroga, y mientras presten el mismo, una antigüedad mayor a trece (13) años, a contar de la fecha de patentamiento. El concesionario no podrá utilizar en la presentación de sus servicios, unidades que no hubieren sido previamente autorizadas por el concedente, quien podrá, en caso de infracción a ésta disposición, proceder al secuestro y retiro de los vehículos que circulen sin previa habilitación, sin perjuicio de la sanción que corresponda. El o los vehículos secuestrados, serán devueltos a su propietario después de haberse procedido a eliminar toda leyenda, número, logotipo, color o signo que lo identifiquen como afectado al servicio público, las erogaciones efectuadas para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente serán a cargo del infractor. o) Condiciones de vehículos y capacidad: Las unidades afectadas al servicio deben estar en perfectas condiciones estético-mecánicas, de seguridad e higiene, que deberá acreditarse mediante el correspondiente certificado expedido por el R.T.O., u otro que indique la Municipalidad. La capacidad de cada coche, será de veinte (20) asientos como mínimo, reservándose los dos primeros asientos para el uso de personas discapacitadas, ancianos o mujeres embarazadas. Cada unidad, deberá contar con puertas (o compartimientos o dispositivos) destinados uno al ascenso y otro al descenso de los pasajeros, y podrá estar equipada con rampas hidráulicas para ascenso y descenso de personas con capacidades diferentes, especialmente para aquellos que se movilizan en sillas de ruedas. El vehículo deberá estar provisto de un velocímetro registrador en perfecto estado de funcionamiento, estando prohibida las alteraciones de los datos registrados. p) Color de las carrocerías e inscripciones exteriores de los vehículos: Las carrocerías de las unidades afectadas a la línea, serán del o de los colores que fije la Municipalidad, en común acuerdo con la empresa adjudicataria, de modo que cada vehículo y todos ellos (de línea o de auxilio) se distingan perfectamente de las pertenecientes a otras líneas concesionadas, a falta de acuerdo, se ajustará a lo que fije el Departamento Ejecutivo Municipal. Igualmente, todos los vehículos deberán estar muñidos en su parte exterior de los siguientes elementos. I) letrero luminoso en la parte delantera superior con el número de línea y mención en las dos cabeceras del recorrido autorizado. II) Inscripción del número de línea en la carrocería de parte posterior superior. III) Inscripción del número de coche o interno en ambos laterales y parte posterior. IV) Nombre de la empresa inscripta en ambos laterales. V) Inscripciones en la parte superior de ambos laterales de la unidad, de los distintos puntos de importancia de la ciudad, que los vehículos van tocando a través del recorrido autorizado. Tales requisitos deberán ser cumplimentados para la fecha de iniciación del servicio, sin los cuales la unidad no podrá entrar en funcionamiento. ARTICULO 15°.- PLAZO DE LA CONCESIÓN: El plazo de la concesión será por el término de diez (10) años, contados a partir del acto de adjudicación. ARTICULO 16°.- PRÓRROGA DE LA CONCESIÓN: la concesión podrá ser prorrogada por un período que no exceda de cinco (5) años, siempre que la concesionaria lo solicite con noventa (90) días de anticipación al vencimiento del plazo original, y el Departamento Ejecutivo Municipal lo estime conveniente mediante acto expreso. El silencio de la administración pública implicará la no aceptación de la prórroga solicitada. Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, es condición indispensable para el otorgamiento de la prórroga, que quien la solicita satisfaga los siguientes requisitos: I- Se encuentre al día en el pago por todo concepto de sus obligaciones tributarias con la Municipalidad, y los seguros exigidos en el presente pliego. II- Cuente con todo el equipamiento ofrecido en la concesión en perfecto estado de conservación, y haber realizado el servicio en las condiciones estipuladas. III- No exista litigio entre la Municipalidad y el concesionario sobre materia directa o indirecta vinculada a la concesión. IV- Hubiere presentado el servicio eficazmente, y se cumplimenten los requisitos o mejoras que exija la Municipalidad, atendiendo a las nuevas necesidades del servicio. Si la concesión no se renovare, sea por disposición de la autoridad municipal, sea por falta de interés del concesionario, éste queda obligado a continuar prestando el servicio por un plazo no mayor a un (1) año, si el poder concedente así lo resolviera. ARTICULO 17°.- TRANSFERENCIA: El concesionario no podrá transferir ni subcontratar parcial o totalmente la concesión de la línea licitada, salvo en caso que resultare, conveniente, y previa autorización expresa y por escrito, del Departamento Ejecutivo Municipal, sujeta a ratificación del Honorable Concejo Deliberante. En tal caso, la existencia de subcontrato no releva al concesionario de la atención directa del servicio. La falta de cumplimiento del contrato, no exime a la concesionaria de toda la responsabilidad emergente de la licitación. ARTICULO 18°.- AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL RECORRIDO: El Departamento Ejecutivo Municipal, por razones de interés público, podrá aumentar, disminuir o variar el recorrido de la línea que se licite, conforme al siguiente procedimiento: I.- Se recibirá la correspondiente solicitud de modificación (Delegación Municipal, Comisión Vecinal, empresa concesionaria que resulte adjudicada, etc.) o por propia iniciativa del Departamento Ejecutivo Municipal, si entiende que ello favorece a la comunidad. II.- Realizado el estudio correspondiente, se habilitará a la modificación del recorrido en forma provisoria y experimental por un lapso de treinta (30) días. III.- Transcurrido el plazo previsto en el inciso anterior, el Departamento Ejecutivo Municipal, analizará sobre la conveniencia de la reducción, aumento o variación , del recorrido previa vista a la concesionaria para que haga su descargo, la resolución del Departamento Ejecutivo, será apelable por ante el Honorable Concejo Deliberante. Hasta tanto no quede agotada la vía administrativa, el concesionario deberá cumplimentar lo dispuesto en el acto emanado del órgano Ejecutivo Municipal, so pena de tenerse por resuelta la concesión, sin necesidad de interpelación previa, salvo cuando el cambio de recorrido, afecte más de un cincuenta por ciento (50 %), donde se deberá requerir la conformidad del concesionario. ARTICULO 19°.- TARIFAS: Las tarifas a cobrar a los usuarios serán las que fije la Municipalidad a través del Honorable Concejo Deliberante. En ningún caso el concesionario podrá dejar de prestar el servicio aduciendo la falta de rentabilidad de las tarifas o déficit de explotación. La falta de prestación por tales motivos constituye causal de rescisión por culpa del concesionario. ARTICULO 20°.- IMPRESIÓN DE BOLETOS: Hasta tanto se implemente el Sistema Único de Boleto Electrónico (Tarjeta SUBE), en el plazo y modalidad que determine el Departamento Ejecutivo Municipal, la impresión de boletos que el concesionario expenderá a los usuarios del servicio será a su cargo, previa aprobación del modelo por la autoridad de aplicación, quien además, tendrá facultades para efectuar todos los controles de impresión que estime, y a requerir de la empresa las informaciones pertinentes. La Municipalidad llevará, a través de la Dirección de Trasporte, registraciones sobre la cantidad, numeración, series, colores, y leyendas, de cada partida de boletos que se impriman. ARTICULO 21°.- CONTROLES DE LA MUNICIPALIDAD: La Municipalidad se reserva todos los derechos del poder concedente, y por el fiel cumplimiento de las obligaciones del concesionario y los conductores. Podrá realizar controles y auditorias en la gestión, contabilidad y documentación, cuando lo considere conveniente. Controlará asimismo, el estado, el buen funcionamiento de los rodados, y el cumplimiento de los horarios, y todo otro aspecto relacionado con la prestación del servicio, en caso de observar irregularidades cualesquiera sea de estos puntos, (estado de vehículo, frecuencia e higiene, y comportamiento del conductor con el público, etc.), como cualquier otra obligación del concesionario que surjan del presente pliego, el contrato, o emerjan de la naturaleza del servicio del concesionado, se labrarán las actas de infracción correspondientes de acuerdo con la legislación vigente en la materia. La resistencia, negativa u obstaculización por parte del concesionario a tales controles o auditorias, o a suministrar la información, configurará causal de rescisión de la licitación por culpa del concesionario. ARTICULO 22°.- LIBRO DE QUEJAS: El concesionario deberá llevar libro conforme lo determinado por la Ordenanza N° 7.833/38, o la que la reemplace. ARTICULO 23°.- SEGUROS: Durante la explotación de la concesión, el concesionario asume la responsabilidad civil exclusiva de los perjuicios o daños que pueda ocasionar en razón o como consecuencia de la prestación del servicio a personas o cosas, ya sea por su propia acción u omisión o la de sus dependientes. Sin perjuicio de lo expuesto, el concesionario deberá contratar como mínimo los seguros que se especifican más abajo, ajustándose a las leyes que rigen sobre la materia. Las pólizas de seguro a tomar por el concesionario tienen que ser expedidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencias de Seguros de la Nación, que tenga domicilio, sucursal o agencia en la Ciudad de Concordia, que cubran por los montos que para cada caso se asigne para la actividad del servicio de transporte urbano de pasajeros, los riesgos de los seguros más adelante exigidos. El concesionario deberá presentar ante la Dirección de Transporte, el recibo de pago de tales seguros, en forma mensual, de todas las unidades. Deberán igualmente incluir, sin excepción, como coasegurado, a la Municipalidad. Asimismo, las pólizas deberán contener un endoso por el cual la entidad aseguradora se compromete a no variar la vigencia y condiciones del seguro sin previa autorización de la Municipalidad. Previo a la firma del contrato, el concesionario entregará a la Municipalidad, las pólizas o certificados de las mismas, y el correspondiente recibo de pago por cada unidad afectada al servicio de transporte. 