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TITULO:   Adhesión a Resolución 026/10 ICAB
ORDENANZA Nº 35176 SANCIONADA: 14.11.2013 PROMULGADA: 26.11.2013 PUBLICADA: 28.11.2013 ARTICULO 1º.- Adhiérase la Municipalidad de Concordia, a las disposiciones de la Resolución Nº 026/10, Gobierno de Entre Ríos, y todos sus alcances. ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Bromatología, dependiente de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente de la Municipalidad de Concordia, dispondrá el efectivo cumplimiento de la presente Ordenanza. ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. RESOLUCION 026/2010 INCAB ARTICULO 1°.- Apruébase el modelo de condiciones higiénico sanitarias y de buenas prácticas de manufactura para la elaboración de alimentos en el marco de microemprendimientos conforme el detalle que, agregado como Anexo I, forma parte integrante de la presente.- ARTICULO 2°.- Créase el Registro Provincial de Establecimientos Alimenticios Locales y el Registro Provincial de Productos Alimenticios.- ARTICULO 3°.- Acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la presente, el I.C.A.B. emitirá un certificado de inscripción del Establecimiento/Producto, que será de carácter provincial y lo habilitará a comercializar dentro de la Provincia, exclusivamente.- ARTICULO 4°.- Dispónese la exención arancelaria anual por única vez para los Establecimientos y Productos que se registren bajo el sistema aprobado por el artículo primero de la presente.- ARTICULO 5°.- Invítase a los Municipios y Comunas de la Provincia a adherir al sistema aprobado por el artículo primero de la presente, creando los registros locales al efecto.-
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