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TITULO:   Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo
DECRETO Nº 560/2013 FECHA: 29.04.2013 PUBLICADO: 02.05.2013 ARTICULO 1º.- Ratifíquese en todos sus términos el Protocolo Adicional Nº 11/13 al Convenio del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nº 70/08 suscripto con la Municipalidad de Concordia de la Provincia de Entre Ríos para la continuidad de la ejecución del Programa Jóvenes con Mas y Mejor Trabajo suscripto 7 de Febrero de 2013, el que obra como Anexo I del presente. ARTICULO 2º.- Realícese la contratación de las personas seleccionadas, con el financiamiento del Ministerio, por el término de 12 meses, de un (1) Orientador, un (1) Relacionista de Empresas, cuatro (4) Tutores y un (1) Operador de Plataforma para la implementación del mencionado Programa, debiéndose confeccionar un contrato sin aportes por cada uno de los cargos, según detalle que obra en el Anexo II, que forma parte integrante del presente decreto, a partir del 1 de Octubre de 2012 y 1 de Noviembre de 2012 según corresponda. ARTICULO 3º.- La erogación que demande la contratación de los agentes mencionados en el Anexo II, deberán ser imputados a la Cuenta Corriente Nº 21200273-13, Extrapresupuestaria Especial, en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Concordia, “APORTE FINANCIERO S.G.T.P.- PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO” - MODALIDAD ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO - PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL”, Cuenta Ingresos Nº 5777 y Cuenta Egresos Nº 9777 destinada al manejo de los fondos de dicho programa. ARTICULO 4º.- Contrátese un Seguro de Responsabilidad Civil para los Jóvenes que se adhieran al Programa, según lo acordado en el presente protocolo. ARTICULO 5º.- Excepciónese lo establecido en el presente Decreto a los dispuesto en el Decreto Nº 423/09. ARTICULO 6º.- Comuníquese, regístrese, dése a la Secretaría de Producción y Trabajo, Secretaría de Economía y Hacienda, Departamento Liquidaciones, Departamento Administrativo Higiene y Seguridad Laboral, Contaduría, Tesorería y oportunamente archívese.
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