1. Seguro de Responsabilidad por persona trasportadas: Tiene la obligación de constituir un seguro para cubrir y responder por accidente y riesgo de las personas que transporte; debiendo mantener la cobertura durante todo el tiempo de la concesión, para lo cual deberá presentar mensualmente a la Municipalidad la documentación idónea que acredite la vigencia de la cobertura por cada unidad afectada al servicio. 2. Seguro de responsabilidad Civil hacia terceros: Conforme lo estipulado en el artículo 1°, inciso b), de la Resolución N° 22.187, o la que la reemplace de acuerdo a lo establecido por la Secretaria de Superintendencia de Seguros d la Nación, con carácter obligatorio durante el tiempo de la concesión, y por cae a unidad en servicio, vigencia que se acreditará de la misma forma que la exigida para el seguro por persona trasportada. La falta de cumplimiento de lo exigido en el presente artículo obligará a la concedente declarar la caducidad de la concesión. ARTICULO 24°.- EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN, CAUSALES: La concesión podrá terminar por: a) Vencimiento del plazo de la concesión.- b) Caducidad de la concesión: El Departamento Ejecutivo, podrá declarar la caducidad de la concesión por incumplimiento por parte del concesionario de las obligaciones emergentes del presente pliego, contrato y demás documentos de la licitación para lo cual se estará al siguiente procedimiento: Constatado el incumplimiento, la Municipalidad procederá a intimar al concesionario para que proceda a subsanarlo en un plazo que no podrá ser inferior a un (1) día, ni superior a quince (15). El otorgamiento del plazo será de exclusiva facultad de la administración pública, y dependerá de la gravedad de la falta, y su afectación al interés público. Vencido el término otorgado, sin que el concesionario haya subsanado su incumplimiento, el contrato quedará automáticamente resuelto, perdiendo el concesionario la garantía de cumplimiento de contrato sin perjuicio de las mayores responsabilidades que le pudieran corresponder. Resuelto el contrato, él concesionario deberá cesar en forma inmediata con la prestación del servicio público de pasajeros, so pena de procederse al retiro y secuestro de las unidades que sigan funcionando, y procederse a la correspondiente denuncia en sede penal por ante el Juzgado de Instrucción en turno. c) Fallecimiento del concesionario: en caso de fallecimiento o incapacidad del concesionario, los derechos habientes podrán continuar con la concesión siempre que se cumplan las condiciones exigidas en el presente pliego, unifiquen personería, y ofrezcan garantías a satisfacción de la Municipalidad. d) Mutuo acuerdo. ARTICULO 25°.- CAUSALES DE CADUCIDAD: 1. La falta de cumplimiento por el concesionario a la obligación de iniciar la prestación del servicio en el plazo establecido.- 2. El abandono de la concesión por parte el concesionario.- 3. La quiebra del concesionario o su presentación en concurso preventivo de acreedores, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 189º de la Ley Nacional Nº 24.522.-(3) 4. El arriendo total o parcial de la concesión, a título gratuito u oneroso, temporario o definitivo:- 5. La cesión de la concesión o de las acciones nominativas o cuotas partes del concesionario, sin ajustarse a las prescripciones establecidas en este pliego.- 6. El incumplimiento de contratar los seguros obligatorios o de mantener vigentes las pólizas.- 7. No remitir las informaciones contables o estadísticas, balances y demás informaciones que solicitara el concedente, o hacerlo falseando total o parcialmente los datos suministrados.- 8. Negarse a los controles o auditorias que la autoridad de aplicación estime conveniente.- 9. No ampliar o disminuir el número de unidades en el plazo fijado por el Departamento Ejecutivo Municipal.- 10. En caso de incumplimiento en la prestación regular del servicio en la forma, modo y con la frecuencia prevista en las disposiciones vigentes, después de haber sido formalmente intimado a su regularización.- 11. Expender boletos no habilitados por el concedente o cometer maniobras dolosas en perjuicio del mismo o del público usuario.- 12. El incumplimiento de las demás obligaciones emergentes del pliego, contrato y demás documento de la licitación que no fueren subsanadas en el plazo que determine el Departamento Ejecutivo.- ARTICULO 26°.- Autoridad de Aplicación: El Departamento Ejecutivo Municipal determinará' qué reparticiones u organismos de la Administración Municipal tendrán las atribuciones y cumplirán las funciones de autoridad de aplicación.- ARTICULO 27°.- TRANSCRIPCION. En cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo XV de la ley Provincial 10.027, se transcriben los artículos 176°, 1770 y 178° y 179° del mismo cuerpo legal, los que forman parte del presente pliego: ARTICULO 176°.