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TITULO:   Concurso Contador y Tesorero EDOS
DECRETO Nº 69/2014 FECHA: 23.01.2014 PUBLICADO:24.01.2014 ARTICULO 1°._ APRUEBASE el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el Concurso Interno de Antecedentes, para la cobertura de cargos de Contador y Tesorero del área de prestación de servicios del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, de la Municipalidad de Concordia.- ARTICULO 2°.- Convócase a Concurso Interno de Antecedentes para la cobertura de los cargos de Contador y Tesorero del área de prestación de servicios del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, de la Municipalidad de Concordia, conforme a las Bases y Condiciones Generales aprobado en el Artículo anterior. ARTICULO 3°._ Designar a la Comisión de Evaluación integrada por los siguientes miembros: Representante de la Secretaria de Economía y Hacienda, Cr. Gustavo Labriola; representante de la Coordinación de Recursos Humanos, Dr. Jesús Penayo Amaya y en representación del E.D.O.S., Cr. Gustavo Sastre. ARTICULO 4°._ Invitar al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos, para que designe un representante de dicho Cuerpo, a efectos de que intervenga como veedor en el procedimiento de evaluación de antecedentes y designación de Contador y Tesorero para el área de prestación de servicios del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, de la Municipalidad de Concordia. ARTICULO 5°._ Invitar a la entidad gremial reconocida en el ámbito municipal, que tenga mayor número de agremiados, a designar un veedor, quien podrá asistir a las reuniones de evaluación de antecedentes de los aspirantes y a aquellas en que se determine la calificación de los aspirantes, pudiendo formular observaciones de las que dejará constancia en acta. ARTICULO 6°.- Publicar el aviso del llamado a Concurso de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2° del presente. ARTICULO 7°._ Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos de cumplimentar el Artículo 6° del presente, gírese a la Coordinación de Recursos Humanos, a los fines correspondientes y oportunamente, archívese.- Bases y Condiciones Generales CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES PARA LA COBERTURA DE CARGOS DE CONTADOR Y TESORERO EN EL AREA DEL ENTE DESCENTRALIZADO DE OBRAS SANITARIAS DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA ENERO 2014 INDICE ARTICULO 1°.- DESCRIPCIÓN DEL CONCURSO - OBJETO…………………………………4 ARTICULO 2°.- DEFINICIONES……………………………………………………………………………………….4 ARTICULO 3°.- PLAZO DE INSCRIPCIÓN……………………………………………………………………4 ARTICULO 4°.- CONOCIMIENTO DE LAS BASES DEL CONCURSO………………….5 ARTICULO 5°.- DOCUMENTACIÓN DEL CONCURSO………………………………………………….5 ARTICULO 6°.- VALOR DE LAS BASES……………………………………………………………………….5 ARTICULO 7º.- ACLARACIONES DE OFICIO O A PEDIDO……………………………….5 ARTICULO 8°.- RÉGIMEN LEGAL DEL CONCURSO………………………………………………….6 ARTICULO 9°.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS…………………6 ARTICULO 10°- EXPERIENCIA REQUERIDA……………………………………………………………….7 ARTICULO 11°.- INCOMPATIBILIDAD.INHABILIDADES…………………………………….7 ARTICULO 12°.- CARÁCTER Y FORMALIDADES DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCION…………………………………………………………………………………………………………………………………8 ARTICULO 13°.- REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN…………………………………………….10 ARTICULO 14°.- PEDIDOS DE ACLARACIONES…………………………………………………….11 ARTICULO 15°.- VENCIMIENTO DEL PLAZO DE INSCRIPCIÓN Y ACTO DE CIERRE………………………………………………………………………………………………………………………………………….11 ARTICULO 16°.- PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE LOS ASPIRANTES……………………………………………………………………………………………………………………………….12 ARTICULO 17.- ADJUDICACIÓN…………………………………………………………………………………….12 ARTICULO 18°.- RECHAZO DEPROPUESTAS…………………………………………………………….13 ARTICULO 19°.- DESIGNACIÓN…………………………………………………………………………………….13 ARTICULO 20°.- REMUNERACIÓN………………………………………………………………………………….13 ARTICULO 21°.