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TITULO:   Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores
RESOLUCION Nº 442/2009 FECHA: 18.02.2009 PUBLICADA: 26.02.2009 ARTICULO 1º - Créase en el ámbito de este Ministerio el "PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES". ARTICULO 2º - El Programa creado por el artículo 1º tendrá como objetivo la coordinación de la ejecución de las etapas del proceso instituido por la Ley Nº 26.348 y de las normas que en su consecuencia se dicten. ARTICULO 3º - El PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES tendrá a su cargo las siguientes actividades: a. Las establecidas en el artículo 2º de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 2636/08. b. Coordinar la implementación de los procedimientos necesarios a fin de llevar a cabo las tareas de descontaminación, compactación y disposición final como chatarra de vehículos contemplados por la Ley Nº 26.348. c. Arbitrar los mecanismos necesarios a fin de proceder a la descontaminación, compactación y disposición final como chatarra del remanente de desarmado de vehículos que no pueda ser reutilizado. d. Coordinar con las autoridades competentes la realización de las distintas etapas del proceso previsto por la Ley Nº 26.348. e. Implementar métodos de trabajo que eleven la calidad ambiental en relación a las tareas que son de su competencia. f. Implementar la realización de operatorias en distintos puntos del país, coordinando sus actividades con las autoridades correspondientes de las provincias, si fuere necesario. g. Coordinar las actividades pertinentes con la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS. ARTICULO 4º - El PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES, estará a cargo de un Coordinador, que será designado por el señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y tendrá las siguientes atribuciones: a. Fiscalizar el debido cumplimiento de las distintas etapas contempladas por la Ley Nº 26.348. b. Elevar la nómina de automotores en custodia de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, al titular de esta Cartera de Estado, a los fines de requerir la autorización judicial, para iniciar el procedimiento establecido en la Ley Nº 26.348. c. Llevar el registro de datos de los automotores sujetos al régimen de la Ley Nº 26.348. d. Solicitar la colaboración de organismos técnicos y científicos, vinculados con las tareas a desarrollar, debiendo elevar la propuesta al titular de la cartera ministerial, para la suscripción de los acuerdos pertinentes. e. Requerir el asesoramiento del REGISTRO UNICO DE DESARMADEROS DE AUTOMOTORES Y ACTIVIDADES CONEXAS. ARTICULO 5º - Asígnase al señor Diego Enrique CASTAÑEDA (D.N.I. Nº 23.460.187) las funciones de Coordinador del PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES. ARTICULO 6º - El Coordinador del Programa deberá elevar al señor Ministro, el primer día hábil de cada mes, un informe con el detalle de la actividad, desarrollada. ARTICULO 7º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese
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