- Las corporaciones municipales, como personas jurídicas, responden de sus obligaciones con todas sus rentas no afectadas a servicios públicos o en garantía de una obligación, La afectación para ser válida, será previa a la acción de los acreedores y 'sancionada por ordenanza. ARTICULO 177°,- Los inmuebles de propiedad municipal afectados a un uso o servicio público o destinado a estos fines por ordenanzas o leyes no se considerarán prendas de los acreedores de la corporación ni podrán ser embargados. ARTICULO 178°.- Cuando las corporaciones municipales fueren condenadas al pago de una deuda, sólo podrán ser ejecutadas en la forma ordinaria y embargadas sus rentas, hasta un 20%. Por Ordenanza podrá autorizarse un embargo mayor, que no podrá superar el 35 % de sus rentas. ARTICULO 179°.- Los tres artículos anteriores serán incluidos obligatoriamente en todo contrato que celebren las Corporaciones Municipales y en todos los Pliego de Condiciones y Licitaciones publica. ANEXO II RECORIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHICULOS REQUERIDOS 1.- a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 1 Punto de Partida: calle Las Heras y Feliciano, por esta hasta Avenida las Heras, por esta hasta calle Humberto Primero, por esta Avenida San Lorenzo, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Scattini y Entre Ríos. Regreso: calle Scattini y su contin,uación calle Libertad, por esta hasta calle San Luis, por esta Avenida San Lorenzo, por esta hasta calle Humberto Primero, por esta Avenida Las Heras, por esta hasta calle Isthilart, por esta hasta calle Mendiburu, por esta hasta calle La Pampa, por esta hasta calle Juan José Valle, por esta hasta calle 2 de Abril, por esta, hasta calle. Carlos Lieberman, por esta hasta calle Gualeguay, por esta hasta calle 11 de Noviembre, por esta hasta calle Paula Albarracín de Sarmiento, por esta hasta calle Mario Gatto, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta calle De los Viñedos por esta hasta calle Concejal Veiga, por esta hasta calle ,11 de Noviembre, por esta hasta calle Laprida, por esta hasta calle De Los Viñedos, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta calle Mario Gatto, por esta hasta calle Paula Albarracín de Sarmiento, por esta hasta calle 11 de Noviembre, por esta hasta calle Gualeguay, por esta hasta calle Carlos Lieberman, por esta hasta calle 2 de Abril, por esta hasta calle Juan José Valle, por esta hasta calle La Pampa, por está Avenida San Lorenzo, por esta hasta Avenida Isthilart, por esta hasta Avenida Las Heras por esta hasta el punto-departida Feliciano y Las Heras. Ingreso a Cóstanera: .En época estival (verano) todos los días por la tarde. En época escolar, días domingos y feriados. Recorrido: calle Hipólito Yrigoyen, hasta calle Espino, por esta hasta calle Robinson, por esta hasta calle Carriego, por esta-hasta calle Maciel, por esta hasta calle interna Parque de los Deportes Susana Pérez Diana, por esta hasta Avda. de los Pueblos Originarios, por esta hasta calle Scattini, por esta hasta calle Entre Ríos, continuando desde esta su recorrido habitual. b)- Número de vehículos de la línea afectados al-servicio: once (11) mas (2) de reserva o auxilio. c) Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. ANEXO II RECORRIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHICULOS REQUERIDOS 2.- a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 2 Punto de Partida: Avenida Monseñor Rosch y Avenida Independencia, por esta hasta calle ingreso a Pampa de Soler, por esta hasta calle Las Palmeras, por esta hasta Avenida Eva Perón, (parada /descanso) por esta hasta calle Sara Neira, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta Avenida Presidente Illia y su continuación Salto Uruguayo, por esta hasta Boulevard Maipú, por esta hasta calle Rocamora, por esta hasta Avenida Chajarí, por esta hasta calle Dr. Chabrillón, por esta hasta calle Colón, por esta hasta calle Rocamora, San Juan, por esta hasta Avenida Gerardo Yoya, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Montevideo, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Scatlini, por esta hasta calle Entre Ríos. Regreso: calle Entre Ríos, por esta hasta calle Roque Sáenz Peña, por esta hasta calle Pellegrini, por esta hasta Avenida san Lorenzo, por esta hasta avenida Gerardo Yaya, por esta hasta calle San Juan, por esta hasta calle Rocamora, por esta hasta calle Colón, por esta hasta calle Dr. Chabrillón, por esta hasta Avenida Chajarí, por esta hasta calle Tomás de Rocamóra, por esta hasta Avenida Maipú, por esta hasta Avenida Salto Uruguayo y su continuación Avenida Presidente IlIía, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta Avenida Ayuí, por esta hasta Avenida Monseñor Rosch, por esta hasta Avenida Independencia y Avenida Monseñor Rosch punto de partida. b)- Número de vehículos de la línea afectados al servicio: diez (10) más dos (2) de reserva o auxilio. bc)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. ANEXO II RECORRIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHICULOS REQUERIDOS 3.