- CONCURSO FRACASADO………………………………………………………………….13 ARTICULO 22°.- REVOCACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN………………………………………13 ARTICULO 23°.- NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES……………………………….14 ARTICULO 24°.- CESIÓN DEL CARGO……………………………………………………………………….14 ARTICULO 25º.- RESPONSABILIDAD TECNICA Y PROFESIONAL……………….15 ANEXO I CQMISIÓN DE EVALUACIÓN DESIGNACIÓN - EVALUACIÓN - DICTAMEN - TÉRMINO-……………………………………………………………………………………………………….15 BASES DEL CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES PARA LA COBERTURA DE CARGOS DE CONTADOR Y TESORERO EN EL AREA DEL ENTE DESCENTRALIZADO DE OBRAS SANITARIAS ARTICULO 1 °- DESCRIPCIÓN DEL CONCURSO - OBJETO El objeto del presente Concurso Cerrado es la cobertura de cargos de Contador y Tesorero en el área del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias - EDOS- , de la Municipalidad de Concordia, para el cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley N° 10.027 y sus modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos, la Ordenanza de Contabilidad N° 7478 y sus modificatorias, la Ordenanza N° 34.725 de la Orgánica Municipal, la Ordenanza N° 31.762 de creación del EDOS y el Decreto N° 1.491/2007. ARTICULO 2°- DEFINICIONES. LA MUNICIPALIDAD: La Municipalidad de la Ciudad de Concordia. ASPIRANTES: Las personas físicas que se presenten para la cobertura del cargo objeto del presente Concurso. PROPUESTA: Toda la documentación que presente EL ASPIRANTE de acuerdo con las bases y condiciones del presente Concurso. EL COMITENTE: La Municipalidad de la ciudad de Concordia. LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN: El órgano que deberá analizar y evaluar las propuestas, aconsejar la calificación y adjudicación de las mismas. El DESIGNADO: El concursante que resulte seleccionado. ARTICULO 3°.- PLAZO DE INSCRIPCION El plazo de inscripción SERÁ DE Diez (10) días hábiles, en el lugar, días y horarios publicados en el Aviso de Llamado a Concurso. ARTICULO 4º. - CONOCIMIENTO DE LAS BASES DEL CONCURSO La sola presentación de las propuestas implica la aceptación lisa y llana de todas las estipulaciones que rigen el concurso, siendo ésta una presunción de pleno derecho. En consecuencia, ningún ASPIRANTE podrá alegar ignorancia o error a lo estipulado en las presentes Bases respecto a los términos de la presentación en el Concurso. ARTICULO 5º. - DOCUMENTACIÓN DEL CONCURSO La documentación del concurso será la siguiente: Bases y Condiciones Generales. Anexo I. Comisión de Evaluación Las Circulares emitidas hasta la fecha de presentación de propuestas. ARTICULO 6º.- VALOR DE LAS BASES Se establece en PESOS DIEZ ($10,00) y podrán adquirirse en Tesorería del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias: ARTICULO 7º. - ACLARACIONES DE OFICIO O A PEDIDO Los pedidos de aclaración podrán formularse hasta los TRES (03) días hábiles anteriores a la fecha de cierre del plazo de inscripción y la Comisión de Evaluación podrá evacuar las consultas que hayan efectuado los ASPIRANTES, o hacer aclaraciones de oficio hasta DOS (02) días hábiles anteriores a la fecha prevista de cierre. Las aclaraciones que se realicen serán comunicadas en forma fehaciente a todos los ASPIRANTES que hayan adquirido la documentación del Concurso, de conformidad con la legislación vigente. Los ASPIRANTES adquirentes quedarán automáticamente notificados de todas las Circulares emitidas el segundo día hábil anterior al cierre del concurso. ARTICULO 8°. - RÉGIMEN LEGAL DEL CONCURSO El presente concurso se regirá por las disposiciones de: La Constitución Nacional. La Constitución Provincial. El Código Civil. El Código de Comercio. Ley N° 10.027 y modificatorias - Régimen de las - Municipalidades de Entre Ríos. La Ordenanza N° 7478 de Contabilidad y sus modificatorias. La Ordenanza de Procedimientos Administrativos N° 31.641. La Ordenanza N° 11.275 de Escalafón y sus modificatorias. La Ordenanza N° 34.725 