DECRETO Nº 1474/2015.-
FECHA:30.12.2015.-
PUBLICADO: 30.12.2015
ARTICULO 1º.- Inclúyase al Área Encargada para la Coordinación y Seguridad del 1er. Piso del Edificio Municipal, dentro de la estructura administrativa orgánica y funcional dependiente de la Secretaria de Gobierno, aprobada mediante Decreto Nº 1.415/15 y que fuera establecida a través de las Ordenanzas Nros. 35.596 y 35.597, que tendrá rango de Área y Nivel I, de acuerdo a lo previsto en el Articulo 5º del Decreto Nº 593/05 y cuya misión y función serán las siguientes.-
ARTICULO 2º.- Créase la Área Encargada para la Coordinación y Seguridad del 1er. Piso del Edificio Municipal, dentro de la estructura administrativa orgánica y funcional dependiente de la Secretaria de Gobierno, cuya misión y función serán las siguientes:
a) Realizar todas las actividades de maestranza, servicios, limpieza, seguridad, vigilancia, resguardo y protección de los bienes inmuebles municipales asignados.-
b) Dependerá funcional y administrativamente del Coordinador de Seguridad Interna.
c) Elaborar, asesorar y planificar estrategias tendientes al cumplimiento de los objetivos establecidos para el área, por el Departamento Ejecutivo Municipal. Elaborar y proponer políticas públicas municipales, que tiendan a detectar las situaciones existentes en materia de servicios.-
d) La promoción y articulación de políticas institucionales establecidos por el superior jerárquico.-
e) Acompañar todas las acciones y estrategias políticas e institucionales que tiendan a mejorar y ser mas eficientes y eficaces los servicios esenciales.-
ARTICULO 3º.- Designase Jefe de Área Encargada para la Coordinación y Seguridad del 1er. Piso del Edificio Municipal, dentro de la estructura administrativa organiza y funcional dependiente de la Secretaria de Gobierno, aprobada mediante Decreto Nº 1.415/15 y que fuera establecida a través de las Ordenanzas Nros. 35.596 y 35.597, al Agente Municipal, Señor, Darío Cesar Pascual Lastiri, Legajo Nº 3.132, para el cumplimiento y desempeño de las funciones previstas en el Articulo 1º del presente Decreto, a partir del día de la fecha.-
ARTICULO 4º.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en el Articulo 18º de la Ordenanza Nº 34.725/11 y al Articulo 83º de la Ordenanza Nº34.726/11.-
ARTICULO 5º.- Dispónese que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto será imputado a las partidas correspondientes al Presupuesto General de la Administración Municipal vigente.-
ARTICULO 6º.- Refrendará el presente Decreto, el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 7º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.-
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