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TITULO:   Fundacion Manos Abiertas
DECRETO Nº 1.004/2016 FECHA: 20.09.2016 PUBLICADO:22.09.2016 ARTICULO 1º.- Téngase presente en todos sus términos, el Convenio suscripto en Agosto de 2016, entre la “Fundación Manos Abiertas” y la Municipalidad de Concordia, y cuyo Anexo forma parte integrante del presente Decreto. ARTICULO 2º.- Reconocer y abonar el mes de Agosto/2016 y los pagos que se devenguen hasta cumplimentar el período de 12 meses a la “Fundación Manos Abiertas” de la Ciudad de Concordia, representada por su Presidenta Sra. MARIA MARGARITA GODOY, Documento Nacional de Identidad Nº 11.840.770 y la Señora ELENA PANDOLFI, Documento Nacional de Identidad Nº 11.255.222 en su carácter de Secretaria de la citada fundación, la suma de Pesos SIETE MIL ($7.000), con cargo de oportuna rendición de gastos, en virtud del cumplimiento del Convenio ratificado el 17 de Agosto de 2016, entre la Municipalidad de Concordia y la citada asociación, debiendo la Secretaría de Gobierno, iniciar el trámite administrativo de pago mensual a condición que la institución de cumplimiento al convenio y al presente Decreto. ARTICULO 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio, en la partida: 0.4.90.01.03.04.34.02 Gobierno. ARTICULO 4º.- Remitir copia del presente Decreto, para su conocimiento, toma de razón e intervención, a la “Fundación Manos Abiertas”, cumplimentado dar conocimiento a la Contaduría y a la Tesorería Municipal. ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA - FUNDACIÓN MANOS ABIERTAS CONVENIO DE COLABORACIÓN En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los diecisiete días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis, entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por su Presidente Municipal Cr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, asistido en este acto por el Secretario de Gobierno Cr. NORBERTO MARTIN SANTANA, constituyendo domicilio en la calle Bartolomé Mitre Nº 76, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte y por otra, la FUNDACION MANOS ABIERTAS - DELEGACIÓN CONCORDIA, Personería Jurídica Extraprovincial extendida por la Dirección de Inspección de Persona Jurídicas de Entre Ríos, mediante Resolución Nº 150 D.I.P.J. 2004, representada por su Presidente Sra. MARIA MARGARITA GODOY, D.N.I. Nº 11.840.770 y la Sra. ELENA PANDOLFI, D.N.I. Nº 11.255.222, en su carácter de secretaria, con domicilio legal en la calle Salta Nº 490 de Concordia, convienen de común acuerdo las siguientes condiciones: PRIMERA: La Municipalidad, a través de la Secretaría de Gobierno, se compromete a efectuar durante el término de doce (12) meses, contados a partir del mes de Agosto del corriente año, un aporte mensual de PESOS SIETE MIL ($7.000) con el objeto de permitir la continuidad del funcionamiento de los talleres pedagógicos y artísticos, cuyo destino será el pago de insumos y personal ocupados.------------------------------ SEGUNDA: La Municipalidad, a los efectos de posibilitar el funcionamiento y consecución de los objetivos de los talleres pedagógicos y artísticos que funcionan en la Obra San Roque González, los cuales son primordialmente la contención y formación de niños y adolescentes de la zona de Benito Legerén de Concordia, viene proporcionando desde mediados del año 2004 una ayuda económica a tal efecto.------------------- TERCERA: La FUNDACIÓN MANOS ABIERTAS DELEGACIÓN CONCORDIA asume el compromiso de efectuar las rendiciones de cuentas en forma mensual conforme las normativas municipales vigentes. La probación de cada rendición por aporte de la Municipalidad, dará lugar a la posterior tramitación de un nuevo pago hasta tanto no se cumplimente este no se autoriza el libramiento de ningún aporte.----------------------------- CUARTA: El presente Convenio tendrá una vigencia de doce (129 meses a partir del 1º de Agosto de 2016, pudiendo ser rescindido por cualquiera de las partes, para lo cual deberá comunicar tal situación por medio fehaciente, con una anticipación de sesenta (60) días.--------------------------- QUINTA: Para cualquier controversia emergente del presente convenio, las partes se someten a la justicia ordinaria de la Ciudad de Concordia, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilio a todos los efectos legales, administrativos y operativos en los enunciados ut-supra. En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.
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