de la Orgánica Municipal. La Ordenanza N° 31.762 de creación del EDOS y el Decreto N° 1.491/2007. El Decreto emitido por la Municipalidad de Concordia, disponiendo el llamado a Concurso. El régimen legal está enunciado en orden de prelación. ARTICULO 9°. - FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Los documentos que presente el ASPIRANTE serán dactilografiados, en original, foliados, sin enmiendas que no estén salvadas, con un índice que detalle los folios y escrito en idioma castellano. Todos los folios del original serán firmados por "EL ASPIRANTE". Los catálogos, fOlletos ilustrativos, copias de trabajos publicados y otros documentos que los ASPIRANTES consideren oportuno anexar, podrán ser presentados en el idioma en que estén impresos. ARTICULO 10° - EXPERIENCIA REQUERIDA "EL ASPIRANTE" deberá acompañar elementos que acrediten: Experiencia directa en cargos y/o tareas con similares misiones y funciones. Trabajos específicos desarrollados en la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal. A su vez deberá tener: Conocimiento de la legislación nacional, provincial de la Municipalidad de Concordia y del Ente, Descentralizado, de Obras Sanitarias vigentes para las áreas contables, impositivas, laborales, societarias y de administración. Conocimientos y habilidades tendientes a intervenir en forma protagónica en la adopción de objetivos, la elaboración de planes y el diseño de estructuras, procedimientos administrativos, y técnicos de gestión y control que hagan viable y eficiente a la organización municipal. ARTICULO 11°. -INCOMPATIBILIDAD. INHABILIDADES A) Incompatibilidad. No podrá presentarse como ASPIRANTE: El personal" de planta permanente, en ejercicio de cargo público fuera de escalafón, si no renunciare al mismo con anterioridad a la fecha de comienzo del plazo de presentación de las propuestas, como requisito previo e inexcusable para poder participar en el presente Concurso. Los comprendidos en las incompatibilidades enunciadas en el Artículo 20° de la Ordenanza N° 11.275/49. B) Inhabilidades. I.- Los ASPIRANTES no deberán estar comprendidos en las causales de inhabilitación que se enuncian seguidamente: 1. El condenado por delito cometido en perjuicio de o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, mientras dure la sanción. 2. El fallido por cuya conducta haya sido declarado fraudulento hasta su rehabilitación. 3. El condenado por delito contra el orden constitucional, de conformidad al Código Penal vigente. 4. El inhabilitado por sentencia judicial para el ejercicio de cargos públicos, mientras dure la inhabilitación. 5. El sancionado por exoneración en el ámbito nacional, provincial o municipal. 6. El que haya sido condenado por delito doloso, mientras dure la sanción. 7. El que tenga proceso penal pendiente, que pueda dar lugar a condena por algunos de los delitos enunciados en los Incisos 1), 3) y 6) del presente Artículo. II.- Será causal de inadmisibilidad el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en este Artículo. ARTICULO 12° - CARÁCTER Y FORMALIDADES DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN I.- Las Solicitudes de Inscripción tendrán el carácter de Declaración Jurada y serán presentadas en la Oficina de Coordinación de Recursos Humanos, Mitre N° 76, Planta Baja, dentro del plazo previsto en el ARTICULO 3° de estas Bases. Fuera del término indicado no se aceptará ninguna solicitud. Las solicitudes con la documentación respectiva presentadas por los ASPIRANTES en la forma fijada precedentemente, serán enumeradas en orden correlativo de 1 en adelante y registradas por el Área receptora en Acta que labrará al efecto, -con entrega de copia como constancia de su recepción donde se indicará: 1. Número de Orden del sobre. 2. Nombre y Apellido del ASPIRANTE. 3. Domicilio Especial y Teléfono si tuviere. 4. Fecha y hora de presentación de la Solicitud. II.