ORDENANZA Nº 31485
SANCIONADA: 02.12.1999
PROMULGADA: 27.12.1999
(Texto ordenado con las modificaciones introducidas por Ordenanzas Nº 35732 y 36610)
ARTICULO 1º.- Emplazase en la Avda. San Lorenzo y 25 de Mayo de nuestra ciudad, el Monumento en "Homenaje a los Hombres y Mujeres que hicieron Concordia en el Siglo XX" cuyo proyecto y dirección de obra es del Arquitecto Daniel Lezcano, Cálculo Estructural del Ingeniero José Bourren conforme al croquis, planos que se adjunta como Anexo 1 y forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º.- Dispónese el emplazamiento en el subsuelo del Monumento citado en el Art. 1º de la presente norma de un cofre de madera rústica, con cuatro cerraduras, realizado por el Artesano-Ebanista Sr. Juan Antonio Laner, Documento Nacional de Identidad Nº 8.580.598, que permanecerá cerrado hasta el último día del siglo XXI y que contendrá el legado y mensajes de distintas Instituciones de Concordia del Siglo XX para el Siglo venidero.-
ARTICULO 3º.- A los efectos de asegurar el cumplimiento del plazo previsto en el Art. 2º las cuatro (4) llaves que abren el cofre serán entregadas y permanecerán hasta el plazo señalado en poder de las siguientes instituciones:
a) Excelentísima Cámara en lo Civil y Comercial de la ciudad de Concordia.-
b) Jefatura Departamental de Policía de Entre Ríos.-
c) Municipalidad de Concordia.-
d) Obispado de Concordia.-
ARTICULO 4º.- Establécese que aquellas personas o instituciones del ámbito educativo, social, culturales, deportivas, gremiales, empresarial, religiosas, seguridad y toda otra entidad o institución que consideren efectuar un reconocimiento y deseen imponer el nombre de alguna persona o institución que se haya destacado en el ámbito de la ciudad de Concordia en el Siglo XX, por su trayectoria y obra de bien en beneficio de la Comunidad toda, deberán efectuar la presentación ante el H. Concejo Deliberante de Concordia, acompañando curriculum con la trayectoria y hechos destacados que trascendieron hacia toda la sociedad.-
ARTICULO 5º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar las medidas pertinentes y actos administrativos necesarios para el cumplimiento de la presente norma.-
ARTICULO 6º.- Comuníquese, étc.-
ARTICULO 6º bis.- Las medidas de las placas de reconocimiento a emplazarse en el “Monumento a los Hombres y Mujeres que hicieron Concordia en el Siglo XX” no podrán exceder de 0,30 cts. por 0,40 cts. debiendo realizarse en materiales no perecederos (bronce, mármol, acero inoxidable, Cerámica u otro material no degradable que se considere pertinente(=)(*)
ARTÍCULO N° 7°.- Créase a través de Presidencia del Honorable Concejo Deliberante - Área de Coordinación Comunicacional y de Protocolo de la ciudad de Concordia un Registro de Homenajeados(*)
ARTÍCULO N° 8°.-El Departamento Ejecutivo Municipal tendrá a su cargo el mantenimiento del lugar(*)
(=)Artículo agregado por Ordenanza Nº 35732
(*) Articulos modificados y agregado por Ordenanza Nº 36610
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