- 3. A. a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 3 Servicio Noreste Hospital Masvernat - Barrio los Pájaros. Punto de Partida: desde Centro de Salud Colonia Roca, por esta hasta Ruta 4, por esta hasta calle sin nombre (Hipódromo Camba Paso), por esta hasta calle J. J. Valle, por esta hasta calle los Cardenales, por esta hasta calle Árabe Siria, por esta hasta calle Republica del Líbano, por esta hasta calle J.J. Valle por esta hasta calle Virgen de Fátima, por esta hasta Avda. Presidente I \lía, por esta hasta calle Maestra Vera Peñaloza, por esta hasta calle Gregoria Pérez, por esta hasta calle Enriqueta Tavella, por esta hasta calle Carlos Moulins, por esta hasta calle Maestra Vera Peñaloza, por esta hasta calle Ricardo Rojas, por esta hasta calle Boulevard Yuquerí, por esta hasta Avda. Presidente Illía, por esta hasta calle 2 de Abril, por esta hasta calle J. J. Valle, por esta hasta Boulevard Yuquerí, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta calle La Pampa, por esta hasta calle J. J. Valle, por esta hasta calle Gualeguay, por esta hasta calle Dr. Sauré, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta Avda. Presidente IIlía, por esta hasta calle Cjal. Veiga, por esta hasta calle 11 de Noviembre, por esta hasta calle Laprida, por esta calle Concejal Veiga, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta calle Concejal Veiga, por esta hasta Avenida Presidente I \lía, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta Avenida San. Lorenzo, por esta hasta calle Sarmiento, por esta hasta calle Güemes y su continuación calle Salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Scattini y CalleEntre Ríos.- Hospital Felipe Heras. Regreso: desde calle Scattini y calle Entre Ríos (Hospital Felipe Heras), continuación calle Libertad, por esta hasta calle San Luis por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta Avenida Presidente Illía, por esta hasta calle Concejal Veiga, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta calle Laprida, por esta hasta calle 11 de Noviembre, por esta hasta calle Concejal Veiga, por esta hasta Avenida Presidente Illía, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta calle Dr. Sauré, por esta hasta calle Gualeguay, por esta hasta calle La Pampa, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta Avenida. Presidente IIlia por esta hasta calle Paula A. de Sarmiento, por esta hasta Boulevard Yuquerí, por esta hasta calle j. j. Valle, por esta hasta calle 2 de Abril, por esta hasta Avenida Presidente IlIía, y su continuación Ruta 4, por esta hasta Centro de Salud Colonia Roca. 3.B.- a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 3 Punto de Partida: desde Camba Paso por Avenida Presidente IlIía, por esta hasta calle Maestra Vera Peñaloza, por esta hasta calle Guarumba, por esta hasta Maestra Enriqueta Tavella, por esta hasta calle Moulins, por esta hasta calle Ricardo Rojas, por esta hasta Boulevard Yuquerí, por esta hasta Avenida Presidente IlIía, por esta hasta calle 2 de Abril, por esta hasta calle J. J. Valle, por esta hasta Boulevard Yuquerí, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta calle La Pampa, por esta hasta calle J. J. Valle, por esta hasta calle Gualeguay, por esta hasta calle Dr. Sauré, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta Avenida Presidente lIIía, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta calle Sarmiento, por esta hasta calle Güemes y su continuación calle Salta, por esta hasta Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Dr. Scattini. Regreso: desde calle Scattini y su continuación calle Libertad, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta Avenida Presidente lllía, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta calle Dr. Sauré, por esta hasta calle Gualeguay, por esta hasta calle J. J. Valle, por esta hasta calle La- Pampa, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta Boulevard Yuquerí, por esta hasta, calle J. J. Valle, por esta hasta calle 2 de Abril, por esta hasta Avenida Presidente IlIía, por esta hasta calle Maestra Vera Peñaloza, por esta hasta calle J. J. Valle, por ésta hasta calle Virgen de Fátima, por esta hasta Presidente Illía , por esta hasta Punto de Partida Camba Paso. b)- Número de vehículos de la línea afectados al Servicio 3.Ay 3.B: doce (12) más dos (2) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada (10) minutos. ANEXO II RECORRIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHICULOS REQUERIDOS 4.