- Las solicitudes, títulos, antecedentes y toda otra documentación deberán presentarse en sobre cerrado, debidamente ordenados según lo previsto en el ARTICULO 12° - Inciso III- de estas Bases con la siguiente leyenda: "CONCURSO ABIERTO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA COBERTURA DE CARGO DE CONTADOR Y TESORERO DEL AREA DEL ENTE DESCENTRALIZADO DE OBRAS SANITARIAS" y los datos solicitados en puntos 2, 3, y 4. Todas las hojas, debidamente foliadas, deberán estar claramente identificadas y firmadas por el ASPIRANTE; los títulos, antecedentes y toda documentación que se acompañe, deberá estar perfectamente legible. III.- Las solicitudes contendrán: a) Apellido y Nombres. b) Tipo y Número de documento de identidad (D.N.I., L.E., L.C.). c) Nacionalidad: ser ciudadano argentino. d) Edad: Tener 25 años cumplidos, como mínimo. e) Domicilio real y constituir domicilio especial dentro del ejido de la ciudad de Concordia. f) Acompañar fotocopias del documento de identidad y donde conste el último domicilio. g) Recibo de compra de las Bases. h) Antecedentes. ARTICULO 13°.- REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN Los ASPIRANTES deberán cumplimentar los siguientes requisitos: a) Ser Contador Público. Acompañar Título Universitario, con indicación de la Facultad y Universidad que lo otorgó. b) Antecedentes relacionados con la especialidad. e) Estar matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos, al momento de inscripción al Concurso. d) Cargos que desempeñó o desempeña en la Administración Pública o en la actividad privada en el país. e) Otros cargos, designaciones y antecedentes que a juicio del ASPIRANTE pueden contribuir a una mejor ilustración sobre su competencia respecto al cargo a cubrir por este concurso. f)Los ASPIRANTES deberán adjuntar la documentación que acredite fehacientemente todos los títulos y antecedentes invocados en su presentación, en fotocopias firmadas y foliadas y una Declaración Jurada en donde manifieste no encontrarse comprendido dentro de las incompatibilidades e inhabilidades establecidas en el ARTICULO 11º del presente Pliego. La Municipalidad podrá requerir del ASPIRANTE, mayor información sobre la legalidad y legitimidad de la documentación presentada. g) Los aspirantes deberán acreditar estar al día al momento de inscripción al Concurso, con el pago de las respectivas Tasas Municipales. h) La documentación proporcionada, como así también toda información que se acompañe, será auténtica, responsabilizándose penalmente al ASPIRANTE ante cualquier ardid o engaño que se tradujera en inexactitud u omisión para defraudar al Estado, de conformidad con las sanciones establecidas en el Código Penal para dichos delitos. i) No se aceptará nueva documentación complementaria ni suplementaria, u otros elementos atinentes a su solicitud de inscripción, presentados fuera de término. El Departamento Ejecutivo Municipal será responsable de notificar fehacientemente a los ASPIRANTES la fecha y hora que la Comisión de Evaluación haya dispuesto para la entrevista con cada postulante si lo considerare pertinente En todos los casos la Comisión de Evaluación podrá otorgar al ASPIRANTE sobre un total de CIEN (100) puntos, un máximo de SESENTA (60) puntos en lo concerniente a los antecedentes por ejercicio en igual cargo y/o función y un máximo de CUARENTA (40) puntos en concepto de antecedentes en el ejercicio de otros cargos y/o funciones. A igualdad de mérito conforme la suma de los antecedentes, el orden se establecerá en forma sucesiva, considerando la mayor antigüedad detentada en el cargo. ARTICULO 14°.- PEDIDOS DE ACLARACIONES La información y datos presentados podrán ser motivo de solicitud de aclaraciones, que deberán ser respondidas por "EL ASPIRANTE" en el plazo de DOS (2) días hábiles de recibida la solicitud. En todos los casos "EL COMITENTE" tendrá derecho a requerir la cumplimentación de éstos u otros aspectos a fin de evaluar debidamente la propuesta. Las aclaraciones necesarias serán notificadas en forma fehaciente en el domicilio constituido por "EL ASPIRANTE" ARTICULO 15º.