ORDENANZA Nº 35.843
SANCIONADA: 08.09.2016
PROMULGADA: 20.09.2016
PUBLICADA: 22.09.2016
ARTICULO 1º.- Adherir en todos sus términos a las disposiciones contenidas en la Ley Provincial Nº 10.366/15, promulgada el 1 de Junio de 2015, que tienen por objeto crear el Registro Provincial de Ladrilleros Artesanales, en el marco de la promoción y regularización de la actividad ladrillera de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal, a firmar los convenios necesarios para dar cumplimiento al objeto de dicha norma a la cual se adhiere.
ARTICULO 3º.- Se adjuntas copia de la Ley Nº 10.366/15.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.