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TITULO:   Cajas Externas: Centralización Adiministrativa Sec. de Economía y Hacienda
DECRETO Nº 874/2013 FECHA: 02.07.2013 PUBLICADO: 05.07.2013 ARTICULO 1º.- DIPONESE que todo lo atinente al cobro de tasas, derechos o cualquier otro emolumento que se perciban a través de las Cajas externas existentes en el Cementerio Nuevo de Concordia, Juzgado de Faltas, Dirección de Transito y Campo del Abasto, pertenecientes al Erario Municipal, como el control de pagos y/u otorgamiento de planes de pago por el uso, venta y/o cualquier otra transacción referida a derechos del Municipio, independientemente de quienes las realicen, será centralizado administrativamente a través de la Secretaría de Economía y Hacienda. En la Secretaria indicada, se adoptaran las medidas conducentes a efectos de implementar orgánicamente el control dispuesto, facultándose a la Dirección de Rentas como área de control de los ingresos y egresos que se produzcan en las Cajas mencionadas en el presente y proceda a su ingreso, distribución y deposito a través de las Tesorería Municipal, según correspondiere, pudiendo a tal efecto adoptar medidas tendientes a un mejor control y funcionamiento. ARTICULO 2º.- ESTABLECESE que el personal encargado de las Cajas externas y/o que desarrollare tareas en las que se proceda al cobro, concesión de plazos o planes de pago, control de recaudación, control de servicios prestados por convenios y sus correspondientes tributaciones y/o tareas afines o relacionadas con estas, independientemente de quienes las produzcan, dependerán orgánica y funcionalmente de la Secretaría de Economía y Hacienda, con la que se relacionaran funcionalmente a través de la Dirección de Rentas. ARTICULO 3º.- Comuníquese a las Secretarias de Obras y Servicios Públicos y de Economía y Hacienda y a través de estas a las áreas involucradas en los Artículos anteriores, que deberán adoptar las medidas que fueren necesarias y estimen pertinentes, a efectos de adecuar la organización y funcionamiento de las áreas a se cargo, posibilitando el desarrollo de las actividades, procedimientos y funciones encomendadas. ARTICULO 4º.- REGISTRESE, notifíquese y oportunamente archívese.
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