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TITULO:   Convenio c/ ATAC MENTE y Bibl. Popular Carlos Reyes Miggoni
DECRETO Nº 938/2014 FECHA: 08.08.2014 PUBLICADO: 08.08.2014 ARTICULO 1º.- Ratifíquese en todos sus términos, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Concordia representada por su Presidente Municipal, Contador Gustavo Eduardo Bordet, asistido por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación de Gabinete Cr. Juan Domingo Orabona y la “Asociación trabajadores del arte y la cultura MENTE y biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni” representada en este acto por su Presidente Gonzalo Andrés Gauna y por el Tesorero Scheurmann Diana Victoria. Que consta de seis (6) cláusulas y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I. ARTICULO 2º.- Disponer reconocer y abonar el mes de abril de 2014 y los pagos que se devenguen hasta cumplimentar el periodo de Doce (12) meses a la “Asociación trabajadores del arte y la cultura MENTE y biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni”, representada por su Presidente Gauna Andrés Gonzalo DNI Nº 25.475.759, por la suma de pesos: Tres mil ($ 3.000,00.-), con cargo de oportuna rendición de gastos en virtud del cumplimiento del convenio ratificado el día 19 de junio de 2014, entre la Municipalidad de Concordia y la citada institución, debiendo la Dirección de Cultura, iniciar el tramite administrativo de pago mensual a condición que la Institución de cumplimiento al convenio y al presente Decreto. ARTICULO 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente convenio en la partida 0.4.90.01.03.04.34.02. de Gobierno. ARTICULO 4º.- Remitir nota de estilo, adjuntando copia del presente Decreto, a “Asociación trabajadores del arte y la cultura MENTE y biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni”, para su conocimiento y demás efectos. ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Convenio En la ciudad de Concordia Provincia de Entre ríos, a los 19 días del mes de junio de 2014, entre la Municipalidad de concordia representada en este acto por el Sr. Presidente Municipal Cr. Gustavo Bordet DNI Nº 14.998.054, asistido por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación de Gabinete, Cr. Juan Domingo Orabona DNI Nº 14.307.550, con domicilio real en la calle Mitre 76, de esta ciudad, en adelante “El Municipio” por una parte, y por la otra la “Asociación trabajadores del arte y la cultura MENTE (A.T.A.C. MENTE) y biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni”, Matricula Nº 423 aprobada por Resolución Nº 103 DIPJ, representada en este acto por su Presidente Gauna Andrés Gonzalo S DNI 25.475.759 con domicilio legal en calle Ituzaingo Nº 880 de la ciudad de concordia y por el Tesorero Scheurmann Diana Victoria DNI Nº 16.668.698 con domicilio en calle Echagüe Nº 1393 de la ciudad de Concordia, en adelante “A.T.A.C. MENTE y biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni”, acuerda celebrar el presente convenio de colaboración reciproca. PRIMERA: El Municipio se compromete A ABONAR MENSUALMENTE LA SUMA DE PESOS Tres mil ($ 3.000,00) .- Los montos otorgados por el municipio están destinados a La A.T.A.C. MENTE y Biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni a fin de cumplir con el objeto de cláusula segunda y tercera del presente convenio. A saber: gastos fijos mensuales, y otros como mantenimiento de tarimas, vestimentas, grabaciones, insumos, entre otras. La A.T.A.C. MENTE y Biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni se compromete a emitir la correspondiente factura y/o recibo oficial bajo condición de rendición de cuentas conforme al procedimiento administrativo previsto para estos casos y de un informe mensual referidos a las actividades que justifiquen el desembolso. Los fondos deberán ser remitidos por el municipio a partir de la firma del convenio. SEGUNDA: la A.T.A.C. MENTE y Biblioteca Popular Carlos Reyes Miggoni, manifiesta como proyecto a desarrollar, el compromiso de continuar cultivando y difundiendo políticas culturales interdisciplinarias, privilegiando el “Teatro” introduciendo la danza, la música, la plástica y otras, contando con destacados referentes del arte, actividad iniciada y practicada ininterrumpidamente por mas de cuarenta años, dentro del ámbito de la ciudad y/o en lugares donde sea convocada, representando a la misma como ocurriera tanto en el país como en el exterior. TERCERA: La A.T.A.C. MENTE y Biblioteca Popular Carlos Reyes Miggoni sin perjuicio de lo enunciado en la cláusula anterior, se compromete a promover actividades culturales relacionadas, con tarea específica y/u otras manifestaciones artísticas, participar en actos oficiales, espectáculos y/o actividades cuando se requerida por el Municipio, tengan vinculación con sus fines, reglamentados por su estatuto social. La convocatoria por parte del Municipio deberá realizarse con no menos de diez (10) días A.T.A.C. MENTE y Biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni con anterioridad. En caso de desistimiento de la convocatoria. El municipio deberá comunicarlo cuarenta y ocho horas antes de la fecha programada. CUARTA: COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO. A los efectos de la coordinación y cumplimiento de este convenio las partes acuerdan que la representación por el municipio lo hará un representante de la dirección Municipal de la cultura y la A.T.A.C. MENTE y biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni, su presidente. QUINTA: El presente convenio tendrá una duración de uno (1) Año, a partir del 08 de Abril de 2014, a cuyo vencimiento las partes podrán convenir su prorroga y pactar las nuevas condiciones en su caso. Queda expresamente establecido que el presente convenio no reviste vinculación exclusiva de La A.T.A.C. MENTE y Biblioteca popular Carlos Reyes Miggoni con el Municipio. SEXTA: En caso de diferencias en al aplicación, ejecución o int4erpretación de este convenio, las partes convienen en someterlas a consideración de sus respectivas autoridades, al que actuaran en forma conjunta a los efectos de su resolución de acuerdo al elevado propósito del mismo.
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