LEY PROVINCIAL Nº 10224
SANCIONADA: 18.06.2013
PROMULGADA: 02.07.2013
PUBLICADA: 05.07.2013
ARTICULO 1º.- Declárase el día 31 de octubre de cada año como “Día de la Reforma Protestante”.
ARTICULO 2º.- Establécese como día no laborable para todos los agentes pertenecientes a los tres Poderes del Estado provincial y sus entes descentralizados que profesan los cultos Protestantes y Evangélico.
ARTICULO 3º.- Los alumnos de nivel primario y medio pertenecientes a establecimientos educativos públicos que profesen los cultos antes mencionados, podrán no concurrir a clases en la fecha de conmemoración establecida por esta ley.
ARTICULO 4º.- Invitase a los Municipios y Comunas a adherir a las disposiciones de la presente.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, etcétera.