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TITULO:   Asociacion Coro Estable de Concoria
DECRETO Nº 997/2016 FECHA: 15.09.2016 PUBLICADO: 19.09.2016 ARTICULO 1º.- Ratificase en todos sus términos, el Convenio suscripto el día 01 de agosto de 2016 entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Cr. MARTIN SANTANA y el Señor Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural Sr. LUIS SANTANA y la "ASOCIACIÓN CORO ESTABLE DE CONCORDIA", representada en este acto, por Sr. SALINAS SANTIAGO Documento Nacional de Identidad Nº 24.168.418 asistido por su Secretaria Sra. BOURLOT MARIA SOLANGE Documento Nacional de Identidad Nº 31.677.681, con domicilio legal en calle San Juan Nº 572 de la Ciudad de Concordia que consta de seis (6) cláusulas y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I. ARTICULO 2º.- Disponer reconocer y abonar el mes de JULIO/2016 y los pagos que se devenguen, hasta cumplimentar el período de 12 meses a la "ASOCIACION CORO DE CONCORDIA", con sede en la Ciudad de Concordia debiéndose abonar a la Asociación, la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ($4.500), mensual a partir del mes de julio de 2016, con cargo de rendición trimestralmente, en virtud del cumplimiento del Convenio ratificado en agosto de 2016, entre la Municipalidad de Concordia y la citada Asociación, debiendo la Secretaría de Gobierno, iniciar a proceder al pago de la suma antes mencionada extendiéndose cheque a nombre del Sr. SALINAS SANTIAGO Documento Nacional de Identidad Nº 27.168.418. ARTICULO 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio de Cooperación ratificado por el Articulo 1º del presente Decreto, a la Partida correspondiente para el Ejercicio Económico Vigente. ARTICULO 4º.- Remitir nota de estilo, adjuntando copia del presente Decreto, a la ASICIACION CORO ESTABLE DE CONCORDIA, para su conocimiento, toma de razón y demás efectos. ARTICULO 5º.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y oportunamente Archívese. CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ASOCIACION CORO ESTABLE DE CONCORDIA Y LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 91 días del mes de Julio del año 2016, entre la Municipalidad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, representada en este acto por el Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Cr. MARTIN SANTANA y Señor Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural Sr. LUIS SANTANA todos con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre Nº 76, de la ciudad de Concordia, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una parte y por la otra parte, la ASOCIACION CORO ESTABLE DE CONCORDIA, representada en este acto, por el Presidente Sr. SALINAS SANTIAGO Documento Nacional de Identidad Nº 27.168.418 asistido por su Secretaria Sra. BOURLOT MARIA SOLANGE Documento Nacional de Identidad Nº 31.677.681, con domicilio lega en calle San Juan Nº 572 de la Ciudad de Concordia aprobada por Resolución Nº 180 D.I.P.J. de fecha 03/11/1994 y expedida por la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas del Gobierno de Entre Ríos, en adelante "LA ASOCIACION CORO ESTABLE DE CONCORDIA", convienen en celebrar el presente Convenio sujeto a las cláusulas y condiciones que seguidamente se establecen: PRELIMINAR: Ambas partes expresan y reafirman la vocación de continuar estrechando los lazos de amistad y colaboración mutua en beneficio de la Comunidad de Concordia, en el contexto de este Convenio Marco de Cooperación. PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD realizará un aporte mensual de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ($4.500), con cargo de rendición de gastos en forma trimestral, debiendo ser dicha documentación presentada por escrito mediante nota de elevación ante la secretaria interviniente y por el cumplimiento de lo previsto en la Cláusula Segunda del presente Convenio.------------------------------------------- SEGUNDA: Las partes asumirán el compromiso de trabajar para la realización de actividades, la planificación y ejecución de otros proyectos que excedan a lo descripto, en diversos campos de actividades tendientes a mejorar la calidad de vida del conjunto de la población de Concordia y la región, procurando el aprovechamiento integral de los recursos disponibles en cada una de las partes firmantes de este acuerdo. En cumplimiento de lo manifestado precedentemente la "ASOCIACION CORO ESTABLE DE CONCORDIA", tendrá como objetivo principal y compromiso el continuar cultivando y difundiendo el canto coral en su mas alta expresión, dentro del ámbito de la ciudad y/o en lugares donde sea convocada, representando a la misma como ocurriera tanto en el país como en el exterior.---------------------------------------------------- TERCERA: El plazo de vigencia del presente será a partir del 01 de julio del año 2016, hasta transcurridos doce meses, pudiendo ser prorrogado por el mismo periodo automáticamente si ninguna de las partes informa por medio fehaciente la rescisión unilateral. Una vez transcurridos dos periodos consecutivos, el presente queda rescindido de pleno derecho, debiendo las partes consensuar la continuidad del mismo y realizar el trámite administrativo correspondiente.---------- CUARTA: El importe acordado en la Cláusula Primera tendrá como destino y finalidad atender los gastos emergentes del presente Convenio, aplicándose lo previsto en el marco normativo vigente dentro de la Administración Pública Municipal.--------------------------------------------------- QUINTA: El incumplimiento de este convenio por cualquiera de las partes dará lugar a la rescisión del mismo, lo que deberá comunicarse de manera fehaciente a la contraparte con una antelación de treinta (30) días.----------------------------- SEXTA: Se adjunta a la presente como anexo uno, la siguiente documentación perteneciente a la ASOCIACIÓN CORO ESTABLE DE CONCORDIA Constancia de vigencia de la Personería Jurídica, Copia legalizada de Acta constitutiva de autoridades, Copia legalizada del estatuto que los rige, Constancia de Inscripción y habilitación ante A.F.I.P. y A.T.E.R., Copia del Documento Nacional de Identidad de las personas que rubrican el presente por parte de la Asociación.-------------- SEPTIMA: Para cualquier controversia emergente del presente Convenio, las partes se someten a la justicia ordinaria de la ciudad de Concordia, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilio a todos los efectos legales, administrativos y operativos en los enunciados ut-supra.-----------------------
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