- a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 4 -Punto de Partida: calles Moulins y Maestra Vera Peñaloza, por esta hasta calle Ricardo Rojas, por esta hasta calle Paula Albarracín de Sarmiento; por esta hasta Boulevard San Lorenzo, por esta hasta Avenida Isthilart, por esta hasta calle Urdinarrain, por esta hasta calle Feliciano, por esta hasta Avenida Las Heras, por esta hasta calle Alvear, por esta hasta calle Castelli y su continuación calle Uruguay, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Scatlini y su continuación Libertad, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta calle Alem y su continuación Roque Sáenz Peña, por esta hasta calle P. del Castillo, por esta hasta calle Salta, por esta hasta calle Bolivia, por esta hasta Boulevard San Lorenzo, por esta hasta Misiones, por esta hasta Avda. Castro, por esta hasta calle Gastelacoto, retomando Avenida Castro, por esta hasta Avenida Chajarí, por esta hasta Boulevard San Lorenzo, por esta hasta calle Mayor Quinteros, por esta hasta calle Néstor Garat, por esta hasta calle 6 de Caballería, por esta hasta calle Dr. Chabrillón, por esta hasta calle Belgrano. Regreso: por calle Belgrano, por esta hasta calle Néstor Garat, por esta hasta Boulevard Maipú, por esta hasta Boulevard San Lorenzo, por esta hasta calle Lamadrid, por esta hasta calle. Espejo, por esta hasta calle Colón, por esta hasta calle Asunción, por esta hasta calle Lamadrid, por esta hasta calle Estrada, por esta hasta calle Damián P Garat, por esta hasta calle Buenos Aires, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Scatlini y su continuación calle Libertad, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta calle Quintana, por esta hasta calle Sarmiento, por esta hasta calle, Juan José Paso, por esta hasta calle Laprida, por esta hasta calle Las Heras, por esta hasta calle Feliciano, por esta hasta calle Vélez Sarsfield, por esta hasta Avenida Isthilart, por esta hasta Boulevard San Lorenzo, por esta hasta calle Paula Albarracín de Sarmiento, por esta hasta calle Ricardo Rojas, por esta hasta Boulevard Yuquerí, por esta hasta calle Moulins, por esta hasta calle Maestra López, por esta hasta calle Guarumba,: por esta hasta calle Maestra Vera Peñaloza, por esta hasta calle J. J. Valle, por esta hasta calle Fátima, por esta hasta Avenida Presidente IlIia, por esta hasta calle Maestra Vera Peñaloza, por esta hasta calle Guarumba, por esta hasta calle Maestra Enriqueta Tavella, por esta hasta calle Moulins, por esta hasta el punto de partida, Moulins y calle Maestra Vera Peñaloza. b)- Número de vehículos de la línea afectados al servicio: once (11) más dos (2) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. ANEXO II RECORRIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHICULOS REQUERIDOS 5.- 5. A. a.1)- Recorrido Línea de Colectivos N° 5 Punto de Partida: calles Libertad y San Luis, por esta hasta calle Alem, y su continuación calle Roque Sáenz Peña, por esta hasta calle Presbítero del Castillo por esta hasta calle Buenos Aires, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Carriego, por esta hasta calle Pellegrini, por esta hasta calle Corrientes y su continuación calle Vélez Sarsfield, por esta hasta Avda. Humberto Primero, por esta hasta Avenida las Heras, por esta hasta calle Feliciano, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta calle Mendiburu, por esta hasta calle Concejal Veiga, por esta hasta calle Ricardo Rojas, por esta hasta Tavella, por esta hasta calle Moulins, por esta hasta calle Paula Albarracín de Sarmiento, por esta hasta calle Dr. Pedro Sauré, por esta hasta calle La Pampa, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta Boulevard Yuquerí, por esta hasta callé Córdoba, por esta hasta calle 2 de Abril, por esta hasta Avenida Presidente IIlía. Regreso: Por Avenida Presidente IIlia hasta calle Odiard, por esta hasta calle Moulins, por esta hasta calle Concejal Veiga, por esta hasta calle Teniente Ibáñez, por esta hasta calle Tavella Oeste, por esta hasta calle Ricardo Rojas, por esta hasta calle Concejal Veiga, por esta hasta calle Mendiburu, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta Avenid~ San Lorenzo, por esta hasta calle FeUciano, por esta hasta Avenida Las Heras, por esta Avenida Humberto Primero, por esta hasta calle Urdinarrain, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta calle Güemes y su continuación calle Salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Scatlini y su continuación calle Libertad, por esta hasta calle Sarmiento, por esta hasta calle Falucho, por esta hasta calle 25 de Mayo, por esta hasta Boulevard Chacabuco, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta el punto de partida calle San Luis y Libertad. a.2)- Ingreso a Carretera La Cruz de lunes a sábados a las 6.30, 7.40, 9.30, 11.30, 12.35, 16.15, 17.10, 19.10 y 21.10 horas. Domingos a las 7.40, 9.20, 11.20, 12.45, 16.05, 17.05, 18.50, y 21.05 horas. Ingresa desde Hospital F. Heras, por esta hasta calle Sarmiento, por esta hasta calle Falucho, por esta hasta calle 25 de Mayo, por esta hasta calle Chacabuco, por esta hasta Laprida, por esta ingresando a Carretera La Cruz, por esta hasta calle 72. Regreso: por calle 72, por esta hasta Carretera La Cruz, por esta hasta calle 64, por esta hasta calle 25 de Mayo, por esta hasta Chacabuco, retomando su recorrido habitual. 