ORDENANZA Nº 35411
SANCIONADA: 17.12.2014
PROMULGADA: 18.12.2014
PUBLICADA: 22.12.2014
ARTICULO 1º.- Agréguese a la ordenanza Nº 35403 como Artículo 4º el siguiente: (1)
"ARTICULO 4º.- Autorizase al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a realizar transferencias de las distintos rubros de Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Capital, Trabajos Públicos y/o Personal en casos excepcionales y cuando se considere necesario, a fines de poder registrar las imputaciones cuando existan partidas cuyos saldos sean insuficientes y siempre con créditos de otras partidas e informando inmediatamente al Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
(1) La Ordenanza 35403 ampliaba en la suma de $ 580.000,00 el Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias para el Ejercicio 2014.-