- VENCIMIENTO DEL PLAZO DE INCRIPCION Y ACTO DE CIERRE Vencido el plazo de inscripción, se labrará un acta donde constará la nómina de los inscriptos, la que será refrendada por los Secretarios de Gobierno y Coordinación de Gabinete y de Economía y Hacienda. La Coordinación de Recursos Humanos elevará todos los sobres presentados a la Comisión de Evaluación designada a tal efecto. El Departamento Ejecutivo se reserva el derecho de prorrogar la convocatoria a concurso, si razones de fuerza mayor lo aconsejaren, conforme las facultades que le confieren las disposiciones vigentes. Todos los plazos establecidos en estas Bases, se computarán como días hábiles administrativos y serán perentorios. Se considerarán días inhábiles, los sábados, domingos y feriados para la administración municipal. ARTICULO 16°.- PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE LOS ASPIRANTES La Comisión de Evaluación evaluará la documentación contenida en los sobres de acuerdo a los criterios de evaluación que deberá definir, en el marco de lo establecido en el Artículo 15° del Decreto N° 280/2001 Régimen de Concursos. Cumplido su cometido, labrarán un acta en la que deberán consignar: a) Orden de prioridades establecidas, puntajes obtenidos por los concursantes. b) La metodología aplicada para las calificaciones. La misma será elevada a LA MUNICIPALIDAD para su adjudicación. ARTICULO 17°.- ADJUDICACIÓN Luego de producida la elevación del acta por parte de la Comisión de Evaluación, el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a adjudicar a los ASPIRANTES que hayan obtenido el mayor puntaje para ocupar los cargos objeto del presente Concurso mediante acto expreso y fundado, lo que será notificado fehacientemente a todos los ASPIRANTES en el domicilio constituido. ARTICULO 18º. - RECHAZO DE PROPUESTAS Las propuestas serán rechazadas igualmente sin necesidad de interpelación alguna, cuando la documentación o datos requeridos no se hayan presentado, o lo hayan sido en forma incompleta, o inexacta, de manera tal que afecte sustancialmente su evaluación. ARTICULO 19º._ DESIGNACIÓN Dentro de los CINCO (5) días corridos de resuelta la adjudicación, se procederá a la designación provisoria de Contador y Tesorero del Área del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, de acuerdo a lo establecido en el presente y en las disposiciones complementarias. ARTICULO 20º - REMUNÉRACIÓN. El pago de la remuneración de los designados en merito al presente concurso, se realizará a través del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias y equivaldrá a lo que se determine para los cargos de Directores Nivel 1 del Escalafón Municipal. ARTICULO 21º. - CONCURSO FRACASADO "EL COMITENTE" podrá dejar sin efecto el Concurso sin que los ASPIRANTES tengan derecho a reclamo o indemnización alguna. ARTICULO 22º.- REVOCACION DE LA ADJUDICACION Si dentro del plazo de QUINCE(15)(Artículo 12º de la Ordenanza 11275/49 y sus modificatorias) días corridos de la correspondiente notificación de la adjudicación, el ASPIRANTE adjudicatario no estuviere en condiciones de asumir sus funciones o no cumplimentase la fianza dispuesta para el cargo, en el presente, "EL COMITENTE" podrá, sin intimación previa, revocar la selección. Tal decisión no dará derecho a reclamo alguno; salvo que invocare ante el Departamento Ejecutivo un impedimento justificado. ARTICULO 23°. - NOTIFICACIONES y COMUNICACIONES Toda notificación relacionada con la designación entre "EL COMITENTE" Y "EL DESIGNADO" se hará por escrito y en castellano. La notificación será considerada válida si ha sido entregada en el domicilio de la Municipalidad de Concordia o en el domicilio legal constituido por el adjudicatario, que se haya fijado a estos efectos en la documentación presentada en el presente concurso ARTICULO 24°. - CESIÓN DEL CARGO "EL DESIGNADO" no podrá ceder ni total ni parcialmente el cargo, ni las obligaciones, responsabilidades, beneficio o derecho alguno emergente del mismo. ARTICULO 25°. - RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL. FIANZA.