Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Radio Municipal
DECRETO Nº 134/2015 FECHA: 12.02.2015 PUBLICADO: 31.07.2015 ARTICULO 1°.- Créase la Coordinación Técnica, Administrativa y Artística de la Radio Municipal, dependiente de la Secretaría de Gestión Participativa para el Desarrollo Local. ARTICULO 2°.- La Coordinación Técnica, Administrativa y Artística tendrá competencia en todo lo inherente al periodo de prueba de la Radio Municipal, y tendrá a su-cargo: a) Coordinar, y dirigir al personal que preste servicios en la Radio, como la supervisión de las co- producciones. b) Asesorar técnica, administra y artísticamente en los asuntos requeridos por el Secretario de Gestión Participativa para el Desarrollo Local. c) Requerir a los proveedores del equipamiento instalado los ajustes que por adjudicación les corresponde realizar ó proponer la contratación de servicios externos para llevar adelante la tarea cuando resulte necesario, con el objeto de llevar al máximo nivel de calidad la transmisión. d) Generar contenidos y ser responsable de su nivel artístico. e) Orientar el trabajo de conductores, periodistas, locutores, músicos y otros profesionales para la formulación de propuestas. f) Administrar, Dirigir, Gestionar, y Promocionar la Radio Pública Municipal conforme a la ley Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26522, y sus modificatorias. g) Proponer la programación provisoria de la Radio, que será aprobada por el Departamento Ejecutivo. h) Administrar y prestar, por sí o terceros en coproducción conforme lo establece la normativa aplicable, los servicios que preste la radio. i) Arbitrar los medios conducentes, adoptando las medidas apropiadas, tendientes a optimizar la eficiencia de los servicios de radio en su ámbito de actuación. j) Informar a la comunidad las obras de gobierno, y toda información de interés general. k) Crear espacios para la expresión de la sociedad, en especial las organizaciones sociales y no gubernamentales. l) Valorar y reconocer el patrimonio cultural nacional, provincial y municipal. m) Promocionar el conocimiento del patrimonio cultural. n) Difundir de contenidos educativos formales y no formales. o) Preservar y fortalecer las pautas culturales de los pueblos originarios, así como también de su lengua, cosmovisión e identidad étnica. p) Promocionar las manifestaciones e iniciativas culturales de origen local y regional. q) Valorar el conocimiento y saberes y prácticas que provengan de diferentes ámbitos: académico, científico, histórico y cotidiano. r) Considerar las diferentes identidades culturales, tales como religiosas, filosóficas, políticas, étnicas, entre otras. Difusión de sus prácticas y costumbres. s) Brindar informes semanalmente al Departamento Ejecutivo Municipal por medio de la Secretaría de Gestión Participativa para el Desarrollo Local, sobre los avances en el periodo de prueba. ARTICULO 3°.- Establécese que el período de prueba finalizará una vez que el responsable de la Coordinación Técnica, Administrativa y Artística de la Radio Municipal emita dictamen, certificando que se encuentran dadas las condiciones para poner en marcha en forma definitiva la Radio Municipal y el Honorable Concejo Deliberante sancione la respectiva Ordenanza regulatoria de la misma. ARTICULO 4°.- Designase Coordinador, de la Coordinación Técnica, Administrativa y Artística de la radio municipal, dependiente de la Secretaría de Gestión Participativa para el Desarrollo Local, al Sr. Carlos Ramón Gastaldi, D.N.I. N° 11.840.991. (1) ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese a la Secretaría de Gestión Participativa para el Desarrollo Local, a la Secretaría de Economía y Hacienda, a la Dirección de Recursos Humanos y de Liquidaciones, notifíquese y oportunamente archívese.- (1) La designacion fue dejada sin efecto por Decreto Nº 459/2015
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar