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TITULO:   Coordinación Comunicacional : creación y designación
DECRETO Nº 427/2.016 FECHA: 20.04.2016 PUBLICADO: 28.04.2016 ARTICULO 1º.- Créase e inclúyase dentro de la estructura administrativa orgánica y funcional de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia, creada a través del Decreto Nº 1.415/15, a la Coordinación Comunicacional de la Secretaria, que tendrá rango de Departamento Nivel I, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 593/05.- ARTICULO 2º.- Establecese que la Coordinación Comunicacional, tendrá las siguientes tareas y funciones. a) Entenderá en la producción de la información inherente a la Secretaria de Gobierno, mediante notas, informes, comunicados de prensa, transmitiéndolo en forma eficiente y eficaz, por los distintos medios de comunicación social. b) Coordinar dichas tareas y funciones con las distintas áreas competentes de la Secretaria y con todos los ciudadanos. c) Mantener actualizada toda la información institucional generada de las actividades, funciones y tareas inherentes a la Secretaria de Gobierno. d) Proponer la organización y coordinación de toda la infraestructura institucional, como así mismo, aquellas acciones que tienden a mejorar y ser mas eficiente la Secretaria y llevar a cabo todas y cada una de las tareas que al efecto le establezca su jefe inmediato superior y el Departamento Ejecutivo Municipal. e) Acompañar todas la secciones y estrategias políticas e institucionales que tiendan a mejorar y ser mas eficientes y eficaces los servicios que se prestan desde la Secretaria, conforme a los lineamientos de gestión establecidos por el Departamento Ejecutivo Municipal. f) Se relacionara en forma directa con el Señor Secretario de Gobierno. ARTICULO 3º.- Designase a cargo de la Coordinación Comunicacional, dentro de la Secretaria de Gobierno, a que tendrá rango de Departamento Nivel I, a la Profesora de Castellano, Literatura y Latín y Locutora, Ana María Silvano, Documento Nacional de Identidad Nº 17.552.622, quien tendrá las funciones y responsabilidades previstas en el Articulo 2º del presente Decreto. ARTICULO 4º.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en el Articulo 17º de la Ordenanza Nº 35.596/15 y al Articulo 64º del presente Decreto. ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, remítase capia autenticada a la Dirección de Recursos Humano para su conocimiento, notificación y reserva de legajo personal del agente, como así mismo copia autenticada la Dirección de Liquidaciones para su toma de conocimiento, dése a la Secretaria de Gobierno y oportunamente archívese.
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