- "EL DESIGNADO" deberá asumir la responsabilidad técnica y profesional del trabajo que realice, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y deberá cumplimentar en forma previa a tomar el cargo y mantener vigente durante toda su permanencia en el mismo, una fianza, que se fija en la suma equivalente a doce (12) sueldos de la categoría 24 del Escalafón Municipal vigente al momento de su exigibilidad. ANEXO I COMISIÓN DE EVALUACIÓN- DESIGNACIÓN - EVALUACIÓN - DICTAMEN - TÉRMINOS 1. DESIGNACIÓN El Departamento Ejecutivo Municipal designará a la Comisión de Evaluación que tendrá a su cargo el estudio y evaluación de la documentación presentada por los ASPIRANTES, cuyos integrantes deberán poseer idoneidad reconocida en el área del conocimiento de la materia de estudio (Artículo 10° del Decreto N° 280/2001 Régimen de Concursos). La entidad gremial reconocida que tenga mayor número de agremiados podrá designar un veedor, quien asistirá a las pruebas de antecedentes de los ASPIRANTES y a las reuniones de la Comisión de Evaluación en las que se determine la calificación de los ASPIRANTES, pudiendo formular observaciones de las que dejará constancia en acta. 2. ATRIBUCIONES La Comisión de Evaluación tendrá las siguientes atribuciones: I) Designar a un presidente -. y a un secretario de actas, este último no necesariamente, formará parte del mismo. II) Identificar a los candidatos que reúnan los requisitos para cubrir el cargo que se concursa. III) Merituar los antecedentes de los candidatos y asistir en pleno a las entrevistas o evaluación de antecedentes. IV) Valorar su motivación, la forma en que ha desarrollado su propuesta, los puntos de vista sobre los temas básicos de su campo de conocimiento que deban ponerse en práctica para el ejercicio del cargo que se concursa. V) Elaborar el orden de mérito conforme al puntaje obtenido por cada uno de los aspirantes. VI) Proponer los candidatos seleccionados y elevarlo juntamente con la documentación respectiva; incluidas las observaciones efectuadas por el veedor, al Departamento Ejecutivo Municipal. VII) Dictaminar en las impugnaciones que se interpusieren. 3. FORMAS, EVALUACIÓN, DICTAMEN La Comisión de Evaluación deberá elevar al Departamento Ejecutivo Municipal un dictamen explícito y fundado en un informe que firmarán sus integrantes, y deberá contener: a.) Nómina de ASPIRANTES y justificación debidamente fundada de las exclusiones al Concurso, en el caso de estar comprendidas en algunas de las causales previstas en el ARTICULO 11º de las Bases y Condiciones Generales. b.) Nómina de los ASPIRANTES que posean títulos y antecedentes de relevancia. c.) Detalle y valoración de los títulos y antecedentes. d.) Orden de Mérito de los ASPIRANTES explicitando el criterio evaluatorio utilizado. Cuando a juicio de la Comisión Evaluadora la totalidad de los ASPIRANTES estén comprendidos en las causales de Inhabilidades y/o incompatibilidades, podrá aconsejar al Departamento Ejecutivo Municipal, se declare desierto el Concurso. El dictamen de la Comisión Evaluadora se basará en la apreciación comparativa de títulos y antecedentes. 4. TERMINOS La Comisión de Evaluación deberá expedirse, en un plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles a contar, desde el cierre de la inscripción de las solicitudes presentadas para este Concurso. 5. CONCLUSIÓN El Departamento Ejecutivo Municipal, una vez recibido el dictamen de la Comisión Evaluadora, dictará Decreto en base al mismo, pero se reserva el derecho de solicitar a la Comisión Evaluadora, la ampliación o aclaración del Dictamen, en cuyo caso aquella deberá expedirse dentro de los TRES (03) días hábiles de notificada.
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