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TITULO:   Área Administrativa de la Dirección de Derechos Humanos
DECRETO Nº 431/2.016 FECHA: 21.04.2016 PUBLICADO: 28.04.2016 ARTICULO 1º.- Crease e inclúyase dentro de la estructura administrativa orgánica y funcional de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, creada a través del Decreto Nº 1.415/15, al Área Administrativa de la Dirección de Derechos Humanos, que tendrá las siguientes funciones y tareas a saber: a) En la orientación, diligenciamiento del trámite administrativo de la dependencia b) En el despacho diario y elaboración de anteproyectos, notas, convenios y en la redacción de actos administrativos que correspondan. c) En la generación de proyectos de acuerdo a los lineamientos que establezca la Dirección, como asimismo todas aquellas tareas y funciones administrativas que correspondan al área, con sujeción a las disposiciones en vigencia. d) Coordinar las tareas y funciones con las aéreas competentes de la Secretaria, como asimismo la atención a los ciudadanos. e) Acompañar todas las acciones y estrategias políticas e institucionales que tiendan a mejorar y ser más eficientes y eficaces los servicios que se prestan desde la Secretaria, conforme a los lineamientos de gestión establecidos por el Departamento Ejecutivo Municipal. f) Llevar a cabo todas y cada una de las tareas que al efecto le establezca su jefe inmediato superior y la Secretaria de Gobierno. ARTICULO 2º.- Establecese que el Área Administrativa de la Dirección de Derechos Humanos, creado en el Articulo 1º del presente Decreto, tendrá rango de Departamento Nivel I, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº593/05. ARTICULO 3º.- Designase a cargo del Área Administrativa de la Dirección de Derechos Humanos de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, a la Agente Municipal, Señora, Claudia Margarita Méndez, Documento Nacional de Identidad Nº 18.099.728, Legajo Nº 2.729, Clase 1966, quien tendrá las funciones y responsabilidades previstas en el Articulo 1º del presente Decreto. ARTICULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a imputaran a las partidas correspondientes al Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2.016 vigente. ARTICULO 5º.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en el Articulo 17º de la Ordenanza Nº 35.596/15 y al Articulo 64º de la Ordenanza Nº 35.597/15. ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, remítase copia autenticada a la Dirección de Recursos Humanos para su conocimiento, notificación y reserva de legajo personal del agente, como así mismo copia autenticada a la Dirección de Liquidaciones para su toma de conocimiento, dese a la Secretaria de Gobierno y oportunamente archívese.
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