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TITULO:   Licencia p/ Vacaciones Personal Adscripto
DECRETO Nº 1678/2013 FECHA: 27.12.2013 PUBLICADO: 27.12.2013 ARTICULO 1º.- DISPONESE que al personal que preste servicios en el Municipio en carácter de adscripto en cualquiera de sus dependencias y mientras permanezca en tal carácter, sin importar la actividad que le ha sido encomendada o cargo en que reviste, le serán concedidas las vacaciones anuales y/o licencias que resultan de aplicación al personal municipal de planta permanente y en merito a la antigüedad que acredite al solicitarlas. En ningún caso las licencias o vacaciones anuales podrán ser acumuladas o compensadas en dinero, debiendo ser gozadas en el periodo inmediato a aquel por el cual le correspondieren. ARTICULO 2º.- DISPONESE que cada Secretaría organice y determine la fecha de otorgamiento de vacaciones al personal adscripto que se encuentre prestando servicios en la misma, de acuerdo a sus necesidades, priorizando y garantizando la normal prestación de servicios y tareas a cumplimentar de acuerdo a la organización dispuesta. ARTICULO 3º.- Refrendaran el presente Decreto todos los Secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal. ARTICULO 4º.- Regístrese, publíquese, comuníquese a las direcciones de Recursos Humanos y de Liquidaciones y archívese.
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