5.B. a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 5 (Directo) Punto de Partida: Calles Libertad y San Luis, por esta hasta calle Alem y su continuación Roque Saénz Peña, por esta hasta calle Pellegrini, por esta hasta calle Corrientes y su continuación calle Vélez Sarsfield, por esta hasta Humberto Primero, por esta hasta Avenida las Heras, por esta hasta calle Feliciano, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta calle Moulins por esta hasta calle Paulá A de Sarmiento, por esta hasta calle Dr. Pedro Sauré, por esta hasta calle La Pampa, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta Boulevard Yuquerí, por esta hasta calle Córdoba, por esta hasta calle 2 de Abril, por esta hasta Avenida Presidente IlIía. Regreso: Por Avenida Presidente IlIia hasta calle Odiard, por esta hasta calle Moulins, por esta hasta calle Diamante, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta calle Feliciano, por esta hasta Avenida Las Heras, por esta Avenida Humberto Primero, por esta hasta calle Urdinarrain, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta calle Guemes y su continuación calle Salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta punto de partida calle Scatlini y su continuación Libertad. b)- Numero de vehículos de la línea afectados al servicio de 5.A y 5.B. catorce (14) mas dos (2) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. ANEXO II RECORRIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHICULOS REQUERIDOS 6.- a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 6 Punto de, Partida: Pirovano y Entre Ríos por calle Pirovano y su continuación calle Liniers, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Carriego, por esta hasta calle Pellegrini, por esta hasta calle Corrientes y su continuación calle Vélez Sarsfield, por esta hasta Avenida Presidente Perón, por esta hasta calle José Ignacio Rucci, por esta hasta Barrio Norte Benito Legerén. Regreso: Por esta hasta calle Los Alelíes, Avenida de Los Trabajadores, por esta hasta Avenida Presidente Perón, por esta hasta calle Urdinarrain, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta calle Güemes y su continuación calle Salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Carriego, por esta hasta calle Pellegrini, por esta hasta calle Coldaroli y su continuación calle Las Heras, por esta hasta calle san Luís, por esta hasta calle Pirovano y Entre Ríos, Punto de Partida. b)- Número de vehículos de la línea afectados al servicio: cuatro (4) más uno (1) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. ANEXO II RECORRIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHICULOS REQUERIDOS 7.- 7. A. a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 7 Directo Barrio 320 Viviendas Punto de Partida: calle Scattini y Entre Ríos, por esta hasta calle Uruguay, por esta hasta calle Pellegrini, por esta hasta calle Estrada y su continuación calle Saavedra, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta, calle de los Viñedos, por esta hasta calle Alvear, por esta hasta calle María Gatto, por esta hasta calle Paula A de Sarmiento, por esta hasta calle España, por esta hasta calle Rivoli, por esta hasta calle Italia, por esta hasta calle J. Odiard, por esta hasta calle 11 de Noviembre, por esta hasta calle Paula A de Sarmiento. Regreso: Paula Albarracín de Sarmiento, por esta hasta calle de los Viñedos, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta calle Sarmiento, por esta hasta calle Ramírez y su continuación calle 3 de Febrero, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Salta, por esta hasta Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Scattini, por esta hasta punto de partida, calle Scattini y Entre Ríos. b)- Número de vehículos de la línea afectados al servicio: siete (7) más dos (2) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. 7. B. a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 7 Punto de Partida: calle Scattini y Entre Ríos, por esta hasta calle Uruguay, por esta hasta calle Pellegríni, por esta hasta calle Estrada y su continuación Saavedra, por esta hasta calle San Luis, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta calle Sara Neira, por esta hasta Avda. Eva Perón, por esta hasta Boulevard Ayuí, por esta hasta calle Hipólito Yrígoyen, por esta hasta calle santa Fe, por esta hasta Avenida Eva Perón, por esta hasta calle Neuquén, por esta hasta Avenida Independencia, por esta hasta Avenida Monseñor Rosch, por esta hasta calle Chacho Peñaloza, por esta hasta calle Perú, por esta hasta calle Virgen de Luján, por esta hasta calle Gualeguay, por esta hasta calle Vuelta de Obligado. Regreso: por calle Vuelta de Obligado hasta Avenida Monseñor Rochs, por esta hasta Avenida Independencia, por esta hasta calle Neuquén, por esta hasta Avenida Eva Perón, por esta hasta calle Ejército Argentino, por esta hasta calle San Juan, por esta hasta calle Cabo González, por esta hasta Avenida Eva Perón, por esta hasta calle Sara Neira, por esta hasta Avenida Monseñor Tavella, por esta hasta Avenida San Lorenzo, por esta hasta calle Sarmiento, por esta hasta calle Ramírez y su continuación calle 3 de Febrero, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Scattini por esta hasta punto partida Scattini y Entre Ríos. b)- Número de vehículos de la línea afectados al servicio: diez (10) más dos (2) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. c.1)- Frecuencia de salida del servicio a Osvaldo Magnasco: de lunes a domingos a las 5:10, 6:40, 13:15, 16:10, 18:30, 20:30, y 21:30 horas. c.2)- Frecuencia de salida del servicio a Termas: domingos y feriados cada 25 minutos, a partir de las 8,30 horas desde el Punto de Salida. c.3)- Frecuencia de salida del servicio a Lago alto Grande: a partir de época estival, de lunes a domingos a las 9:18, 10:42, 13:30-16:18, 18:18, y 20:30 horas. ANEXO II RECORRIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHíCULOS REQUERIDOS 8.