Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Régimen de Compras por Excepción Productos e Insumos Esenciales
ORDENANZA Nº 34888 SANCIONADA: 13.09.2012 PROMULGADA: 25.09.2012 PUBLICADA: 28.09.2012 ARTICULO 1º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a la utilización de un régimen de compras por excepción para la adquisición de los siguientes productos e insumos destinados a la construcción y mantenimiento de pavimento y cordones cunetas a saber: emulsión asfáltica, asfalto en frío, asfalto ER 1, asfalto 50/60, cemento portland, cemento asfáltico, estabilizante químico de suelos, agregados finos y gruesos como canto rodado, piedra triturada, triturado asfáltico, fuel-oil, IFO 60 o similares, arena, tergopol, hormigón elaborado, mallas metálicas, fibra polipropileno, kerosén, emulsiones para curar hormigón, acero de diámetro 4, 2, 6, 8, 10, 12, 16, 20 y filler calcáreo, aditivo reductor de agua y acelerante de endurecimiento para hormigón, acelerante de frague para morteros de hormigón, Antisol; dentro del programa de pavimentación y urbanización barrial, instrumentado por la Ordenanza Nº 33.075/2005. ARTICULO 2º.- Dispónese que el Régimen de Excepción autorizado sea a criterio del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el procedimiento de Compra Directa, previo a cotejo de Precios, debiendo hacerse extensiva la participación a los proveedores no inscriptos conforme al procedimiento que instrumente el Ejecutivo Municipal. ARTICULO 3º.- La presente Ordenanza tendrá vigencia por el término de seis (6) meses prorrogable por el mismo plazo, por el Ejecutivo Municipal, ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante. (1) ARTICULO 4º.- Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal informe bimestralmente al Honorable Concejo Deliberante, sobre la utilización de las facultades que por esta Ordenanza se establecen como así mismo sean publicados en la pagina Web de la Municipalidad de los datos de la compra: a) proveedor, b) CUIT, c) Domicilio; d) Número de factura del proveedor; e) Monto; f) Plazo de entrega; g) Tipo y calidad de materiales; h) Cantidad; i) Número de expediente municipal el que será público, pudiendo ser consultado por cualquier ciudadano. ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, archívese. (1) La mencionada Ordenanza fue prorrogada por Ordenanzas Nºs 35038,35195,35502, 35618 y 36002.
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar