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TITULO:   Adhesión Ley Provincial Nº 10186
ORDENANZA Nº 35006 SANCIONADA: 19.02.2013 PROMULGADA: 21.02.2013 PUBLICADA: 21.02.2013 ARTICULO 1º.- Adhiérase el Municipio de Concordia, a lo previsto en la Ley Provincial Nº 10.186, que prohíbe en el territorio de la Provincia de Entre Ríos la instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, administración, explotación, promoción y publicidad bajo cualquier forma, de establecimiento o local, cuando sus propietarios o administradores obtengan un lucro, ganancia o comisión por la explotación sexual o el ejercicio de la prostitución de terceros. ARTICULO 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a arbitrar las medidas administrativas y operativas necesarias a los fines de incorporar a la legislación municipal, las competencias y atribuciones inherentes a la Ley Provincial que por el Artículo 1º se adhiere, para su aplicación en el ámbito de la jurisdicción del Municipio de Concordia. ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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