- a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 8 Punto de Partida: Roque Sáenz Peña y Urquiza, por esta hasta calle Mendoza, por esta hasta calle Pellegrini, por esta hasta calle Estrada, y su continuación calle Saavedra, por esta hasta calle Humberto Primero, por esta hasta calle Vélez Sarsfield, por esta hasta Avenida Presidente. Perón, por esta hasta calle Honduras, por esta hasta Avenida Unión, por esta hasta calle Dr. Fagalde, por esta hasta Avenida Presidente Perón (Virgen del Valle), por esta hasta calle Idelfonso Cuadrado, por esta hasta Avenida Unión, por esta hasta calle Venezuela, por esta hasta calle San José, por esta hasta Avenida. José Ignacio Rucci, por esta hasta Avenida-Presidente Perón, por esta hasta calle El Rosedal, por esta hasta calle Las Margaritas, Regreso: calle Las Margaritas, por esta hasta calle José Ignacio Rucci, por esta hasta calle San José, por esta hasta calle Venezuela, por esta hasta Avenida Unión, por esta hasta calle Idelfonso Cuadrado, por esta- hasta Avenida Presidente Perón (Virgen del Valle), por esta hasta calle Dr. Fagalde, por esta hasta Avenida Unión, por esta hasta calle Honduras, por esta hasta Avenida Presidente Perón, por esta hasta calle Urdinarrain, por esta hasta calle Sarmiento, por esta hasta calle Alem y su continuación Roque Sáenz Peña, por esta hasta calle General. Urquiza, Punto de Partida. b)- Número de vehículos de la línea afectados al servicio tres (3) más uno (1) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. ANEXO II RECORRIDO, FRECUENCIA, NÚMEROS DE VEHíCULOS REQUERIDOS 9.- 9. A. a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 9 Directo Punto de Partida: Avenida Eva Perón y Boulevard. Ayuí por esta hasta calle H, Yrigoyen, por esta hasta calle Cabo Cabrera, por esta hasta Avda. Eva Perón, por esta hasta calle Neuquén, por esta hasta Avda. Independencia, por esta hasta calle Pampa Soler, por esta hasta calle Las Palmeras, por esta hasta Avenida Eva Perón, por esta hasta Bvard. Ayuí, por esta hasta H. Yrigoyen, por esta hasta calle Cabo Cabrera, por esta hasta calle Eva Perón, por esta hasta calle Neuquén, por esta hasta' Avenida Independencia, por esta hasta Avenida Eva Perón y su continuación calle Urquiza, por esta hasta calle Salta, por esta hasta calle Hipólito Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Scattini y Entre Ríos. Regreso: calle Scattini, por esta hasta calle Entre Ríos, por esta hasta calle Uruguay, por esta hasta calle Pellegrini, por esta Avenida San Lorenzo, por esta Avenida Eva perón, por esta hasta Boulevard Ayuí. b)- Número de vehículos de la línea afectados al servicio: ocho (8) más uno (1) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. 9. B. a)- Recorrido Línea de Colectivos N° 9 Punto de Partida: Bvard. Ayuí y Avda. Eva Perón, por esta hasta calle Hpólito Yrigoyen, por esta hasta calle Cabo Cabrera, por esta hasta Avda. Eva Perón, por esta hasta calle José Oriol, por esta hasta Avda. Pampa Soler, por esta hasta calle sauré, por esta hasta Avda. Eva Perón, por esta hasta calle Lieberman, por esta hasta Avda. Monseñor Tavella, por esta hasta calle Italia, por esta hasta calle Laprida, por esta hasta calle 11 de Noviembre, por esta hasta Avda. Monseñor Tavella, por esta hasta calle darlos Moulins, por esta hasta calle Prospero Bovino, por esta hasta Bvard. San Lorenzo por esta hasta calle Chajarí, por esta hasta calle lsaac Castro, por esta hasta calle Salta, por esta hasta calle Néstor Kirchner, por esta hasta calle Estrada, por esta hasta calle Moreno, por esta hasta calle Coldaroli, por esta hasta calle San Juan, por esta hasta calle Corrientes por esta hasta calle H. Yrigoyen, por esta hasta calle Paraná, por esta hasta calle Urquiza, por esta hasta calle Scattini y E. Ríos. Regreso: calle Scattini y E. Ríos, por esta hasta calle Uruguay, por esta hasta calle Pellegrini, por esta hasta calle Asunción, por esta hasta calle Lamadrid, por esta hasta calle Saltá, por esta hasta calle Isaac Castro, por esta hasta Avda. Chajarí, por esta hasta Avda. San Lorenzo, por esta hasta calle Prospero Bovino por esta hasta calle Carlos Moulins, por esta hasta Avda. Monseñor Tavella, por esta hasta calle 11 de Noviembre, por esta hasta calle Laprida, por esta hasta calle Liebermann, por esta hasta Avda, Eva Perón, por esta hasta punto de partida Avda. Eva Perón y Bvard. Ayuí. b)- Número de vehículos de la línea afectados al servicio: nueve (9) más uno (1) de reserva o auxilio. c)- Frecuencia del servicio: cada 10 minutos. (=)Modificado por Ordenanza Nº 35856
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