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TITULO:   Convenio c/ Sociedad Protectora de Animales
DECRETO Nº 829/2013 FECHA: 12.06.2013 PUBLICADO: 18.06.2013 ARTICULO 1º.- Ratificase en todos sus términos, el Convenio suscripto el día 22 de Abril de 2.013, entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Cr. GUSTAVO EDUARDO BORDET, asistido por el Secretario de Salud y Medio Ambiente, Dr. MARIO HORACIO IMAZ y la Sociedad Protectora de Animales representada por su Presidente, Señor AMADEO CRESTO, M.I Nº 21.952.416, asistido por la Secretaría de dicha entidad, Sra. DIANA HRESCIAK, que consta de Seis (6) Cláusulas y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto como Anexo. ARTICULO 2º.- Disponer reconocer y abonar el mes de Diciembre/12 y los pagos que se devenguen hasta cumplimentar el período de 12 meses a la “Sociedad Protectora de Animales de Concordia”, representada por su Presidente, Señor AMADEO CRESTO, M.I Nº 21.952.416, la suma de Pesos DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($10.800.00.-) mensuales, en cumplimiento de la Cláusula Segunda del presente Convenio de Cooperación, entre la Municipalidad de Concordia y la citada asociación, extendiéndose cheque a favor de las Sras. Rosana Marta Truffa, DNI Nº 14.307.647 y/o Susana Pérez, DNI Nº 26.188.141, tesorera y pro-tesorera respectivamente. ARTICULO 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio en las partidas presupuestarias de la Secretaria de Salud y Medio Ambiente. ARTICULO 4º.- Remitir nota de estilo, adjuntando copia del presente Decreto, al Señor, AMADEO CRESTO, M.I Nº 21.952.416, Presidente de la Sociedad Protectora de Animales, para su conocimiento, toma de razón y demás efectos. ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y LA SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES. En la ciudad de Concordia, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil trece, entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por el Presidente Municipal, Cr. GUSTAVO EDUARDO BORDET, asistido por el Secretario de Salud y Medio Ambiente, Dr. MARIO HORACIO IMAZ, por una parte, en adelante “La Municipalidad” y por la otra parte, la SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES DE CONCORDIA de la ciudad de Concordia, representada en este acto por su Presidente el Señor AMADEO CRESTO, M.I Nº 21.952.416 y la Señora, DIANA HRESCIAK, en carácter de Secretaría, en adelante “La Protectora”, se conviene celebrar un Convenio conforme las siguientes cláusulas: ANTECEDENTES: Que las partes reconocen la necesidad imperiosa de impedir la proliferación de procreación de animales domésticos, ya sea mascotas y/o vagabundos, tratando de controlar el crecimiento de los mismos, asimismo reconocen que las carencias de medios de familia más humildes le imposibilitan acceder a la esterilización de sus animales. Por ello en razones de salubridad pública y asumiendo la responsabilidad que en dicha materia se arrogan, aunando los esfuerzos se establecen las siguientes pautas. PRIMERA: “La Protectora” se compromete a la esterilización de los mismos, poniendo los medios humanos y materiales necesarios para tal efecto; como asimismo la atención de aquellos animales que sufrieran accidentes en la vía pública, brindando la atención en forma urgente ante una emergencia producida a un animal doméstico.- SEGUNDA: “La Municipalidad” se compromete a proporcionar mensualmente a “La Protectora”, la suma de Pesos Diez Mil Ochocientos ($10.800.00.-), siendo el primer pago luego de la firma del presente Convenio y los posteriores a solo pedido por nota de “La Protectora” previa rendición del importe percibido anteriormente.- TERCERA: Que la suma a aportar por “La Municipalidad” se encuentra determinada para la esterilización y Castración de Doscientos veinte (220) animales mensuales, suma que se compromete a invertir “La Protectora”, quien deberá dar a conocer mensualmente en diarios, radios y canales locales, toda la información referente a los barrios donde se realizaron las campañas estipuladas en el presente convenio.- CUARTA: “La Protectora” deberá convocar y confeccionar un registro de médicos veterinarios matriculados comprendidos en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad de Concordia, quienes colaborarán bajo la órbita y coordinación de “La Protectora”, las tareas y funciones del cumplimiento del presente Convenio.- QUINTA: “La Protectora” deberá mensualmente elevar una planilla detallada que deberá contener: a) Barrio donde se trabajó y fecha de la campaña. b) Cantidad de animales esterilizados. c) Veterinarios que participaron en cada campaña barrial. SEXTA: El presente acuerdo tendrá vigencia a partir del 02 de Diciembre de 2.012 y hasta el día 02 de Diciembre de 2.013, comprometiéndose las partes intervinientes a evaluar los resultados de la campaña y reconocer el presente de común acuerdo una vez vencido el mismo.-
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