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TITULO:   Recupero Vehículos Retenidos
ORDENANZA Nº 35298 SANCIONADA: 14.08.2014 PROMULGADA: 20.08.2014 PUBLICADA: 20.08.2014 ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer un sistema de Recuperación de Vehículos Retenidos, que permita a quienes son titulares de dominio o legítimos poseedores, de vehículos retenidos por infracciones a normas de tránsito o mal uso de la vía pública cometidas con anterioridad al 31 de julio de 2014, que acrediten fehacientemente tal carácter, retirar los mismos mediante el pago de las sumas establecidas por el Juzgado de Faltas como sanción determinado al momento del acogimiento. ARTICULO 2°.- ESTABLECESE a los efectos del acogimiento al Plan de Recupero de vehículos retenidos, dispuesto en el Artículo 1°), que el pago que resulte pertinente podrá efectuarse hasta en doce (12) cuotas, cuyo importe mínimo, no podrá ser inferior al valor de dos (2) juristas. ARTICULO 3°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a excepcionar a quienes se adhieran al sistema establecido en el Artículo anterior, del pago de los importes que pudieren corresponder en concepto de traslado y/o estadía, del vehículo cuyo recupero se interesare, en el estado en que se encuentre el mismo. ARTICULO 4º.- DISPONESE que el procedimiento establecido en el Artículo anterior, será de aplicación desde la entrada en vigencia de la presente y hasta el día 30 de Setiembre de 2014, prorrogable por el Departamento Ejecutivo por el plazo de sesenta días. ARTICULO 5°.- ESTABLECESE que el Juzgado de Faltas, será el órgano encargado de la aplicación del Sistema de Recuperación de Vehículos Retenidos, respetando en su instrumentación las normas y disposiciones reglamentarias existentes y vigentes, para la devolución de vehículos retenidos y lo dispuesto en la presente. ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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