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TITULO:   Convenio c/ Caja Mixta - Asistencia Sector Ladrillero
DECRETO Nº 537/2015 FECHA: 05.06.2015 PUBLICADO: 05.06.2015 ARTICULO 1º.- Ratificase en todos sus términos, el Convenio de Conformidad firmado entre La Municipalidad de Concordia, con domicilio en calle Bartolomé Mitre Nº 74, representada por el Presidente Municipal, Cdor. GUSTAVO EDUARDO BORDET, asistido por el Secretario de Producción y Trabajo, Prof. NESTOR DARIO LOGGIO, y la Caja Municipal de Prestamos Sociedad de Economía Mixta, con domicilio en calle San Luis Nº 548, representada por el Señor Cdor. RUBÉN DARIO BRAU, en su carácter de Presidente, conforme a la designación efectuada mediante Decreto Nº 367/2014 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 7 de Julio de 2014, y que forma parte del presente Decreto como Anexo 1.- ARTICULO 2º.- Disponer y abonar las sumas de de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($49.527.-) destinado a Proyecto "Asistencia al Sector Ladrillero) Barrio Tiro Federal; PESOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO QUINCE ($73.115.-) destinado a Proyecto" Asistencia al Sector Ladrillero" Barrio La Bianca y PESOS CIENTO VEINTIUN MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS ($121.326.-) destinado a Proyecto "Taller de piedras preciosas", a la Caja Municipal de Préstamos - Sociedad de Economía Mixta. ARTICULO 3º.- Imputar los montos indicados en el ARTICULO 2º del presente Decreto a las partidas Extrapresupuestarias que se especifica seguidamente. Importe Partida $ 49.527,00 Ingreso 5897 Y Egreso 9897 $ 73.115,00 Ingreso 5897 Y Egreso 9897 $121.326,00 Ingreso 5898 Y Egreso 9898 ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, oportunamente archívese.- CONVENIO En la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, a los 28 días del mes de noviembre, del año dos mil catorce, entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, con domicilio en calle Mitre Nº 74, representada por el Presidente Municipal, Cdor. GUSTAVO EDUARDO BORDET, asistido por el Secretario de Producción y Trabajo, Prof. NESTOR DARIO LOGGIO, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una parte y, por la otra, la CAJA MUNICIPAL DE PRESTAMOS Sociedad de Economía Mixta, con domicilio en calle San Luis Nº 548 representada en este acto por el Señor Cdor. RUBÉN DARIO BRAU, en su carácter de Presidente, conforme a la designación efectuada mediante Decreto Nº 367/2014 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 7 de Julio de 2014; en adelante llamado “LA CAJA", todos con domicilios en la Ciudad de Concordia, convienen en suscribir el presente Convenio de conformidad a las siguientes cláusulas:-------------------------------------- PRIMERA: "LA MUNICIPALIDAD" se compromete a entregar en depósito a la “LA CAJA MIXTA" los fondos de los proyectos denominados "Asistencia al Sector Ladrillero" Barrio Tiro federal; PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($49.527.-), "Asistencia al Sector Ladrillero" Barrio La Bianca "PESOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO QUINCE ($73.115.-) y "Taller Artesanal en piedras preciosas" PESOS CIENTO VEINTIUNMIL TRESCIENTOS VEINTISEIS ($121.326.-) en el marco de los Decretos Municipales Nº 410/00 Y 974/04 y de acuerdo a lo establecido en el Decreto Municipal Nº 1164 del 12 de Septiembre de 2013, fondos provenientes de la Secretaría de Minería dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL e INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, gestionados a nivel Provincial por la Dirección de Minería del Ministerio de Producción según Decreto Nº 2409/2014 del Poder Ejecutivo del Gobierno de Entre Ríos y el Convenio firmado en fecha 06/09/2013, entre la Dirección de Minería representada por el Licenciado Jorge Tomas y la Municipalidad de Concordia representado por el Cdor. Gustavo Eduardo Bordet----------- SEGUNDA:"LA CAJA" se compromete a "entregar" los Fondos objeto de los proyectos citados en la Primera Cláusula de este Convenio, a los Proveedores y por los importes que le indique la Oficina de Microcréditos Municipal, dependiente de la Secretaría de Producción y Trabajo mediante una orden de pago escrita. Esta orden de pago la confeccionará la oficina de Microcréditos una vez que recibida el Acta de conformidad de Recepción y entrega de Maquinarias, herramientas e insumos, de los beneficiarios de los proyectos antes mencionados. ------------------------------ TERCERA: "LA CAJA" podrá efectuar los descuentos normales que exige esta operatoria por sellados y demás gastos administrativos sobre la facturación que se presente, para lo que deberá llevar un adecuado sistema de registro a efecto de la gestión especial del fondo para los proyectos denominados" Asistencia al Sector Ladrillero" Barrio Tiro Federal; "Asistencia al Sector ladrilleros" Barrio La Bianca y "Taller Artesanal en piedras preciosas" y para las rendiciones y los controles administrativos pertinentes.--- CUARTA:"LA MUNICIPALIDAD" reconocerá a "LA CAJA" en concepto de comisión por el servicio prestado en el marco de éste convenio, el 1% (uno por ciento) del total del dinero entregado. Dichos descuentos con destino a la comisión, deberán ser cubiertos con fondos del Área de Microcrédito Municipal.------------------------------------ QUINTA: Una vez liquidados la totalidad de los fondos comprometidos en los tres Proyectos y dentro de los diez (10) días posteriores," LA CAJA" efectuará la rendición de lOS pagos efectuados, remitiendo la documentación original respaldatoria, a la Secretaría de Producción y Trabajo, Área responsable de ingresar la documentación a la Contaduría Municipal y cumplir con las rendiciones correspondientes ante la Dirección Provincial de Minería "Programa Social Minero" y al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos.----------------------------------- SEXTA: Las partes podrán disponer en cualquier momento la rescisión unilateral del presente convenio, lo que deberá ser comunicado con una anticipación no menor de treinta (30) días corridos. --------------------------------------- SEPTIMA: En caso de rescisión del presente LA CAJA" deberá proceder al reintegro inmediato de los fondos depositados o remanentes existentes, en el marco de este convenio. ------
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