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TITULO:   Convenio c/ Universidad de Concepción del Uruguay
DECRETO Nº 748/2014 FECHA: 27.06.2014 PUBLICADO: 03.07.2014 ARTICULO 1º.- Téngase presente, el Convenio Marco suscripto el día 22 de Junio de 2.014, entre la Universidad de Concepción del Uruguay representada en este acto por el Rector Dr. HECTOR CÉSAR SAURET, constituyendo domicilio legal en calle 8 de Junio 522 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos y la Municipalidad de la ciudad de Concordia, representado en este acto por su Presidente Municipal, Señor, Cr. GUSTAVO EDUARDO BORDET, asistido por el Señor Secretario de Gobierno y Coordinación de Gabinete, Cr. JUAN DOMINGO ORABONA, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I, relacionado con las tareas de complementación, cooperación y asistencia recíproca de carácter académico, cultural, tecnológico y administrativo en todas las áreas y campos propios de su incumbencia toda vez que las circunstancias lo hagan aconsejable.- ARTICULO 2º.- Remitir nota de estilo para conocimiento y demás efectos, a la Universidad de Concepción del Uruguay, adjuntando copia del presente acto administrativo. ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.- CONVENIO MARCO entre la Universidad de Concepción del Uruguay y la Municipalidad de la ciudad de Concordia Entre la Universidad de Concepción del Uruguay, representada en este acto por su Rector Dr. HECTOR CÉSAR SAURET, constituyendo domicilio legal en calle 8 de Junio 522 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Prov. de Entre Ríos, en adelante denominada "La Universidad" por una parte y la Municipalidad de la ciudad de Concordia, representado en este acto por su Presidente Municipal, Señor, Cr. GUSTAVO EDUARDO BORDET, asistido por el Señor Secretario de Gobierno y Coordinación de Gabinete, Cr. JUAN DOMINGO ORABONA, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, en adelante "La Municipalidad.", por otra parte, acuerdan la firma del presente Convenio, sujeto a las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan: OBJETO: Ambas partes declaran que la mutua complementación y cooperación sirven a sus respectivos desarrollos institucionales incrementando sus capacidades de investigación tecnológica, recreación y preservación de la cultura y desarrollo de la educación. Que el establecimiento de relaciones de cooperación entre ambas instituciones permitirá optimizar los servicios en orden a la satisfacción de las necesidades de interrelacionarse para la realización de actividades en común. Que se reconocen mutuamente capaces para la celebración del presente convenio, sujeto a las siguientes condiciones: PRIMERA: Ambas partes convienen en establecer relaciones de complementación, cooperación y asistencia recíproca de carácter académico, cultural, tecnológico y administrativo en todas las áreas y campos propios de su incumbencia toda vez que las circunstancias lo hagan aconsejable.----------------------------- SEGUNDA: Las partes acuerdan implementar, según se estime conveniente, acciones tendientes a desarrollar en forma conjunta, proyectos y actividades de carácter académico, científico, tecnológico y cultural para beneficio, de la Comunidad y de ambas instituciones intervinientes.------------------------------------ TERCERA: El presente convenio no podrá interpretarse en el sentido de que la "La Universidad" delega o cede en modo alguno, total o parcialmente, permanentemente o en forma transitoria, su autonomía académica e institucional.----------------------------- CUARTA: El presente convenio tendrá vigencia por un período de un (1) año a partir de la fecha de su suscripción, considerándose automáticamente renovado si el mismo no es denunciado por ninguna de las dos partes con una antelación de seis (6) meses corridos previos a la expiración del período de vigencia y sin que la denuncia afecte acciones pendientes o en curso de ejecución que no fuesen expresa y mancomunadamente rescindidas por ambas instituciones.--------------------------------------------------- QUINTA: Las acciones que se organicen en los distintos campos de cooperación, así como los términos, condiciones, procedimientos y resultados esperados y todo otro circunstancial de tiempo, lugar y modo relativo a proyectos y, o actividades que se implementen y desarrollen, serán establecidos mediante acuerdos específicos entre ambas partes. A tal efecto se suscribirán para cada caso protocolos adicionales al presente convenio marco, donde se explicitarán los objetivos, las tareas, los aportes de las partes, los resultados esperados, el cronograma de acciones previsto, las obligaciones recíprocas y cualquiera otra condición y, o especificación que resulte procedente para definición y cumplimiento de lo acordado.------------------------------------- SEXTA: "La Municipalidad" acepta y se compromete a que la vinculación nacida del presente convenio tenga el carácter de exclusividad en relación a cualquier otra universidad o institución educativa, respecto de carreras que se dicten en "La Universidad" mientras se encuentre en vigencia el presente convenio.-------------------------------------------------------- SÉPTIMA: "La Universidad" se compromete a que la vinculación originada en el presente convenio tenga el carácter de exclusividad en relación a cualquiera otra institución de la ciudad de Concordia y su zona de influencia mientras se encuentre en vigencia el presente.----------------------------------------- OCTAVA: Ante cualquier divergencia, respecto de la ejecución, interpretación o rescisión del presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales con asiento en la ciudad de Concepción del Uruguay, Prov. de Entre Ríos.----------- NOVENA: Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula precedente, las partes manifiestan su voluntad de recurrir previamente a instancias de mediación y, o arbitraje extrajudicial a objeto de resolver los diferendos que eventualmente pudieran suscitarse respecto de la ejecución, interpretación o rescisión del presente convenio.----------------
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