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TITULO:   Personal Capacitado en Aguas y Cloacas
DECRETO Nº 1244/2006 FECHA: 24.10.2006 PUBLICADO: 24.10.2006 ARTICULO 1°.- Ratifícase en todos sus términos, el convenio suscripto el día 25 de septiembre de 2006 entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal Señor Juan Carlos Cresto, asistido por los Señores Secretarios de Producción, Trabajo y Turismo a cargo de la Secretaria de Gobierno, Don Alfredo Daniel Francolini y el de Servicios Públicos, Don Daniel Alberto Martínez, por una parte y por la otra el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias representada en este acto por el presidente del Directorio, Señor Jorge Sánchez, cuya copia forma parte integrante del presente decreto como anexo I.- CONVENIO En la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los VEINTICINCO (25) días del mes de septiembre del año DOS MIL SEIS (2006), por una parte la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, con domicilio en calle Mitre n° 76, de esta ciudad, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", representada en este acto por el Señor Presidente Municipal Don Juan Carlos Cresto, asistido por los Señores Secretarios de Gobierno y Servicios Públicos, Don Alfredo Francolini y Don Daniel Alberto Martínez, y por la otra parte el ENTE DESCENTRALIZADO DE OBRAS SANITARIAS domiciliado legalmente en calle Entre Ríos nº 1300 de esta ciudad, en adelante "EDOS", representada en este acto por el Señor Jorge R. Sanchez, D.N:I. Nº 5.825.109, en su carácter de Presidente del Directorio, asistido en este acto por el Gerente Técnico, Señor Ricardo Rosales, manifestamos que hemos llegado a un acuerdo respecto del traslado de agentes dependiente del EDOS, a la Secretaria de Servicios Públicos, arribando a las siguientes conclusiones: PRIMERA: Que la Secretaría de Servicios Públicos ha solicitado al Departamento Ejecutivo, contar con personal idóneo en el servicio de aguas y cloacas, a los efectos de asignarles funciones en el Departamento Ente de Defensa Sur y en el mantenimiento de la sistematización de los desagües pluviales y de arroyos de la Ciudad de Concordia, dependientes de esa Secretaria.- SEGUNDA: Que por el carácter de Servicio Público Esencial del servicio aguas y cloacas, "LA MUNICIPALIDAD" y el "EDOS", en beneficio de la comunidad de Concordia, deben necesariamente aunar esfuerzos, poniendo a disposición de dicha comunidad sus recursos tanto materiales como humanos.- TERCERA: Que en este sentido a requerimiento del Departamento Ejecutivo, el "EDOS" pondrá a disposición de la "MUNICIPALIDAD" una nómina de agentes que cumplen con las condiciones técnicas y de idoneidad requeridas por la Secretaría de Servicios Públicos.- CUARTA: Que el Departamento Ejecutivo, una vez realizada las evaluaciones técnicas de estilo con la asistencia de la Secretaría de Servicios Públicos, decidirá que agentes cumplen con las condiciones requeridas por dicha Secretaría.- QUINTA: Que las partes se ponen de acuerdo en que los agentes sujetos a traslado, seguirán siendo empleados del "EDOS" y cumplirán las tareas encomendadas por la Secretaría de Servicios Públicos, realizando las diligencias necesarias y aportando sus conocimientos para la adecuada realización en tiempo y forma de dichas tareas, teniendo el presente dicho traslado el carácter de meramente "funcionales", salvo pedido expreso de agentes que soliciten el pase a planta permanente de la Municipalidad de Concordia.- SEXTA: Que queda expresamente establecido que la Secretaría de Servicios Públicos estará exclusivamente a cargo del contralor de asistencia y puntualidad de los eventuales agentes a trasladar.- SEPTIMA: Que para la celebración del presente convenio están facultados tanto "LA MUNICIPALIDAD" como el "EDOS" por ser la prestación del servicio de aguas y cloacas una función indelegable de la Administración Pública Municipal.- OCTAVA: Este convenio tiene un plazo de vigencia de veinticuatro (24) meses, a partir del 01-11-2006 y vencido el mismo su prórroga será automática, salvo notificación expresa en contrario, por parte de cualquiera de las partes.-
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