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TITULO:   Convenio c/ Fundación Manos Abiertas
DECRETO Nº 1003/2015 FECHA: 08.10.2015 PUBLICADO: 13.10.2015 ARTICULO 1º.-Téngase presente en todos sus términos, el convenio de colaboración suscripto en Octubre de 2015, entre la Fundación Manos Abiertas y la Municipalidad de Concordia, y cuyo Anexo forma parte del presente Decreto. ARTICULO 2º.- Reconocer y abonar el mes de Octubre de 2015, y los pagos que se devenguen hasta cumplimentar el periodo de (6) meses a la Fundación Manos Abiertas, de la Ciudad de Concordia, representada por su Presidente MARGARITA GODOY, DNI Nº 11.840.770, y la señora ELENA PANDOLFI, DNI Nº 11.255.222, en su carácter de Secretaria de la mencionada Fundación , la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500) con cargo de rendición, en virtud del cumplimiento del Convenio ratificado entre la Municipalidad de Concordia y la Fundación, debiendo la Secretaria de Desarrollo Social, iniciar el tramite administrativo de pago mensual correspondiente a los meses subsiguientes. ARTICULO 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio, en la partida Presupuestaria: 0.4.90.01.03.04.34.02 Gobierno. ARTICULO 4º.-Girar a la Contaduría a sus efectos, Comuníquese, publíquese y archívese. MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, FUNDACIÓN MANOS ABIERTAS CONVENIO DE COLABORACION En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los un días del mes de Octubre del año dos mil Quince, entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por su Presidente Municipal Cr. Gustavo Eduardo Bordet, asistido en este acto por los señores Secretarios: Secretaria de Desarrollo Social, GLORIA SILVINA WARNER y el Secretario de Gobierno y Coordinación de Gabinete, Cr. Juan Domingo Orabona, constituyendo domicilio en calle Bartolomé Mitre Nº 76, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”,por una parte y por la otra, la FUNDACION MANOS ABIERTAS -DELEGACION CONCORDIA, Personería Jurídica extendida por la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Entre Ríos, mediante Resolución Nº 150 D.I.P J./2004, Matricula 567 representada por su Presidenta Sra. MARIA MARGARITA GODOY, DNI 11.84.770, y la Sra. ELENA PANDOLFI, DNI Nº 11.255.222, en su carácter de Secretaria , con domicilio en calle Salta Nº 490 de la Ciudad de Concordia, convienen de común acuerdo las siguientes condiciones. PRIMERA: La Municipalidad, a través de la Secretaria de Gobierno y Coordinación de Gabinete, se compromete a efectuar durante el termino de seis (6) meses, contados a partir del mes de Octubre del corriente año, un aporte mensual de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) con el objeto de permitir la continuidad del funcionamiento de los talleres pedagógicos y artísticos. SEGUNDA: LA FUNDACION MANOS ABIERTAS DELEGACION CONCORDIA asume el compromiso de efectuar las rendiciones de cuentas en forma mensual conforme a las normativas municipales vigentes. La aprobación de cada rendición por parte de la Municipalidad, dará lugar a la posterior tramitación de un nuevo pago. TERCERA: El importe acordado en la Cláusula PRIMERA, tendrá como destino y finalidad atender los gastos emergentes del presente Convenio; aplicándose en lo previsto en el marco normativo vigente dentro de la administración publica municipal. CUARTA: Este convenio tendrá vigencia hasta el 31 de Marzo de 2016, siempre y cuando no se pierdan los objetivos del mismo o razones de fuerza mayor imposibiliten al municipio continuar haciendo frente al pago del aporte a que alude la CLAUSULA PRIMERA de este documento QUINTA: Cualquier aspecto no contemplado en el presente se resolverá, de ser posible, por acuerdo de las partes, considerándose prioritariamente la intención de favorecer con este servicio a los niños y adolescentes del Sector de Benito Legeren de Concordia. De no llegarse a un acuerdo por dicho medio y ante cualquier controversia que pudiera suscitarse en ocasión del presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de Concordia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, constituyendo domicilio a todos los efectos legales, administrativos y operativos en los enunciados ut-supra.
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