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TITULO:   Eximición TIH: Cooperativas de Trabajo Limitadas
ORDENANZA Nº 34886 (Texto ordenado con la modificación introducida por Ordenanza Nº 35061) SANCIONADA: 13.09.2012 PROMULGADA: 25.09.2012 PUBLICADA: 28.09.2012 ARTICULO 1º.- Eximir a las Cooperativas de Trabajo Limitadas Incluidas en la Resolución Nº 3026/06 (ex 2038/03 y 3324/03) de I.N.A.E.S., del pago de la Tasa Comercial, incluído el mínimo si correspondiere, únicamente sobre los montos que perciban en concepto de obras ejecutadas por Programas Nacionales de Vivienda Social y sus obras complementarias según Convenios Específicos suscriptos en fecha 17/09/2004, 27/07/2010 y 29/12/2011- entre Nación, Provincia de Entre Ríos y Municipalidad de Concordia y Centros Integradores Comunitarios y obras complementarias, según Convenio Especifico suscripto en fecha 22/09/09- entre Nación y Municipalidad de Concordia.(/) ARTICULO 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a condonar las deudas que en concepto de Tasa Comercial y Tasa por Inspección de Higiene, Profilaxis y Seguridad mantengan las cooperativas de Trabajo Limitadas incluidas en Resolución Nº 3026/06 (ex 2038/03 y 3324/03) de INEAS por los montos que hubieren o hubiesen percibido en concepto de obras ejecutadas en el marco de los convenios especificados en el ARTICULO 1º.(/) ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, archívese. (/) Artículo modificado por Ordenanza Nº 35061
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