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TITULO:   Pro.Cre.Ar. y Banco Hipotecario S.A.: Eximición impuestos, tasas y contribuciones
LEY PROVINCIAL Nº 10165 SANCIONADA: 28.08.2012 PROMULGADA: 20.09.2012 PUBLICADA: 25.09.2012 ARTICULO 1º.- Exímase al Fondo Fiduciario Público denominado Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar.) y a su entidad fiduciaria, Banco Hipotecario SA, de todos los impuestos, tasas y contribuciones provinciales que graven las operaciones, actos e instrumentos relativos al Programa; en adhesión a lo dispuesto por el artículo 8º del Decreto Nº 902/12 del Poder Ejecutivo Nacional. ARTICULO 2º.- Invítase a los municipios de la Provincia a disponer exenciones de los tributos aplicables en su jurisdicción en iguales términos a lo establecido por la presente.
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